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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SECTORES PRODUCTIVOS

Núm. 2604
Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 5 de marzo de 2020 por la que se concede la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del parque fotovoltaico Sa Caseta, promovido por Energia Neta Sa Caseta, SL, en el polígono 34, parcela 11, de Llucmajor

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Texto

Hechos

1. El 26 de junio de 2013 tuvo entrada en la consejería de Economía y Competitividad (núm. de registro 30045) la solicitud de ejecución de una instalación fotovoltaica de 21.93 MW en la finca de Sa Caseta de Llucmajor, y se inició la fase de consultas previas del proyecto, de acuerdo con la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears.

2. El 23 de junio de 2014, el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares emitió un informe favorable con condiciones.

3. El 29 de abril de 2015, el señor Miquel Bonet Bonet solicitó la declaración de utilidad pública y la autorización administrativa de la instalación fotovoltaica.

4. El 15 de enero de 2016, el 3 de febrero de 2016 y el 19 de octubre de 2016, el promotor registró nueva documentación complementaria al expediente.

5. El 3 de diciembre de 2016 se publicó en el BOIB el anuncio de información pública del proyecto para la autorización administrativa y la utilidad pública por un plazo de 20 días y se solicitaron los correspondientes informes a las administraciones afectadas.

6. El 3 de febrero de 2017 tuvo entrada en la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad el Acuerdo desfavorable de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Consejo de Mallorca.

7. El 16 de febrero de 2017 tuvo entrada en la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad el informe del Ayuntamiento de Llucmajor relativo a la línea de evacuación.

8. El 21 de marzo de 2017 tuvo entrada en la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad un segundo informe del Ayuntamiento de Llucmajor sobre las condiciones técnicas que se han de cumplir en el parque fotovoltaico.

9. El 28 de marzo de 2017 tuvo entrada en la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad el informe de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca que concluye que la potencialidad agronómica de la zona donde se proyecta la instalación del parque fotovoltaico es escasa y la instalación no repercutiría negativamente.

10. El 22 de mayo de 2017, el Servicio de de Energías Renovables y Eficiencia Energética de la Dirección General de Energía y Cambio Climático emitió un informe relativo al interés energético del proyecto.

11. El 3 de enero de 2017 se recibieron escritos de alegaciones al proyecto por parte de la Asociación de Defensa de Cap Blanc-Punta Regana, Grupo Triple 0, SL, y el señor Trobat.

12. El 9 de enero de 2017, el señor Jaume Canals Bestard presentó a la Dirección General de Energía y Cambio Climático un escrito de alegaciones en representación del Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa (GOB).

13. El 13 de enero de 2017 se enviaron todas las alegaciones recibidas a la entidad Energia Neta Sa Caseta Llucmajor, SL, para que hicieran las aclaraciones oportunas.

14. El 7 de febrero de 2017, la entidad Energia Neta Sa Caseta Llucmajor, SL, presentó un escrito para contestar las alegaciones presentadas.

15. El 12 de julio de 2017, la Dirección General de Energía y Cambio Climático emitió un informe sobre la declaración de utilidad pública del parque fotovoltaico.

16. El 21 de julio de 2017, el Consejo de Gobierno acuerda la declaración de utilidad pública de la instalación fotovoltaica Sa Caseta (BOIB núm. 89, de 22 de julio de 2017).

17. El 22 de octubre de 2019, Red Eléctrica de España emitió la contestación de conexión coordinada y remisión del ICCTC e IVCTC para la conexión a la red de transporte en sentido favorable.

18. El 14 de febrero de 2020, el promotor presentó el proyecto de ejecución del parque fotovoltaico Sa Caseta y el proyecto de las infraestructuras comunes.

19. El 25 de febrero de 2020, la Dirección General de Recursos Hídricos emitió informe sobre el expediente donde se resuelve que no es necesario requerir autorización de Recursos Hídricos.

20. El 3 de marzo de 2020, los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático examinaron la documentación aportada y emitieron un informe en el que, sin entrar a valorar técnicamente el proyecto, se informa favorablemente la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de referencia con una serie de condicionantes.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 14/2019, de 29 de marzo, de proyectos industriales estratégicos de las Illes Balears.

2. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

3. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

4. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

5. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears, modificado por el Decreto 33/2015.

6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7.  La Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos, de 8 de julio de 2019, de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Otorgar la autorización administrativa de la instalación fotovoltaica Sa Caseta, promovida por Energia Neta Sa Caseta Llucmajor, SL (NIF B57944258), con las siguientes características:

  • Expediente: RE014/13 parque fotovoltaico Sa Caseta.

  • Situación: parcela 11, del polígono 34, del término municipal de Llucmajor, con una ocupación de 243.589 m2.

  • Descripción del proyecto: parque fotovoltaico de 21.829,5 kWp, que consta de 56.700 paneles solares de 385 Wp de potencia unitaria, 105 inversores de 185 kW cada uno, 9 centros de transformación y una subestación privada. Además, también se instalará una subestación colectora común con el parque fotovoltaico Cap Blanc 132/66 kV y una línea de evacuación soterrada por caminos existentes que conectará con la subestación Cala Blava.

  • La instalación se clasifica en el grupo b.1.1 «Instalaciones que únicamente utilizan la radiación solar como energía primaria mediante la tecnología fotovoltaica», de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

2. Aprobar el proyecto de ejecución del parque fotovoltaico Sa Caseta y el proyecto de ejecución de las infraestructuras comunes de los parques fotovoltaicos Sa Caseta y Cap Blanc, firmados por los ingenieros Jaume Sureda Bonnín y Fernando Peral Gutiérrez el febrero de 2020, sin entrar a valorar técnicamente su contenido.

3. Antes del inicio de las obras, el promotor deberá presentar a la Dirección General de Energía y Cambio Climático la siguiente documentación:

  • Justificante de haber liquidado ante el ayuntamiento la tributación municipal correspondiente, tal como se prevé en el artículo 29 del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears.

  • Nombramiento del auditor ambiental y del técnico director de obras.

  • Plan de vigilancia y seguimiento redactado por el auditor ambiental que, además de incluir el contenido mínimo establecido en la Ley de Evaluación Ambiental, deberá prever la emisión de informes de seguimiento durante la fase de construcción, con una periodicidad de 15 días, que certifiquen el cumplimiento de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias del estudio de impacto ambiental y los condicionantes de la declaración de impacto ambiental, y de los otros informes emitidos.

4. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta autorización, el titular debe presentar la solicitud de puesta en servicio, a la que adjuntará un certificado de final de obra suscrito por un técnico facultativo, así como las pruebas reglamentarias y demás documentación que exige la reglamentación vigente.

5. Informar de que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a las licencias municipales, la ordenación del territorio y el medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

6. Notificar esta Resolución a los interesados y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética y Sectores Productivos, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  

Palma, 5 de marzo de 2020

El director general de Energía y Cambio Climático

Por delegación del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos

(BOIB núm. 94, de 11/07/2019)

Aitor Urresti González