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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 2766
Convocatoria de subvenciones para llevar a cabo actividades o proyectos de participación ciudadana y apoyo a la acción voluntaria para el año 2020

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Texto

BDNS: 499065

El consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local, el día 3 de marzo de 2020, adopto la siguiente resolución:

“1. Régimen jurídico

Esta convocatoria se rige por<A[por|para]> lo que se dispone en la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en la sesión de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017) y, supletoriamente, por<A[por|para]> la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por<A[por|para]> el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por<A[por|para]> el resto de normativa que sea aplicable.

2. Crédito presupuestario

Durante el ejercicio presupuestario 2020, se destina la cantidad de 250.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria que se financiarán con cargo al presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca para el año 2020.

Las líneas objeto de subvención y el presupuesto inicial para cada una son las siguientes:

a) Línea 1. Proyectos de participación de entidades de administración local: cien mil euros (100.000,00 €) con cargo en la partida presupuestaria 65.92400.46200.

b) Línea 2. Proyectos de participación de entidades sin ánimo de lucro: cien mil euros (100.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 65.92400.48901.

c) Línea 3. Proyectos dirigidos a la formación o la captación de personas voluntarias realizados por entidades de voluntariado: cincuenta mil euros (50.000€) con cargo a la aplicación presupuestaria 65.92400.48901.

Si no se conceden las cuantías inicialmente previstas en las diferentes líneas por falta de solicitudes o por no acreditar la condición de beneficiario, se puede traspasar indistintamente el crédito remanente de una aplicación a la otra, si, de acuerdo con las solicitudes presentadas, es conveniente incrementar la dotación presupuestaria para atender todas las solicitudes.

3. Objeto y temporalización

Las ayudas económicas de esta convocatoria se dirigen al desarrollo de proyectos en el ámbito de la participación ciudadana que se lleven a cabo en Mallorca o que tengan una repercusión y un beneficio, de forma clara y directa, de acuerdo con las finalidades (descritas en el punto 4) de la convocatoria, en la ciudadanía de Mallorca.

Los proyectos de participación ciudadana son aquellos que promueven la incidencia, la deliberación, la coproducción y la decisión de la ciudadanía en los asuntos que le afectan, poniendo el foco en lo colectivo (comunidad) y no en aquello individual. Los proyectos pueden ser de cualquier temática y pueden ir dirigidos a cualquier tipo de población (proyectos sectoriales) o a toda la ciudadanía en general.

También se pueden acoger en esta convocatoria las entidades de voluntariado que tengan un plan<A[plan|plano]> de voluntariado y que contemplen la formación y la captación de nuevos voluntarios.

Se pueden acoger a esta convocatoria de subvenciones las solicitudes de entidades que tengan por objeto desarrollar, entre el 1 de junio de 2019 y hasta el 30 de mayo de 2020 (ambos incluidos), actividades o proyectos de participación ciudadana y/o de captación o formación de voluntariado en Mallorca.

Limitación: se puede subvencionar, como máximo, hasta un proyecto por línea de entre los que presente, si es el caso, la entidad solicitante, teniendo en cuenta que tiene que ser el que haya obtenido la mejor puntuación.

4. Finalidades

Las actividades o los proyectos que se subvencionan tienen que fomentar actividades de interés público o social que tengan como objetivo:

- Favorecer el trabajo conjunto entre administraciones locales y ciudadanía.

- Implicar personas y colectivos en la transformación de su comunidad.

- Mejorar los canales de participación ciudadana.

- Incidir en la cultura de la participación ciudadana.

- Aumentar el nivel de participación real de la ciudadanía en las entidades y en los órganos de gobierno.

- Promover las sinergias entre entidades, administración y ciudadanía.

- Crear espacios (reales o virtuales) que faciliten la participación de la ciudadanía.

- Favorecer la formación de las personas que participan de proyectos de voluntariado.

- Difundir la acción voluntaria entre la sociedad.

- Investigación<A[Investigación|Búsqueda]> o implementación de acciones para la obtención de nuevas personas voluntarias.

5. Modalidades objeto de subvención

a) Proyectos para favorecer la participación ciudadana en las políticas municipales y para fomentar la implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones.

b) Proyectos destinados a fomentar el trabajo en red (redes ciudadanas) y la colaboración asociativa.

c) Proyectos dirigidos al desarrollo de planes<A[planes|planos]> de formación a personas voluntarias o a su captación.

6. Régimen de la concesión

El procedimiento de concesión de la subvención es el de concurrencia competitiva de todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos.

7. Beneficiarios 

7.1 Pueden obtener la condición de beneficiario de las subvenciones:

  1. Las entidades sin ánimo de lucro que estén inscritas de forma definitiva en el registro correspondiente en el momento de la publicación de esta convocatoria.

  2. Las entidades de la administración local de Mallorca, de menos de 60.000 habitantes, que cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

  3. Las entidades de voluntariado que cumplan los siguientes requisitos:

- Estar legalmente constituidas en los registros correspondientes, de acuerdo con la normativa establecida.

- Estar integradas por personas voluntarias, sin perjuicio del personal asalariado que puedan tener.

- Que desarrollen parte o todas sus actividades en un plan<A[plan|plano]> de voluntariado.

7.2 No pueden obtener la condición de beneficiaria las personas o las entidades las cuales estén en alguna de las circunstancias siguientes:

a) Las asociaciones y entidades de la tercera edad y las federaciones de entidades.

b) Las entidades asociativas con una finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar, los colegios profesionales, las asociaciones profesionales y las cooperativas.

c) Las entidades que concurren en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

7.3 La acreditación de no incurrir en las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca se hace mediante una declaración responsable.

