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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL
Núm. 2767
Extracto de la convocatoria de subvenciones para acontecimientos de promoción de la economía y el producto local en el 2020, aprobada por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en sesión de dia 4 de marz de 2020
BDNS: 498801
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas y / o las entidades siguientes:
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro. (Línea 1).
- Sociedades cooperativas. (Línea 1).
- Ayuntamientos de la isla de Mallorca (Líneas 2 y 3).
- Mancomunidades de la isla de Mallorca (Línea 3).
- Asociaciones empresariales del pequeño y mediano comercio de ámbito insular y federaciones de asociaciones empresariales del pequeño y mediano comercio de ámbito insular. (Línea 4).
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es el fomento de actuaciones y proyectos de iniciativa pública y privada de interés público para la promoción de la economía y el producto local.
Los acontecimientos y/o las actuaciones subvencionables son los siguientes:
a) Las ferias y muestras comerciales que promocionen el pequeño y mediano comercio y los productos locales de Mallorca (Líneas 1 y 2).
b) 1.Las actividades de tipo cultural, gastronómicas y artísticas con la condición que tengan repercusión debidamente justificada en el proyecto para la promoción de la economía y el producto local. (Líneas 1 y 2).
2. Las inversiones que faciliten y / o permitan la realización de las actuaciones indicadas en los puntos anteriores a) y b) (Línea 2).
c) Proyectos de promoción, formación y sensibilización en materia de economía social y sostenible (Línea 1).
d) Las actividades dirigidas al fomento de la emprendeduría empresarial y la cooperación empresarial dentro del ámbito local. En esta línea, se incluyen proyectos de formación, reciclaje y adaptación a las exigencias del mercado, de asesoramiento y apoyo técnico, networking, así como, proyectos de sensibilización para la promoción del comercio y el producto local. (Línea 3).
e) Los proyectos de dinamización y promoción comercial del pequeño y mediano comercio local y/o del producto local (Línea 4).
Tercero. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las establecidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18.02.2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 04.08.2018).
Cuarto. Cuantía
El presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca para el año 2020 ha asignado un importe total de 799.000,00 euros a las subvenciones objeto de la convocatoria que se distribuirá de la manera siguiente:
Aplicación presupuestaria |
Línea 1 |
Línea 2 |
Línea 3 |
Línea 4 |
Total |
65.43110.46200 |
|
300.000,00€ |
20.000,00€ |
|
320.000,00€ |
65.43110.46300 |
|
|
20.000,00€ |
|
20.000,00€ |
65.43110.48900 |
100.000,00€ |
|
|
105.000,00€ |
205.000,00€ |
65.43110.47900 |
25.000,00€ |
|
|
|
25.000,00€ |
65.43110.76200 |
|
229.000,00€ |
|
|
229.000,00€ |
|
125.000,00€ |
529.000,00€ |
40.000,00€ |
105.000,00€ |
799.000,00€ |
Quinto. Plazo para presentar las solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes y toda la documentación anexa a la solicitud es de veinte (20) días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). Los interesados han de presentar las solicitudes en el plazo establecido, en cualquier unidad del Registro General del Consejo Insular de Mallorca: Sede del Consejo Insular de Mallorca, C/ Palau Reial, 1, Palma, “Llar de la Joventut”, C/ General Riera, 111, Palma i “Llar de la Infància”, C/ General Riera, 113, Palma. Asimismo, también pueden presentar las solicitudes en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Otros datos
Las actuaciones subvencionables relativas a todas las líneas de actuación se tienen que haber realizado total o parcialmente, en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020. (Ambos incluidos).
El modelo normalizado de la solicitud y la documentación que se debe acompañar se encuentra disponible igualmente en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca https://seu.conselldemallorca.net/es/fitxa?key=50109
Palma, 9 de marzo de 2020
La secretaria técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local
(Per delegación del consejero de Promoción Económica y Desarrollo Local
Resolución de 22/07/2019, BOIB núm. 103, de 27/07/2019)
Rosa Mª Cañameras Bernaldo