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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 2577
Modificación puntual de la relación de puestos de trabajo: creación de un puesto de técnico de administración general

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Texto

(Exp. nº 118/2020)

El pleno del ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de enero de 2020, adoptó el siguiente acuerdo: 

1. “Hechos.

El incremento y la complejidad de la actividad administrativa en áreas como las de contratación administrativa, procedimientos sancionadores, responsabilidad patrimonial, gestión del personal municipal, urbanismo, i subvenciones, entre otros, ligado al aumento de la población, (de 4.707 habitantes el año 2005, a 5.572 habitantes el año 2019), hacen necesaria la creación de un nuevo puesto de trabajo que de apoyo a las funciones de nivel superior.

Las necesidades permanentes de personal no pueden ser objeto de contrato administrativo, sino que se ha de crear la oportuna plaza de funcionario, y debe cubrirse de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Asimismo, en coherencia con el acuerdo de la junta de gobierno local de 24 de septiembre de 2019 (BOIB nº 141, de 17.10.2019), por el que se desistió y se puso fin al procedimiento de la convocatoria para constituir una bolsa de aspirantes a una plaza de graduado social (personal laboral, contrato temporal), procede suprimir el puesto nº 56 de la relación, “Graduado social”.

2.  Fundamentos de derecho.

Artículo 74 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, respecto a las relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos semejantes.

Artículo 4,a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, sobre la potestad de auto-organización de los municipios.

 Artículo 169,1,a) del Real decreto-legislativo 781/1986, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, en relación a la sub-escala técnica de administración general.

3. Acuerdo.

El pleno del ayuntamiento, en ejercicio de la atribución que le confiere el art. 22,1,i de la Ley 7/1985, de 2 de abril, acuerda:

Aprobar en la relación de puestos de trabajo, anexa a la plantilla de personal de 2012, las siguientes modificaciones:

• introducir un puesto de trabajo con las siguientes características :

56.

Denominación:  Técnico de administración general

Escala:  Administración general

Subescala: Técnica

Grupo: A

Subgrupo: A2

Normativa:  Artículo 169,1,a del Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real decreto legislativo 5/2015, texto refundido de la Ley del estatuto del empleado público; Acuerdo sobre las condiciones de trabajo del personal funcionario del ayuntamiento de Alaró

Funciones: Tareas de gestión, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior; en particular: contratación administrativa, responsabilidad patrimonial, procedimientos sancionadores, urbanismo, gestión de personal, y subvenciones.

Retribuciones complementarias:    complemento específico: 580,44 €/mensuales,  nivel de complemento de destino: 22

Titulación requerida: Título universitario de licenciado o de grado en derecho, ciencias políticas, económicas o empresariales, gestión y administración de empresas, intendente mercantil, o actuario.

Sistema de provisión: concurso-oposición libre

Nivel de conocimiento de la lengua catalana: C1

    • suprimir el anterior puesto nº 56, “Graduado social”

Lo que hacemos público para general conocimiento.

Recursos.

 Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.  

b) El recurso de reposición potestativo ante el pleno del ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. De conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 

 

Alaró,  6 de marzo de 2020.

El alcalde

Llorenç Perelló Rosselló