8. Obligaciones de las entidades beneficiarias

Las entidades beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones que se recogen en el artículo 9 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

9. Órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento

9.1 El órgano instructor es la Secretaría Técnica del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, que desarrolla las actividades de instrucción detalladas en el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, o la persona que la sustituya.

9.2 Para estudiar y evaluar las solicitudes, así como para fijar el importe de las subvenciones, se constituye la Comisión Evaluadora integrada por las personas relacionadas a continuación:

Presidencia:                                    

-Consejero<A[Consejero|Conseller]> ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local. La persona suplente es el director insular de Participación y Juventud. 

Vocalía:

- Técnica del Servicio Insular de Participación Ciudadana o el funcionario o la funcionaria que la sustituya.

- Técnica del Servicio Insular de Participación Ciudadana o el funcionario o la funcionaria que la sustituya.

- Auxiliar administrativa del Servicio Insular de Participación Ciudadana o el funcionario o la funcionaria que la sustituya.

Secretaría:

- Técnico de la Dirección Insular de Participación y Juventud o el funcionario o la funcionaria que la sustituya.

La Comisión puede instar al órgano instructor para que requiera a las entidades solicitantes los informes o las aclaraciones que se consideren convenientes.

9.3 Teniendo en cuenta el expediente y el informe de la Comisión Evaluadora, el órgano instructor formula la propuesta de resolución definitiva.

9.4 El órgano competente para resolver esta convocatoria es el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo Insular de Mallorca.

10. Plazo de presentación de solicitudes

10.1 El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles, contadores a partir del día siguiente de publicarse el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

10.2 Las solicitudes se tienen que dirigir a la Dirección Insular de Participación y Juventud y se pueden presentar en cualquier terminal del Registro del Consejo de Mallorca. Asimismo, también se pueden presentar en los lugares<A[lugares|sitios]> establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10.3 Si la solicitud se entrega en un lugar<A[lugar|sitio]> diferente del Consejo de Mallorca o si se envía por correo certificado, la persona solicitante tiene que enviar por correo electrónico (participacio@conselldemallorca.net) la hoja de la solicitud con el sello de entrada dentro de plazo, para que conste el envío.

10.4 Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en esta convocatoria, el órgano instructor tiene que requerir a la persona interesada para que lo enmiende en el plazo improrrogable de diez días con la indicación que, si no lo hace, se considerará que ha desistido de la solicitud, previa resolución expresa, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10.5 Las solicitudes presentadas fuera del plazo mencionado en el apartado 10.1 no serán admitidas en la presente convocatoria.

11. Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para resolver el procedimiento y para notificarlo es de seis meses desde el día en que se publica la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Al vencimiento del plazo máximo sin que se haya notificado la resolución legitima a las personas interesadas en entender desestimada la solicitud de concesión de las subvenciones por silencio administrativo.

12. Documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud

12.1 Las solicitudes se tienen que formalizar mediante los modelos anexos y tienen que contener los datos necesarios para identificar la entidad solicitante y la persona que la representa. Estos modelos anexos se encuentran al alcance de las personas interesadas en la web www.conselldemallorca.net.

12.2 La documentación que se tiene que presentar para formalizar la solicitud es la siguiente:

  1. Modelo de solicitud (anexo 1).

  2. Fotocopia del CIF de la entidad solicitante y del DNI o NIE de la persona representante legal que la firma.

  3. Formulario descriptivo del proyecto y presupuesto detallado por partidas, indicando los gastos que tiene que suponer, los ingresos y subvenciones previstas, si procede<A[pega|ocurre]> (anexo 3).

  4. Documentación acreditativa de la representación en virtud de la cual actúa la persona que firma la solicitud. Se puede acreditar con un certificado de nombramiento y de vigencia del cargo, siempre que la fecha sea posterior al día en que se publica la convocatoria.

  5. Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente, o la libreta en que se tiene que ingresar el importe de la subvención (anexo 4).

  6. Acreditación de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca para obtener la condición de beneficiario. Esta acreditación se tiene que hacer de acuerdo con lo que establece el artículo 13.7 de la Ley 3/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, es decir, mediante un testigo<A[testigo|testimonio]> judicial o un certificado administrativo y, si la autoridad competente no lo puede hacer, se puede sustituir por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público (en el caso de la declaración responsable ante una autoridad administrativa, se tiene que utilizar el modelo del anexo 2 de esta convocatoria).

  7. Declaración de no haber pedido/recibido ninguna otra ayuda o subvención por<A[por|para]> el mismo concepto. Si es el caso, una relación de las subvenciones y ayudas solicitadas o concedidas, con la indicación de los importes y de las entidades subvencionadoras (anexo 2). En caso que, durante la instrucción del procedimiento, previamente a la propuesta de concesión, la entidad tenga conocimiento de la concesión de alguna subvención, lo tiene que comunicar tan pronto como sea posible al órgano instructor.

  8. Declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres (anexo 2).

  9. Las entidades sin ánimo de lucro también tienen que presentar la documentación acreditativa de la constitución de la entidad y de sus estatutos debidamente registrados en los casos necesarios.

  10. Documentación acreditativa, si procede<A[pega|ocurre]>, de la colaboración con otras entidades. Se puede acreditar con la certificación de la entidad con la cual colabora.

  11. 9. Una copia del Plan<A[Plan|Plano]> de voluntariado de la entidad (sólo aquellas entidades que pidan subvenciones de la línea 3).

La presentación de la solicitud de subvención comporta la autorización de la persona solicitante para que el órgano que concede la subvención obtenga de manera directa la acreditación del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos. Si la persona solicitante deniega expresamente el consentimiento para que el órgano instructor solicite estos certificados (anexo 5), los tiene que aportar junto con la solicitud.

