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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 2672
Extracto de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de la actividad deportiva de los Clubs Deportivos de Mallorca para el año 2020
BDNS: 498697
De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de la actividad deportiva de los clubs deportivos de Mallorca, aprobada mediante resolución del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes de 4 de marzo de 2020.
El texto completo de la convocatoria se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica del Consejo de Mallorca.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones los clubs deportivos mallorquines, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre del deporte de las Islas Baleares, que cumplan los requisitos previstos al punto 2 de la convocatoria y al artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.
Objeto
Estas ayudas tienen por objeto el desarrollo de la actividad deportiva de los Clubs Deportivos de Mallorca.
Son gastos subvencionables los realizados durante el año 2019.
Las facturas tienen que estar abonadas en el mismo periodo (01/01/2019 en 31/12/2019)
Bases reguladoras
La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, aprobada por acuerdo plenario de fecha 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21 de 18/02/17), modificada por acuerdo plenario de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96 de 4/08/18)
Crédito presupuestario
La cuantía total máxima, para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones, es de 200.000,00 €. con cargo a la aplicación presupuestaria 30 34101 48901 del presupuesto del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2020.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Justificación
Dado que los gastos subvencionables son del año 2019, la entidad solicitante tiene que presentar la justificación de la aplicación de la subvención concedida, de acuerdo con lo previsto en los puntos 7 y 8 de la convocatoria, en el mismo momento que presenta la solicitud de subvención.
Palma, 5 de marzo de 2020
El secretario técnico de Turismo y Deportes
(por delegación del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes
Resolución de 30-07-19, BOIB nº. 109 de 08-08-2019)
Joan Gaspar Vallori Guayta