Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 2557
Resolución de la directora gerente del Hospital de Manacor de 3 de marzo de 2020 por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Pediatría del Hospital de Manacor
Hechos
Es necesario cubrir el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Pediatría correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital de Manacor.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto 87/2006, de 6 de octubre, de provisión de jefaturas de carácter asistencial del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2. El Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social.
3. La Resolución de la consejera de Salud de 13 de enero de 2016 de delegación de competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, modificada por la Resolución de 13 de septiembre de 2017, que modificaba la Resolución de 3 de junio de 2016.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Pediatría de la plantilla orgánica autorizada del Hospital de Manacor, que se rige por las bases que se publican en el anexo 1.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Manacor, 3 de marzo de 2020
La directora gerente del Hospital de Manacor
Catalina Vadell Nadal
Por delegación de la consejera de Salud
(BOIB núm. 10, de 21/01/2016, y BOIB núm. 119, de 28/09/2017)
ANEXO 1
Bases de la convocatoria
1. Puesto de trabajo convocado
La denominación del puesto de trabajo es jefe/jefa del Servicio de Pediatría del Hospital de Manacor.
2. Características generales
El régimen jurídico del puesto de trabajo es el establecido por el estatuto marco del personal estatutario del Servicio de Salud —aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre— y por el resto de disposiciones aplicables.
3. Requisitos de las personas aspirantes
3.1. Requisitos generales:
a. Tener la nacionalidad española o la de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o tener el derecho a la libre circulación de trabajadores de conformidad con el Tratado de la Unión Europea o cualquier otro ratificado por España, o tener reconocido tal derecho por alguna norma de rango legal.
b. Tener el título oficial correspondiente que habilite para el ejercicio profesional de la especialidad requerida para el puesto de trabajo.
c.De conformidad con el Decreto 8/2018, de 23 de marzo, por el que se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares, acreditar el nivel B1 de conocimientos de catalán por medio de un certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o cualquiera de los expedidos, reconocidos como equivalentes u homologados por la Dirección General de Política Lingüística que acredite dicho nivel. No obstante, dado que para desempeñar las funciones del puesto de trabajo se requieren una calificación, unos conocimientos y unas habilidades directivas especiales, se admitirán todas las solicitudes de participación, aunque no pueda acreditarse el nivel de conocimientos de catalán exigido, aunque la persona que resulte adjudicataria queda obligada a obtenerlo y acreditarlo en un plazo máximo de dos años a contar a partir de la fecha en que tome posesión del puesto de trabajo.
d.Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento correspondiente.
e. Tener cumplidos dieciséis años y no sobrepasar la edad de jubilación forzosa.
f. No haber sido separada del servicio por medio de un expediente disciplinario en cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitada con carácter firme para ejercer funciones públicas ni, en su caso, para la profesión correspondiente.
g. En el caso de las personas con nacionalidad de otros estados no mencionados en el párrafo a), no estar inhabilitada por alguna sanción o pena para el ejercicio profesional ni para acceder a funciones o servicios públicos en su estado, ni haber sido separada por alguna sanción disciplinaria de alguna de sus administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.
3.2. Requisitos específicos:
a. Pueden participar en esta convocatoria los facultativos con nombramiento como personal estatutario fijo que tengan una plaza en la especialidad en la que participen, y también los facultativos con nombramiento de funcionario de carrera o laboral fijo que presten servicios en hospitales de titularidad pública en la especialidad de que se trate.
b. Es un requisito haber ocupado una plaza de la especialidad de que se trate durante un período no inferior a tres años. A tal efecto se sumarán los períodos en que se haya ocupado una plaza de la especialidad correspondiente en los diferentes servicios y hospitales, pero se contabilizarán como uno solo los períodos de tiempo en los que se haya ocupado simultáneamente más de una plaza.
3.3. Acreditación de los requisitos
Los requisitos deben cumplirse el último día del plazo para presentar solicitudes y deben mantenerse hasta la toma de posesión. La acreditación debe hacerse en el momento de presentar la solicitud.
4. Solicitudes
4.1. Quien desee participar en esta convocatoria debe presentar la solicitud siguiendo el modelo que figura en el anexo 2.