Los datos de los habitantes del municipio no hace falta presentarlos; se utilizarán los últimos publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

En el supuesto que los documentos exigidos estén al poder del Dirección Insular de Participación y Juventud, la persona solicitante se puede acoger a lo que establece el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha y la dependencia en qué se presentaron, y cuando<A[cuando|cuándo]> no hayan transcurrido más de cinco años de la finalización<A[finalización|fin]> del procedimiento al cual correspondan.

13. Criterios de valoración de las solicitudes

Los proyectos pueden obtener una puntuación máxima de 10 puntos, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos para cada línea. En todo caso, para poder recibir la subvención, se tiene que alcanzar una puntuación mínima de 4 puntos.

Línea 1. Proyectos de participación de entidades de administración local

Puntos máximos

Redacción y coherencia en las partes del proyecto

0,5

Relevancia del proyecto (resultados esperados, impacto)

0,5

Nivel de concreción de los indicadores de seguimiento del proyecto y grado de adecuación con las actividades propuestas

0,5

Uso de una metodología participativa para diseñar el proyecto y para alcanzar los objetivos

1

Duración de la iniciativa o del proyecto:

                         Superior a 3 meses y hasta 6 meses

                         Superior a 6 meses

 

0,5

1

Incorporación de la perspectiva de género en el proyecto

1

Uso de la lengua catalana como lengua vehicular del proyecto

1

Incorporación en el proyecto de estrategias para la inclusión de personas con diversidad funcional o colectivos en riesgo de exclusión social como personas participantes del proyecto, desarrollando una metodología específica para su incorporación a la entidad o en su formación

1

Proyectos para la dinamización o el uso de la plataforma Entretothom (Consul 2)

0,5

Colaboración entre la entidad local y otras entidades sin ánimo de lucro

1,5

- Número de habitantes del municipio:

            Hasta 2.500 habitantes

            De 2.501 a 7.000 habitantes

            De 7.001 a 20.000 habitantes

            De 20.001 a 59.999 habitantes

 

1,5

1

0,5

0,25

 

Línea 2. Proyectos de participación de entidades sin ánimo de lucro

Puntos máximos

Redacción y coherencia en las partes del proyecto

1

Relevancia del proyecto (resultados esperados, impacto)

1

Nivel de concreción de los indicadores de seguimiento del proyecto y grado de adecuación con las actividades propuestas

0,5

Uso de una metodología participativa para diseñar el proyecto y para alcanzar los objetivos

1

Duración de la iniciativa o del proyecto:

                         Superior a 3 meses y hasta 6 meses

                         Superior a 6 meses

 

0,5

1

Incorporación de la perspectiva de género en el proyecto

1

Uso de la lengua catalana como lengua vehicular del proyecto

1

Incorporación en el proyecto de estrategias para la inclusión de personas con diversidad funcional o colectivos en riesgo de exclusión social como personas participantes del proyecto, desarrollando una metodología específica para su incorporación a la entidad o en su formación

 

1,5

Colaboración entre entidades sin ánimo de lucro (que el proyecto sea ejecutado por dos o más entidades)

2

 

Línea 3. Proyectos de formación o captación de voluntariado

Puntos máximos

Redacción y coherencia en las partes del proyecto

1

Relevancia del proyecto (resultados esperados, impacto)

1

Nivel de concreción de los indicadores de seguimiento del proyecto y grado de adecuación con las actividades propuestas

1

Uso de una metodología participativa para diseñar el proyecto y para alcanzar los objetivos

1

Incorporación de la perspectiva de género en el proyecto

1

Uso de la lengua catalana como lengua vehicular del proyecto

1

Incorporación en el proyecto de estrategias para la inclusión de personas con diversidad funcional o colectivos en riesgo de exclusión social como personas participantes del proyecto, desarrollando una metodología específica para su incorporación a la entidad o en su formación

 

1,5

Colaboración entre entidades de voluntariado (que el proyecto sea ejecutado por dos o más entidades)

 

1,5

Promoción de estrategias para fomentar la participación y la implicación de personas voluntarias de la entidad en el proyecto

1

14. Importe de las subvenciones

14.1 Las subvenciones se adjudicarán mediante el sistema de prorrateo del crédito asignado a cada una de las líneas de manera proporcional a los puntos obtenidos (siempre que la puntuación obtenida sea superior a 4). Así, el importe de la subvención, para cada una de las líneas, se calculará de la manera siguiente:

Is = [(( )x Ps) / Pt]

Is = importe subvención

( )= crédito presupuestario asignado en la convocatoria para cada una de las líneas

Ps = puntuación de la solicitud obtenida en aplicación de los criterios de valoración del proyecto

Pt = suma de las puntuaciones obtenidas de todas las solicitudes de cada línea

En ningún caso el importe resultante de la adjudicación puede ser superior a la cantidad solicitada.

El importe total de la subvención más el resto de otras ayudas, ingresos o fondos propios que han financiado la realización del proyecto no puede superar el presupuesto total ejecutado.

14.2 No obstante lo que se establece en esta base, si el crédito consignado en la convocatoria es suficiente, se exceptuará fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas siempre que reúnan los requisitos establecidos en estas bases y hayan obtenido la puntuación mínima de 4 puntos.

15.  Forma, plazos y condiciones para el pago de las subvenciones

15.1. Para poder percibir la subvención, las personas beneficiarias tienen que justificar la realización del objeto subvencionado, tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social de la Administración del Estado, de las obligaciones tributarias con el Consejo Insular de Mallorca, y los organismos autónomos que dependen, impuestas por las disposiciones vigentes, así como prevé el artículo 48.4 de la Ordenanza General mencionada.

15.2. El importe de las subvenciones se tiene que abonar una vez comprobado que se han cumplido los objetivos y la finalidad para la cual se concedieron y se compruebe la conformidad de los gastos aportados.

