Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 2830
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, a propuesta del director general de Deportes, por la cual se suspenden todas las competiciones deportivas de carácter interinsular en la comunidad autónoma de las Islas Baleares
En fecha a 12 de Marzo de 2020, el director general de Deportes ha Formulado la propuesta de resolución siguiente:
Hechos
Actualmente, las Illes Balears se encuentran en una fase de contención simple, no reforzada. Aun así, por responsabilidad, y atendiendo a la recomendación por parte de salud pública del estado de evitar viajes que no sean estrictamente necesarios, se ha decidido extremar las medidas por el hecho de ser una comunidad insular, siempre siguiendo criterios técnicos y de las autoridades sanitarias en consenso con el Gobierno del Estado.
El Consejo Interterritorial de salud, en su reunión del 9 de marzo de 2020 consideró adoptar, entre otras medidas, evitar los viajes que no fueran necesarios, apelando a la responsabilidad individual.
Fundamentos de Derecho
1. La Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, mediante la Dirección General de Deportes, ejerce las competencias en materia de deporte y tiempo libre, otorgadas por el artículo 30.12 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, y de acuerdo con el que dispone el artículo 2.5 c) del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106 EXT de 2 de Agosto de 2019).
2. La Administración de la Comunidad Autónoma tiene la competencia de autorizar las competiciones deportivas que así lo requieran, en cualquier ámbito, que se desarrollen en las Islas Baleares, atendiendo al artículo 10.4.a) de la Ley 14/2006, de 17 de Octubre, del Deporte de las Illes Balears.
Propuesta de resolución
Propongo a la consejera de Asuntos Sociales y Deportes que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Suspender todas las competiciones deportivas de carácter interinsular en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares entre el día de hoy y el próximo día 25 de Marzo.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de Marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 12 de Marzo de 2020
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodriguez
El director general proponente Carles Gonyalons Sureda