4.2. La solicitud para participar en el proceso selectivo, dirigida al órgano convocante, debe presentarse en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Debe formalizarse en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por alguna de las vías que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
5. Documentación que hay que aportar junto con la solicitud
5.1. Toda persona aspirante debe aportar los documentos siguientes:
a. Fotocopia compulsada del documento de identidad.
b. Fotocopia compulsada del título y del nombramiento, o del contrato, de la especialidad a la que se opta.
c. Fotocopia compulsada del título, diploma o certificado oficial que acredite el nivel B1 de conocimientos de catalán.
d. Un proyecto técnico de gestión de la unidad asistencial.
e. Historial profesional, en el que deben figurar como mínimo los apartados siguientes:
– Formación universitaria.
– Formación especializada.
– Experiencia profesional en los ámbitos asistencial y docente.
– Méritos científicos y de investigación.
– Niveles de conocimiento de catalán acreditables.
– Otras actividades.
5.2. Los méritos deben acreditarse por medio de los documentos originales o de fotocopias compulsadas.
5.3. En cuanto a los trabajos y las publicaciones científicas, se puede aportar una fotocopia simple siempre que se especifique la reseña de la publicación o de la certificación acreditativa del centro o de la institución organizadora si se trata de aportaciones a reuniones científicas que no han sido publicadas.
6. Resolución de la convocatoria
6.1. Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes y cuando el órgano competente haya verificado que las personas aspirantes cumplen los requisitos, el órgano convocante dictará una resolución para designar a la persona seleccionada, que se publicará de igual forma que la resolución de convocatoria. Contra esa resolución se podrán interponer los mismos recursos que se especifican en esta convocatoria.
6.2. De acuerdo con el artículo 25 del Real decreto ley 1/1999, el puesto de trabajo convocado puede ser declarado desierto si se considera que no ha concurrido ninguna persona aspirante que sea idónea para ocuparlo.
6.3. Para resolver esta convocatoria se valorarán los aspectos siguientes:
a. El proyecto técnico de gestión de la unidad asistencial, que debe defenderse públicamente ante el órgano convocante, el cual puede estar acompañado de los asesores que considere oportuno.
b. Los méritos documentales aportados junto con la solicitud.
6.4. Si la persona seleccionada tiene la condición de personal estatutario fijo del Hospital de Manacor, seguirá ocupando la plaza de su categoría.
6.5. Si la persona seleccionada tiene la condición de personal estatutario fijo de la especialidad correspondiente en otro centro del Servicio de Salud de las Islas Baleares, ocupará únicamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación de reserva respecto a su plaza estatutaria fija.
6.6. Si la persona seleccionada tiene la condición de personal estatutario fijo de la especialidad correspondiente en otro servicio de salud u otra administración sanitaria, o de funcionaria de carrera o personal laboral fijo, ocupará únicamente el puesto convocado y quedará respecto a su plaza o puesto de origen en la situación administrativa que sea procedente y en la que sea declarada en la administración de origen.
7. Cese
De conformidad con el artículo único.5 del Decreto 87/2006, la persona seleccionada puede ser destituida discrecionalmente por la autoridad que haya acordado su nombramiento.
ANEXO 2
Modelo de solicitud
Datos personales
Nombre: ................................................. Primer apellido: .............................................
Segundo apellido:................................................. Núm. doc. identidad: ......................
Fecha de nacimiento: ............................ Nacionalidad: ..................................................
Teléfono: ................................................
Domicilio a efectos de recibir notificaciones
Nombre de la vía:..............................................................................................................
Núm.: ......... Piso:........ Puerta: ....... Localidad: ............................................................
Código postal:........................ Municipio:........................................................................
Datos profesionales
Categoría:................................................ Especialidad:...................................................
Centro donde presto servicios:........................................................................................
Provincia:............................................................................................................................
EXPONGO:
Que cumplo todos los requisitos que se exigen para participar en la convocatoria.
SOLICITO:
Que se admita esta solicitud para optar al puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio de Pediatría de la plantilla orgánica autorizada del Hospital de Manacor, para lo cual adjunto los documentos exigidos en las bases.
..................................... , ...... de ........................................ de 20.........
[rúbrica]
DIRECCIÓN GERENCIA DEL HOSPITAL DE MANACOR