15.3. Solamente se abonará el importe concedido y justificado correctamente por la entidad beneficiaria. En el caso de que la cuantía justificada sea inferior a la cuantía concedida, se tramitará el correspondiente expediente de pérdida parcial o total del derecho a cobrar la subvención, y reducción del importe de la subvención correspondiente. El centro gestor podrá cancelar de oficio el remanente de la concesión con aceptación previa de la persona beneficiaria, como prevé el artículo 58.2 de la Ordenanza General mencionada.

15.4 Por otra parte, dado que las subvenciones de esta convocatoria tienen por objeto los proyectos que se describen en los puntos tercero y cuarto de esta convocatoria, sin entrar a determinar qué tipo de gasto concreto del presupuesto se imputa a la subvención, se permite que los gastos subvencionables de los proyectos se puedan compensar entre sí, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 44 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

Si el gasto justificado es inferior al gasto del proyecto presentado, se tiene que reducir proporcionalmente la subvención concedida.

16. Documentación necesaria para justificar el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la finalidad de la subvención y la aplicación de los fondos percibidos

  1.  

16.1. Las personas beneficiarias tienen que justificar documentalmente, hasta el 30 de junio de 2020, la aplicación de los fondos percibidos mediante la cuenta justificativa del gasto hecho con la aportación de justificantes (art. 39 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca), que tiene que incluir la documentación siguiente:

a) Una memoria de actuaciones justificativa de las actividades realizadas, los resultados obtenidos y el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, incluida la de la publicidad de la subvención, firmada por el beneficiario (ver modelo anexo 6).

b) Una memoria económica justificativa del coste de los gastos hechos de acuerdo en el artículo 39.1. (2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (ver anexo 7).

Si se aportan facturas con retención del IRPF al prestador<A[prestador|prestamista]> del servicio, se tiene que presentar, junto con la factura, el modelo 111 y la documentación que justifique que se ha pagado el impuesto. Si no se aporta el modelo 111, únicamente se entenderá justificado el importe de la factura con la deducción de la cuantía del IRPF.

Para justificar el coste bruto<A[sucio|bruto]> de los gastos de personal, se tienen que aportar las nóminas, los documentos TC1 y TC2, el modelo 111 y la documentación acreditativa del coste patronal del personal trabajador con los correspondientes justificantes de pago.

Si únicamente se aportan nóminas y los justificantes del pago, se entenderá justificada la cuantía correspondiente al líquido de las nóminas.

  1. Declaración responsable que se ha hecho el proyecto subvencionado y del presupuesto (anexo 7).

  2. Declaración responsable de no ser deudor o deudora por<A[por|para]> una resolución de reintegro de subvenciones (anexo 8).

16.2. En el caso de que la resolución de concesión de las subvenciones fuera<A[fuera|estuviera]> de fecha posterior a la indicada en el anterior párrafo el plazo para presentar la justificación será de diez (10) días, contadores desde el día siguiente de la notificación de la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria

16.3. Si no se presenta la justificación ante el órgano administrativo competente en el plazo establecido, se tiene que requerir la persona beneficiaria para que<A[porque|para que]> la presente en el plazo improrrogable de quince (15) días hábiles, contadores desde el día siguiente de recibir la notificación.

16.4. Si la documentación que se presenta como justificación es incompleta o incorrecta, se tiene que requerir a la entidad beneficiaria para que rectifique o aporte los documentos necesarios en el plazo de diez (10) días hábiles improrrogables, de acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No hacerlo supone perder el derecho a cobrar la subvención.

17. Documentación acreditativa del pago de los gastos justificados

La documentación acreditativa de los pagos presentados para justificar la subvención se detalla en el artículo 48 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, en función de la forma en que se ha hecho el pago.

18. Gastos subvencionables

18.1 Se consideran gastos subvencionables de esta convocatoria los gastos que, de manera indudable, responden a la naturaleza de la actividad subvencionada, es decir, son necesarios para planificar, preparar, coordinar, difundir y ejecutar el proyecto, y que se efectúan en el periodo que comprende desde el 1 de junio de 2019 hasta el 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.

18.2 Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado antes de que acabe el periodo de justificación establecido en el punto decimosexto de esta convocatoria, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 44 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

18.3 La fecha de emisión de las facturas de los gastos subvencionables únicamente podrá ser dentro del periodo subvencionable.

18.4 En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables puede ser superior al valor de mercado.

18.5. En todo caso, no son gastos subvencionables, en relación con las diferentes líneas de ayudas y, por lo tanto, no forman parte del presupuesto subvencionable las que se relacionan en el artículo 44 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, así como tampoco:

-  Adquisición de bienes inventariables

-  Gastos de amortización de bienes inventariables

-  Gastos de obra nueva.

-  Intereses deudores de las cuentas bancarias.

-  Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

-  Gastos de procedimientos judiciales.

-  Los costes indirectos de gasolina, luz, teléfono e Internet.

-  Los gastos relativos a comidas, refrigerios, servicios de comidas o similares.

19. Pérdida del derecho al cobro de la subvención

Será de aplicación el previsto en el artículo 58 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, con las particularidades siguientes:

19.1 Si la persona beneficiaria incumple las obligaciones contempladas en el art. 9 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, u otros aspectos relevantes del proyecto que se hayan podido tener en cuenta para conceder la ayuda, los órganos competentes del Consejo tienen que declarar la pérdida del derecho a cobrarla. En consecuencia, el/la beneficiario/a perderá el derecho a cobrarla o, si ya la ha cobrado, la tendrá que reintegrar, de acuerdo con lo que establece el artículo 57 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

19.2 Si de la presentación de los justificantes se deduce que la persona beneficiaria ha cumplido de forma significativa con sus obligaciones, que ha tenido voluntad de cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> y que se han alcanzado las finalidades de la subvención, se tiene que declarar la pérdida parcial del derecho al cobro de la subvención, de acuerdo con la aplicación del criterio de graduación siguiente:

A) En caso de que se haya realizado parcialmente el proyecto, que tiene que suponer, como mínimo el 50% de las actividades previstas del proyecto subvencionado, y se hayan alcanzado los objetivos de la subvención, la pérdida parcial a cobrar la subvención se tiene que hacer proporcionalmente al presupuesto ejecutado subvencionable.

