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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 2679
Extracto de la Resolución de día 24 de febrero de 2020 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2020 de ayudas a la microempresa, pequeña y mediana empresa industrial de las Illes Balears para cubrir los gastos financieros de operaciones de financiación de inversiones productivas previstas en el Plan Estratégico Industrial 2018-2025
BDNS (Identif.): 498377
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y las sociedades civiles o comunidades de bienes domiciliadas o que lleven a cabo un proyecto de inversión para la mejora de los procesos productivos o de producto en las Illes Balears, que cumplan los requisitos de ser microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollen una actividad industrial de alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) incluidos en las divisiones 2, 3 y 4 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, así como las que estén incluidas en el grupo 162 del IAE e inscritas en la división A. También pueden ser beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B del Registro Integrado Industrial correspondiente a las empresas de servicios relativos a la actividad industrial y a los servicios complementarios a la industria detallados en el anexo 3.
Segundo
Finalidad
Otorgar ayudas a la microempresa, pequeña y mediana empresa con carácter industrial de las Illes Balears que tengan aprobadas operaciones financieras avaladas por ISBA, SGR, destinadas a inversiones productivas, eficiencia energética y transformación digital del sector industrial, con el objetivo de mejorar el proceso productivo o producto, en línea con las actuaciones del Plan Estratégico Industrial 2018-2025. Las ayudas se destinarán a cubrir los intereses de estas operaciones financieras, el coste del aval que formalicen con ISBA, SGR, y los gastos de apertura y de estudio de la operación.
Tercero
Bases reguladoras
La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción industrial (BOIB n.º 52, de 17 de abril de 2008).
Cuarto
Crédito
Un millón (1.000.000 €).
Quinto
Importe
1. Los importes de las ayudas serán los siguientes:
Importe de las ayudas
Importe de las ayudas |
||
Modalidad de préstamo |
Por cada 1.000 € |
Por cada 1.000 € |
|
Bonificación |
Ayuda para gastos |
de intereses |
de apertura y de estudio |
|
3 años / 0 carencia |
23,12 € |
10,00 € |
5 años / 0 carencia |
38,60 € |
10,00 € |
5 años / 1 carencia |
46,04 € |
10,00 € |
7 años / 0 carencia |
54,20 € |
10,00 € |
7 años / 1 carencia |
61,16 € |
10,00 € |
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOIB hasta el 21 de octubre de 2020.
Palma, 5 de marzo de 2020
El presidente del IDI Juan Pedro Yllanes Suárez