Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 2659
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, de fecha 17.2.2020, relativo a la aprobación de la convocatoria de ayudas para deportistas individuales menorquines o residentes en la isla de Menorca y destacados durante el año 2019 (de enero a septiembre) (Exp. 2707-2020-000001)
La Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares, en su exposición de motivos, destaca que el deporte es una función social que favorece el desarrollo completo y armónico del ser humano, posibilita su formación integral y contribuye a la consecución, en todos los órdenes, de una mayor calidad de vida.
El Plan Estratégico de Subvenciones del ejercicio 2020 del Consejo Insular de Menorca prevé, como líneas de ayudas para deportistas individuales, la de mujer y deporte, la de deportistas destacados y la de estudiantes en la temporada deportiva 2019-2020, con un presupuesto previsto de 68.000 euros.
Se prevé que la convocatoria de este año aglutine las tres convocatorias que se venían convocando los años anteriores: ayudas a la mujer, a deportistas estudiantes en centros de tecnificación deportiva y a deportistas destacados a la temporada 2019-2020.
La convocatoria de deportistas destacados, hasta ahora, se refería a los méritos del año anterior al año en curso (es decir, que en el año 2019 se valoraron los resultados obtenidos durante el año 2018), mientras que en el año 2020 los méritos se refieren a la temporada 2019-2020 (septiembre de 2019 a agosto de 2020), por lo cual quedaban 8 meses (de enero a agosto 2019) en que los deportistas destacados no podrían acogerse a ninguna convocatoria.
Por lo tanto, para evitar cualquier tipo de perjuicio a los deportistas potencialmente beneficiarios de estas ayudas, el Servicio de Deportes propone hacer una primera convocatoria que cubra los méritos obtenidos por los deportistas destacados de enero a septiembre del 2019, la cual solo se convocará este año.
Esta convocatoria persigue el objetivo final de promover y apoyar a los deportistas menorquines o residentes en la isla de Menorca, con resultados destacados entre los meses de enero y de septiembre de 2019 en deportes individuales.
Atendida la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta el acuerdo siguiente:
Aprobar la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca para deportistas individuales menorquines o residentes en la isla de Menorca, destacados entre enero y septiembre del año 2019 en deportes individuales, la cual se rige por las bases aprobadas por Consejo Ejecutivo día 13/03/2017 y publicadas en el BOIB n.º 44 de 13 de abril del año 2017, cambiando el año 2016 por el año 2019 y el mes de diciembre por el mes de septiembre, de acuerdo con las características siguientes:
a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario:
Las ayudas concedidas serán a cargo a la partida presupuestaria 3410.4890022 y con el importe máximo de 10.000,00 € para toda la convocatoria.
El importe máximo por deportista es de 2.000,00 €.
b) El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
c) El órgano instructor es la jefa del Servicio de Deportes del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 26 de febrero de 2020
Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavio Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB nº 97 de 16-7-2019)