B) En caso de que se haya realizado totalmente el proyecto, pero el presupuesto inicial subvencionable no esté bien justificado, 1) porque la documentación justificativa tenga deficiencias o sea inadecuada por no ajustarse a los requisitos de la convocatoria, o 2) porque el presupuesto ejecutado sea inferior al presupuesto subvencionable presentado inicialmente, la pérdida parcial del derecho a cobrar la subvención inicial se tiene que hacer de la manera siguiente:

b1) Si la subvención concedida representa el 50% del presupuesto inicial subvencionable del proyecto, se tiene que reducir proporcionalmente al presupuesto subvencionable ejecutado.

b2) Si la subvención concedida es inferior al 50% del presupuesto inicial subvencionable, esta no experimentará cambios siempre que no represente más del 50% del presupuesto ejecutado subvencionable, ni supere la cantidad máxima de la subvención establecida al punto decimocuarto.

b3) En el caso de que haya un beneficiario cuya subvención fuera el remanente de la convocatoria, la subvención no experimentará cambios, siempre que la ayuda no represente más del 50% del presupuesto ejecutado subvencionable.

19.3 Si el importe total de la subvención, más el resto de otras ayudas, ingresos o fondos propios que han financiado la realización del proyecto, supera el presupuesto total ejecutado, el importe de la pérdida parcial del derecho a cobrar la subvención tiene que ser la cantidad que lo excede.

19.4 De conformidad con los principios de eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos regulados en el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, en caso que el importe de la pérdida del derecho al cobro de la subvención sea igual o inferior a 100,00 €, y siempre que este importe no supere el 1% de la subvención concedida, el centro gestor anulará de oficio la diferencia entre el importe de la subvención concedida y el importe de la subvención reconocida, sin necesidad de iniciar el procedimiento y posterior declaración de la pérdida del derecho al cobro de una parte de la subvención, y sin que el beneficiario presente renuncia a cobrar esta cantidad.

20. Ineficacia sobrevenida de la convocatoria.

Si por<A[por|para]> circunstancias sobrevenidas de interés público y general, el Consejo de Mallorca no puede llevar adelante la tramitación de esta convocatoria, el órgano que la aprobó la tiene que dejar sin efectos previo informe justificativo de la Secretaría Técnica del centro gestor.

21. Régimen de recursos

Contra la resolución de convocatoria de subvenciones, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El recurso se puede interponer formalmente ante<A[ante|delante de]> el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del Departamento de Promoción económica y Desarrollo Local o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y cabe interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

22. Medio de publicación

Esta convocatoria y las subvenciones que se concedan como consecuencia de ésta se publican en extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la web del Consejo de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

Así mismo, se expondrán en el tablero<A[tablero|tablón]> de edictos del Consejo de Mallorca.”

 

Palma, 9 de marzo de 2020

La Secretaria Técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local (Por delegación del Consejero<A[Consejero|Conseller]> de Promoción Económica y Desarrollo Local. Resolución de 22 de julio de 2019. BOIB nº. 103, de 27 de julio de 2019)  Rosa Mª Cañameras Bernaldo 

 

ANEXO 1 SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LLEVAR a cabo PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y/O DE PROMOCIÓN DEL VOLUNTARIADO PARA EL AÑO 2020 (se tienen que presentar tantos anexos 1 como subvenciones se soliciten)

1. Datos de la entidad solicitante

Entidad:

 

NIF:

 

Domicilio (a efectos de notificaciones)

Calle o plaza:

 

Localidad:

 

CP:

 

Teléfono de la persona de contacto (intentad que no sea un teléfono genérico):          

                    

Correo electrónico:

2. Datos de la persona representante legal / de la persona autorizada

Nombre y apellidos:

 

NIF/NIE:

Represente en la entidad solicitante en calidad de:

Teléfono móvil o fijo:                                         

 

Correo electrónico:

 

3. Datos básicos del proyecto

Denominación:

Línea para la cual se solicita la subvención:

(  ) 1. Proyectos de participación de entidades de administración local

(  ) 2. Proyectos de participación de entidades sin ánimo de lucro

(  ) 3. Proyectos de formación o captación de personas voluntarias

 

Descripción breve del proyecto: 

 

Gasto total del proyecto con IVA:                         €

Gasto total del proyecto sin IVA:                          €

Importe solicitado:                       €

DOCUMENTACIÓN QUE SE TIENE QUE ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

Marcad con una «X» las casillas correspondientes.

( )1. Modelo de solicitud (anexo 1).

( )2. Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI, NIE o NIF de la persona representante legal o de la persona autorizada para firmar la solicitud.

( )3. Documentación acreditativa de la vigencia del cargo de la persona representante legal en virtud de la cual actúa la persona que firma la solicitud y, si procede<A[pega|ocurre]>, acreditación de la autorización correspondiente y suficiente, en el caso que la firme una persona diferente.

( )4. Declaración responsable de la persona representante legal de la entidad solicitante o de la persona autorizada, ante la autoridad administrativa (anexo 2).

( )5. Proyecto y presupuesto (sin IVA y equilibrado) firmado por la persona representante legal de la entidad solicitante. En este documento se tienen que reflejar y desarrollar los datos necesarios para poder evaluar los aspectos que se mencionan en los criterios de evaluación correspondientes en la base decimotercera (ved al modelo del anexo 3).

