Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSELLERIA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y MODERNIZACIÓN

Núm. 2631
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización por la cual se acuerda la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a diversos miembros del cuerpo de policía local de Algaida

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1.  El día 23 de septiembre de 2019, la alcaldesa de Algaida emitió el certificado del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Algaida de fecha 19 de septiembre de 2019 de la propuesta de solicitud de concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a diversos miembros del cuerpo de policía local de Algaida. Concretamente se solicitó para los policías Pedro Oliver Gelabert y Bernardo Sureda Ballester.

2.  El día 5 de noviembre de 2019, el director general de Emergencias e Interior firmó la Resolución de inicio del procedimiento para la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los policías nombrados en el punto 1. En la misma resolución también nombró el instructor y el secretario.

3.  El día 7 de febrero de 2020 el instructor del procedimiento emitió la propuesta de resolución sobre la base de los aspectos siguientes:

a) Los agentes propuestos para la condecoración han cumplido más de treinta años de servicio de policía local y no tienen ningún expediente disciplinario en curso o sanción disciplinaria pendiente de cancelar.

b) Según entrevistas con agentes del cuerpo policial de Algaida, destacan la profesionalidad y dedicación de los agentes propuestos para la condecoración.

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 52 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, modificado por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, de modificación de la Ley 4/2013, determina la posibilidad de conceder premios y distinciones a los miembros de la policía local de las Illes Balears en los términos que se establezcan reglamentariamente.

2.  El capítulo V del título VIII del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, regula las características y la concesión de premios y condecoraciones. En concreto, el artículo 132, regula las circunstancias por las que se puede otorgar la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco; el artículo 137, regula quién puede formular la propuesta de solicitud de concesión del galardón; y el artículo 138 regula el procedimiento ordinario de concesión.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.  Acordar la concesión de la Cruz al Mérito Policial con Distintivo Blanco a los miembros del cuerpo de la policía local de Algaida que se indican a continuación:

― Policía Pedro Oliver Gelabert.

― Policía Bernardo Sureda Ballester.

2.  Notificar esta resolución a los agentes galardonados y al Ayuntamiento de Algaida.

3.  Ordenar la inscripción de este acuerdo en el Registro de policías locales en la forma legalmente determinada.

4.  Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas y Modernización en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 7 de febrero de 2020

La consejera de Administraciones Públicas y Modernización

Isabel Castro Fernández