Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 2607
Resolución de la directora general de Personal Docente de día 4 de marzo de 2020 por la cual se hace pública la adjudicación definitiva de plazas a los funcionarios docentes del cuerpo de catedráticos y de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de catedráticos y de profesores de música y artes escénicas, de catedráticos y de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de catedráticos y de profesores de artes plásticas y diseño, y de maestros de taller de artes plásticas y diseño que participan en el concurso de traslados de ámbito autonómico convocado por Resolución de 23 de octubre de 2019
Hechos
1. Mediante Resolución de la directora general de Personal Docente de 23 de octubre de 2019, publicada en el BOIB núm. 146, de 26 de octubre de 2019, se convoca el concurso de traslados de ámbito autonómico para los funcionarios de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.
2. Por Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 10 de enero de 2020 (BOIB núm. 7, de 16 de enero), modificada por la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de día 28 de enero de 2020, se aprueban las plantillas y se publica la relación de puestos de trabajo vacantes de los cuerpos de catedráticos y de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de catedráticos y de profesores de música y artes escénicas, de catedráticos y de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, y de catedráticos y de profesores de escuelas oficiales de idiomas. Estos puestos de trabajo vacantes son los que, de acuerdo con lo que determina la base segunda de la convocatoria, se han ofrecido en el concurso de traslados y en los procesos previos convocados por la Resolución citada en el párrafo anterior.
3. La Resolución de la directora general de Personal Docente de 4 de febrero de 2020 hace pública la adjudicación provisional de plazas a los funcionarios docentes del cuerpo de catedráticos y de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de catedráticos y de profesores de música y artes escénicas, de catedráticos y de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de catedráticos y de profesores de artes plásticas y diseño, y de maestros de taller de artes plásticas y diseño que participan en el concurso de traslados de ámbito autonómico convocado por la Resolución de 23 de octubre de 2019 mencionada.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (BOE núm. 295, de 10 de diciembre), en la disposición adicional sexta, en el apartado 1, determina que es base del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes la provisión de puestos de trabajo mediante concurso de traslados de ámbito estatal.
2. El artículo 2.2 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre (BOE núm. 263, de 30 de octubre), por el cual se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece que, durante los cursos en los que no se convoquen concursos de ámbito estatal, las diferentes administraciones educativas pueden organizar procedimientos de provisión en el ámbito territorial cuya gestión les corresponda.
3. La Resolución de la directora general de Personal Docente de 23 de octubre de 2019, publicada en el BOIB núm. 146, de 26 de octubre de 2019, por la cual se convoca el concurso de traslados de ámbito autonómico para los funcionarios de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica de Educación, establece las bases del concurso de traslados autonómico para los funcionarios de estos cuerpos.
4. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto), atribuye a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación, entre otras competencias, la ordenación y la gestión del personal docente.
5. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 16 de septiembre de 2019 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en la directora general de Personal Docente (BOIB núm. 129, de 21 de septiembre), delega en la directora general de Personal Docente, entre otras competencias administrativas en materia de gestión de personal docente, la facultad de convocar y resolver los procedimientos ordinarios de provisión de puestos de trabajo, establecer las bases de estos y nombrar los miembros de los órganos de valoración.
Por ello, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar y hacer pública, en el anexo 1 de esta Resolución, la adjudicación con carácter definitivo y ordenada alfabéticamente, con la puntuación total y por apartados, y con indicación de la modalidad en que han participado, del destino que han obtenido los funcionarios docentes antes mencionados que han participado en el concurso de traslados convocado por la Resolución de la directora general de Personal Docente de 23 de octubre de 2019 citada.
2. Declarar desestimadas, si no figuran resueltas expresamente en esta Resolución, las reclamaciones presentadas contra la Resolución de la directora general de Personal Docente de 4 de febrero de 2020 por la cual se aprobó la adjudicación provisional de destinos.
3. Aprobar y hacer pública, en el anexo 2 de esta Resolución, la relación de participantes que no han sido admitidos en el concurso de traslados porque no cumplen los requisitos específicos o han sido excluidos por las causas que se indican.
4. Aprobar y hacer pública, en el anexo 3 de esta Resolución, la relación de participantes que han desistido de participar voluntariamente en el concurso de traslados y que, como consecuencia de la renuncia, han sido dados de baja de la participación en el concurso.
5. Aprobar y publicar, en el anexo 4 de esta Resolución, la relación de personas que, habiendo participado en el concurso con carácter forzoso, no han obtenido ningún destino y, en consecuencia, quedan pendientes de que la Dirección General de Personal Docente les adjudique un destino provisional para el curso 2020-2021. Estas personas participarán en el proceso de adjudicación de destinos provisionales para este curso mediante la solicitud telemática que se publicará en la página web de la Dirección General de Personal Docente (http://dgpdocen.caib.es).
6. Señalar que, si en la resolución del proceso se ha adjudicado erróneamente un destino a un docente que no cumple los requisitos exigidos en la convocatoria o que no posee los méritos suficientes para obtener el puesto asignado, la Administración anulará de oficio el destino obtenido.
7. Disponer así mismo que, si hay vacantes o resultas inexistentes o erróneas, el destino en estas plazas quedará anulado y los docentes afectados tendrán la misma consideración que los procedentes de un puesto de trabajo suprimido y les serán de aplicación todos los preceptos del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el cual se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes que prevé la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas que tiene que cubrir este personal.
8. Informar que, en conformidad con lo que disponen el artículo 19 del Real Decreto 1364/2010 y la base vigesimosegunda de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 23 de octubre de 2019 citada, los destinos adjudicados mediante esta Resolución son irrenunciables. No obstante, cuando de acuerdo con lo que establece la base decimoquinta de la Resolución mencionada, se participe simultáneamente por diferentes cuerpos docentes y se obtenga destino en más de uno, se optará por uno de ellos en el plazo de diez días naturales siguientes a la publicación de esta Resolución, mediante escrito dirigido a la Administración Educativa a la que pertenece la plaza en la que el concursante no se quiere incorporar. Si no se hace esta opción, se tiene que tomar posesión en la plaza obtenida correspondiente al cuerpo desde el que se ha participado en situación de servicio activo.
El cese de los participantes en el destino de procedencia se producirá el 31 de agosto de 2020 y la toma de posesión en el nuevo destino tendrá lugar el 1 de septiembre de 2020.
9. Determinar que durante el mes de octubre de 2020 las personas interesadas que no hayan interpuesto ningún recurso administrativo podrán solicitar a la Dirección General de Personal Docente la devolución de los documentos originales presentados como justificación de méritos. Si el aspirante no los retira dentro de este plazo, se entenderá que renuncia a recuperarlos.
10. Publicar esta Resolución y los anexos 1, 2, 3 y 4 en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 5 de marzo de 2020
La directora general de Personal Docente
Rafaela Sánchez Benítez