( )6. Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente en que se tiene que ingresar el importe de la subvención (anexo 4).

( )7. En caso de que la entidad solicitante no autorice al Consejo de Mallorca a solicitar los certificados telemáticos del AEAT y de la Seguridad Social, se tiene que adjuntar el anexo 5 de denegación expresa de la autorización. Además, la entidad solicitante tiene que presentar los correspondientes certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

( )8. Documentación acreditativa de la colaboración con otras entidades sin lucro.

( )9. El plan<A[plan|plano]> de voluntariado de la entidad (sólo aquellas entidades que pidan subvenciones de la línea 3).

Nota: Visto el procedimiento de concesión de subvenciones de esta convocatoria, mediante concurrencia competitiva, es muy importante que toda la documentación reseñada, en especial el proyecto y el presupuesto, se presente de manera esmerada con el fin de tener toda la información necesaria para seleccionar las entidades beneficiarias.

En caso, de presentar solicitud de subvención además de una línea de subvenciones o presentar más de una solicitud por<A[por|para]> la misma línea la documentación genérica es suficiente aportarla una única vez.

CLÁUSULA INFORMATIVA SOBRE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de lo que dispone la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la persona interesada da el consentimiento en el tratamiento de sus datos personales incluidos en la solicitud con la finalidad de gestionarlas. Os informamos de que los datos recogidos serán guardados en unos o más ficheros gestionados por la Dirección insular de Participación y Juventud. Igualmente, os comunicamos que tenéis derecho a acceder a la información que os afecta, rectificarla, si es errónea, cancelarla u oponeros en el tratamiento en cuanto a los datos facilitados. Para ejercer estos derechos, os tenéis que dirigir por escrito a la Dirección Insular de Participación y Juventud del Consejo de Mallorca (Lar de la Juventud, c/ del General Riera, 111. 07010 Palma).

.................................................................,.......... d............................... de 2020

(Firma)

(Nombre y apellidos de la persona representante o autorizada)

 

 

 

​​​​​​​ANEXO 2 DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA PERSONA REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA AUTORIZADA (se tienen que presentar tantos anexos 2 como subvenciones se soliciten)

(Nombre y apellidos) ......................................................................................................., con NIF ............................., como (cargo que ocupa en la entidad) ................................, en representación de la entidad solicitante ……………………………………………………….

DECLARO bajo mi responsabilidad:

1. Que acepto las bases de la Convocatoria de subvenciones para llevar a cabo actividades o proyectos de participación ciudadana para el año 2020.

2. Que adjunto la documentación exigida en la convocatoria y que me comprometo, en cualquier caso, a aportar la documentación acreditativa dentro del plazo y en la forma apropiada en que sea requerida por el órgano gestor.

3. Que todos los datos que constan en esta solicitud y en los documentos que lo acompañan son ciertos.

4. Que, en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, de acuerdo con el artículo 39.1.2) g) de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca:

( )No recuperaré ni compensaré el IVA soportado del gasto subvencionable.

( )Sí recuperaré y/o compensaré el IVA soportado del gasto subvencionable.

5. Que la entidad no incurre en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.

6. Que, de conformidad con lo que prevé la Ley 11/2016, de 28 de julio (BOE de 22 de agosto de 2016), de igualdad de mujeres y hombres, la entidad que represente

 (  ) No           ( )Sí

ha sido sancionada o condenada en los últimos tres años por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionada por una resolución administrativa firme o por una sentencia judicial firme.

7. Que la cuantía de las subvenciones, conjuntamente con otras fuentes de financiación específicas de este proyecto, no supera el coste total del proyecto.

8. Que, de acuerdo con lo que dispone el artículo 10.4 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, la entidad qué represente está al corriente en el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Consejo de Mallorca.

 

​​​​​​​9. Que, con respecto al proyecto o a los proyectos objeto de la solicitud, la entidad:

( )No ha pedido ni ha recibido ningún otro apoyo<A[apoyo|soporte]>, ayuda o subvención para el proyecto presentado.

( )Ha pedido o ha recibido para el proyecto las ayudas o las subvenciones que se detallan a continuación:

Entidad subvencionadora: .................................................................................

Importe de la ayuda o de la subvención: ...........................................................

Marcad con una «X» la casilla correspondiente:

 

No resuelta

 

Denegada

 

Concedida y no recibida

 

Recibimiento

 

 

Entidad subvencionadora: ................................................................................

Importe de la ayuda o de la subvención: .........................................................

Marcad con una «X» la casilla correspondiente:

 

No resuelta

 

Denegada

 

Concedida y no recibida

 

Recibimiento

 

 

10. Que con respecto al proyecto objeto de la solicitud:

( )No se prevén ingresos derivados de la ejecución del proyecto (ventas, entradas, etc.) o la obtención de otros recursos para financiar el proyecto.

( )Los ingresos que se prevén obtener de la ejecución del proyecto o de otros recursos para financiar el proyecto son los siguientes:

Tipo de ingresos   

Importe

 

 

 

 

​​​​​​​11. Sólo para<A[para|por]> los proyectos de voluntariado:

(  ) Que nuestra entidad es una entidad de voluntariado (según el punto 7.1 de las bases)

Según lo que prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la inexactitud o falsedad de esta declaración responsable es motivo de exclusión de la persona que hace la solicitud de subvención, así como también motivo de revocación y/o reintegro de la subvención en el caso que le sea otorgada, sin perjuicio de la posibilidad de imponer las sanciones que correspondan y de exigir las responsabilidades de cualquier tipo en que se haya podido incurrir como consecuencia de la inexactitud o la falsedad en la declaración.

La inexactitud, la falsedad o la omisión de datos esenciales en esta declaración responsable, o el incumplimiento de los requisitos exigibles de acuerdo con la legislación vigente para obtener la subvención, determinará el reintegro de la subvención, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que le puedan ser exigidas.

