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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 2682
Resolución del vicepresidente en materia de pesca del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de traslado de créditos previstos a la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarco, lonjas y anclajes

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Texto

El 23 de mayo del 2019 se publicó en el BOIB núm. 69 la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarco, lonjas y anclajes.

El apartado segundo de esta resolución establece el crédito destinado a la primera convocatoria, ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €), mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.

Tal como establece el punto 2 del apartado segundo de la convocatoria, una vez finalizado cualquiera de los periodos sin que se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos periodos, la cantidad no aplicada se debe trasladar al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que se debe publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Visto el informe técnico del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, de fecha 3 de febrero del 2020, se determina que, una vez finalizada la tramitación de las solicitudes de la 1.ª convocatoria, se ha dispuesto de un volumen de subvención de 126.591,53 € y, por lo tanto, se puede trasladar el presupuesto restante, veintitrés mil cuatrocientos ocho euros con cuarenta y siete céntimos (23.408,47 €), a la siguiente convocatoria.

En fecha 18 de enero del 2020 se publicó, en el BOIB núm. 8, el Decreto 1/2020, de 17 de enero, por el que se modifica el Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears. Con esta modificación se determina que la competencia para resolver los expedientes de subvención convocados en el ámbito de las materias de pesca corresponde al vicepresidente en materia de pesca.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Trasladar veintitrés mil cuatrocientos ocho euros con cuarenta y siete céntimos (23.408,47 €) a la segunda convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarco, lonjas y anclajes.

Dichas subvenciones serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 75% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el 25% restante.

Segundo

Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se debe publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 6 de marzo de 2020

El vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA

Juan Mercant Terrasa