................................................................., .......... d ............................... de 2020

 

La persona representante legal o persona autorizada de la entidad solicitante

(firma)

 

 

 

(nombre y apellidos)

 

 

ANEXO 3 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO I PRESUPUESTO (se tienen que presentar tantos anexos 3 como subvenciones se soliciten)

1. Identificación

Denominación del proyecto:

Persona de contacto responsable del proyecto:

Teléfono y/o correo electrónico de contacto:

Lugar<A[Lugar|Sitio]> de realización:

Modalidad del proyecto: 

( )(A) Para favorecer la participación ciudadana en las políticas municipales.

( )(B) Para fomentar el trabajo en red y la colaboración asociativa.

( )(C) Para la formación o captación de voluntariado.

Fecha de inicio del proyecto:

Fecha del final del proyecto:

Otras entidades colaboradoras en este proyecto:

2. Breve descripción del proyecto

Explicación general sobre el tema del proyecto y de las actividades

 

 

3. Justificación del proyecto

Antecedentes del proyecto, justificación de la necesidad...

 

 

4. Personas destinatarias del proyecto

Breve descripción del colectivo destinatario (directo e indirecto) del proyecto. Hay que describir, si procede<A[pega|ocurre]>, la participación del colectivo destinatario en el proceso de definición, de ejecución y de seguimiento del proyecto.

 

 

5. Objetivos generales y específicos

Objetivos generales o finalidades genéricas del proyecto y objetivos concretos

 

 

6. Metodología del proyecto

Especificar de qué manera se llevarán a cabo los objetivos.

 

 

7. Plan<A[Plan|Plano]> de ejecución y evaluación del proyecto

Son las acciones necesarias para conseguir cada uno de los resultados, con los indicadores que medirán si se han alcanzado los resultados, las personas que participarán y las fechas de inicio y de fin de cada actividad. Hay que enumerar todas las actividades previstas para llevar a cabo el proyecto.

Actividades propuestas

Descripción de las actividades.

¿«Con qué actividades se llevará a cabo el proyecto»?

Agentes involucrados

Descripción de las personas involucradas en estas actividades.

¿«Quién participará en estas actividades»?

Temporalización

Fecha de inicio y de finalización de cada actividad.

¿«Cuándo se harán estas actividades»?

Resultados esperados

Indican los productos o servicios que se generan de la intervención hecha.

¿«Qué se quiere conseguir»?

Indicadores de evaluación de los resultados

Criterios que permiten medir los resultados esperados.

¿«Cómo se medirá si se ha conseguido»?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

​​​​​​​8. Recursos necesarios para desarrollar el proyecto

Humanos: número de personas necesarias, cuántas horas y si son remuneradas o no.

 

 

Infraestructuras: locales, instalaciones y equipos técnicos

 

 

Materiales

 

 

9. Presupuesto general

Previsión de gastos y de ingresos vinculados al proyecto presentado

Gastos previstos

Importe

□ con IVA

□ sin IVA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ingresos previstos

Importe

Subvención Consejo de Mallorca (importe solicitado en esta convocatoria)

 

 

 

 

 

 

 

............................................., .............. d............................. de 2020

(firma de la persona representantet legal o persona autorizada de la entidad)

 

 

ANEXO 4 SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS

Datos de la entidad perceptora:

NIF PERCEPTOR/PERCEPTORA

 

 

APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL

 

DIRECCIÓN

 

LOCALIDAD

CÓDIGO POSTAL

PROVINCIA

 

 

 

TELÉFONO

FAX

 

 

 

 

Datos bancarios:

ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL

BIC

 

 

IBAN

BANCO

OFICINA

Nº. DE CUENTA

 

 

 

 

 

 

Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la libreta o a la cuenta corriente abierta a nombre mío.

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD  Palma, ........., d ........................ de 2020

DE LA ENTIDAD BANCARIA

Estos datos coinciden con los

que constan en esta oficina.

La dirección / La persona delegada    La persona perceptora

 

Firma: ..........................

(sello de la entidad bancaria)

En cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de lo que dispone la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos personales y garantía de los derechos digitales, la persona interesada da el consentimiento en el tratamiento de sus datos personales incluidos en la solicitud con la finalidad de gestionarlas. Os informamos de que los datos recogidos serán guardados en unos o más ficheros gestionados por la Dirección insular de Juventud. Os comunicamos que tenéis derecho a acceder a la información que os afecta, rectificarla, si es errónea, cancelarla u oponeros en el tratamiento en cuanto a los datos facilitados. Para ejercer estos derechos, os tenéis que dirigir por escrito a la Dirección Insular de Juventud del Consejo de Mallorca (Llar de la Juventut, c/ del General Riera, 111. 07010 Palma).

 

 

ANEXO 5 (Este anexo sólo se tiene que llenar si se escoge la opción de denegar la autorización al Consejo de Mallorca para obtener la información directamente.)

DENEGACIÓN EXPRESA DE LA AUTORIZACIÓN PARA CONSULTAR TELEMÁTICAMENTE DATOS DEL AEAT I DE LA TGSS

(Nombre y apellidos) ………......................................................................................., con domicilio en (calle o pl., nº. y localidad) ............................................................, CP ..................................., con NIF nº. ............................, como (cargo que ocupa en la entidad) ............................................................................ en representación de la entidad ........................................................................................... con NIF .............................................

y, en relación con la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES O PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL AÑO 2020,

DENIEGO EXPRESAMENTE la autorización que prevé el artículo 10.3 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), para que este solicite y obtenga la información relevante necesaria para comprobar que la entidad en la cual represente está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en la Agencia Tributaria de la Administración del Estado y a la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

 

............................................., .............. d............................. de 2020

 

Nota: Se tienen que aportar las certificaciones correspondientes de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social junto con la solicitud.

 

 

 

ANEXO 6  (Este anexo sólo se tiene que cumplimentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria.)

MEMORIA TÉCNICA DEL PROYECTO (se tienen que presentar tantos anexos 6 como subvenciones concedidas)

(Nombre y apellidos) .....................................................................................................,

como (cargo que ocupa a la entidad) .........................................., en representación de la entidad…........................................................................, con NIF….....................,

en relación con la subvención concedida por la Dirección Insular de Participación y Juventud del Consejo de Mallorca para llevar a cabo el proyecto ..................................................................................................................................

Declaro bajo mi responsabilidad, a los efectos del punto decimoquinto:

1. Que el proyecto se ha realizado:

□  Íntegramente

□  Parcialmente, cumpliendo los requisitos exigidos en la convocatoria.

2. Que la evaluación de los resultados obtenidos por la ejecución del proyecto de participación mencionado son los siguientes:

- Grado de consecución de los objetivos planteados:

 

 

 

- Grado de cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> del plan de trabajo de la actividad o del proyecto:

 

 

 

- Valoración de las personas que han participado en la actividad o el proyecto (número, perfil, etc.):

 

 

- Valoración de los recursos utilizados (humanos, de infraestructuras y materiales):

 

 

 

- - Valoración de las medidas desarrolladas para fomentar la participación ciudadana:

 

 

 

- Valoración de la difusión de la actividad (alcance, medios de comunicación, apoyos<A[apoyos|soportes]> utilizados, etc.):

 

 

- Incorporación de la perspectiva de género en el proyecto:

 

 

- Utilización y uso del catalán tanto en la realización del proyecto como en la difusión:

 

 

- Comparativa entre el gasto presupuestado y la hecha (explicación de las desviaciones, si es el caso):

 

 

 

(Si el espacio establecido para algún apartado no es suficiente se puede ampliar todo lo que sea necesario.)

La persona representante legal de la entidad beneficiaria

(firma)

(nombre y apellidos)

............................................., .............. d............................. de 2020

 

 

 

ANEXO 7

(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria.) (se tienen que presentar tantos anexos 7 como subvenciones concedidas)

MEMORIA ECONÓMICA DEL PROYECTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

................................................................................................, como representante legal de la entidad................................................................................................................................., con NIF........................................................, en relación con la subvención concedida por la Dirección Insular de Participación y Juventud del Consejo de Mallorca para llevar a cabo el proyecto......................................................................................................................

Declaro bajo mi responsabilidad:

1. Que el proyecto mencionado se ha realizado.

2. Que la relación detallada y equilibrada de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado ha sido la que se adjunta.

(Nota importante: 1. La relación de gastos, que se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado, tiene que indicar los datos siguientes de las facturas o de los documentos acreditativos: la denominación del proveedor y el NIF, el número, el importe, la fecha de emisión y el concepto de la factura o del documento similar y la fecha de pago. La relación de ingresos tiene que señalar las ayudas, las subvenciones, los ingresos o los fondos propios que han financiado el proyecto subvencionado y tienen que indicar el importe y la procedencia. 2. Esta relación de gastos e ingresos tiene que ir firmada por la persona beneficiaria.)

3. Que el importe total de los gastos relacionados, es decir, ................................€, corresponde al presupuesto del proyecto subvencionado y que no tiene un valor superior al de mercado.

4. Que la entidad beneficiaria en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto y, de acuerdo con el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

( )No recupera ni compensa el IVA soportado del gasto subvencionable.

( )Sí recupera o compensa el IVA soportado del gasto subvencionable.

5. Que la subvención otorgada por el Consejo de Mallorca se ha aplicado a la finalidad para la cual se concedió y que no supera —con las subvenciones y otros ingresos concurrentes— el presupuesto de ejecución del proyecto cultural subvencionado.

6. Que se adjunta una fotocopia compulsada de los justificantes originales del presupuesto de ejecución del proyecto subvencionado y que, si procede<A[pega|ocurre]>, el resto de documentación relativa al proyecto resta a disposición del Consejo de Mallorca y de la Sindicatura de Cuentas, en la sede de esta entidad, situada en .............................................................................................

Relación de gastos de ejecución del proyecto de participación ciudadana

Nº. orden

Nº.

fac.

Fecha emisión

Proveedor

NIF

Concepto

Importe

Fecha pago

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total de gastos de ejecución

(*) La relación de gastos se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado.

Relación de ingresos del proyecto de participación

Procedencia

Importe

Subvención del Consejo de Mallorca

 

Fondos propios

 

Otros....

 

 

 

Total de ingresos

(*) La relación de ingresos tiene que incluir las ayudas, las subvenciones, los otros ingresos económicos o fondos propios que han financiado el proyecto subvencionado.

La persona representante legal de la entidad beneficiaria

(firma)

(nombre y apellidos)

............................................................, ........ d..............................................de 2020

 

​​​​​​​ANEXO 8

(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar y presentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria.)

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO SER DEUDOR O DEUDORA POR<A[POR|PARA]> UNA RESOLUCIÓN DE REINTEGRO DE SUBVENCIONES

........................................................................................................................................, con NIF............................................, como a representante legal de la entidad ...................................................................................................................., con el NIF ...........................,

DECLARO, de acuerdo con el artículo 25 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE nº. 176, de 25 de julio de 2006), por<A[por|para]> el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que la entidad que represento no es deudora por<A[por|para]> una resolución de reintegro de subvenciones.

Lo declaro ante la Secretaría Técnica del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, a los efectos del artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre de 2003).

 

................................................, .......... d .......................de 2020

 

La persona representante legal o persona autorizada de la entidad solicitante

(firma)

 

(nombre y apellidos)