Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 2428
Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, de fecha 2.3.2020, relativo a la aprobación de la convocatoria de becas del Consell Insular de Menorca para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2019-2020 (Exp. 1501-2020-000001)
Dado que el Plan Estratégico de Subvenciones del Presupuesto General del Consell Insular de Menorca para el ejercicio 2020 prevé, entre los objetivos generales del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes "apoyar la iniciativa educativa de Menorca", con el objetivo específico de "concesión de becas para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2019-2020";
Dado el importante esfuerzo económico que hacen las familias y los estudiantes menorquines que estudian fuera de nuestra isla;
Dado que el Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes del Consell Insular de Menorca quiere ayudar a reducir esta carga;
Dadas las bases que rigieron la concesión de becas del Consell Insular de Menorca para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2017-2018, aprobadas en el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de día 26 de marzo de 2018 y publicadas en el BOIB núm. 42 de 5 de abril de 2018;
Dado que las becas para el curso 2018-2019 concedidas por acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 1 de octubre de 2019 se consideran justificadas correctamente, ya que la documentación presentada con la solicitud cumplía todos los requisitos de la convocatoria y, por tanto, no debían presentar otra documentación adicional para justificar la subvención;
Conforme a la normativa básica aplicable al Consell Insular de Menorca en materia de subvenciones y en el marco de lo establecido en las bases de ejecución del presupuesto de esta administración;
Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar la convocatoria de becas para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2019-2020, que se rige por las bases aprobadas en el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de día 26 de marzo de 2018 y publicadas en el BOIB núm. 42 de 5 de abril de 2018, con las modificaciones siguientes:
- Donde dice «curso 2016-2017» debe decir «curso 2018-2019», donde dice «curso 2017-2018» debe decir «curso 2019-2020». y donde dice «2018-2019 y 2019-2020» debe decir «2020-2021 y 2021-2022».
- Son miembros computables de la unidad familiar los hermanos mayores de 16 años a 31 de diciembre de 2019.
- En los apartados en los que se hace refencia al salario mínimo interprofesional se aplicará el del año 2019, que es de 12.600 euros.
- La renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2018 y se presentará la siguiente documentación: certificado de la AEAT relativo a la declaración del IRPF del año 2019 referida a los ingresos de 2018 o certificado de imputaciones del IRPF de 2018.
- La renta de los miembros computables que hayan presentado declaración del IRPF se obtendrá con la información de las casillas 435+460-595.
- En la base 9.2 c, las casillas relativas a la declaración del IRPF del año 2019 que deben figurar son las siguientes: 429+60+245+420+424-299-300-303.
Segundo. Condiciones de la convocatoria de becas para la realización de estudios fuera de Menorca para el curso 2019-2020:
a) Importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario: las ayudas concedidas se atenderán con cargo a las partidas presupuestarias y con los importes máximos que se indican más abajo:
Presupuesto |
Partida |
Cuantia máxima |
2020 |
4.32600.4810004 |
310.000 € |
El importe máximo que se destina a la convocatoria únicamente podrá ampliarse, sin necesidad de nueva publicación en el supuesto de aportaciones expresas de terceros para contribuir a la financiación del objeto de la convocatoria y que se hayan concretado posteriormente a su aprobación.
b) El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas es desde el 1 al 30 de abril de 2020.
c) El órgano competente para la instrucción del expediente es la técnica de educación, Joana Quintana Seguí.
d) Se crea la Comisión Evaluadora de estas ayudas, que examinará las solicitudes presentadas y emitirá el informe que debe servir de base para la propuesta de resolución, la cual estará formada por los siguientes miembros:
- Presidente: consejero ejecutivo responsable en materia de educación, Miquel Àngel Maria Ballester
- Vocales: el director insular de Educación, Juventud y Deportes, Josep Juaneda Mercadal; la técnica de educación, Joana Quintana Seguí, y el administrativo del Departamento, Jordi Torrent Torroja, que actuará de secretario.
Tercero. Comunicar estos acuerdos a la Base de Datos Nacional de Subvenciones previamente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Interposición de recursos
Contra este acuerdo; que no agota la via administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a partir del dÍa siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de los consejos insulares.
El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Mahón, 4 de marzo de 2020
La secretària Rosa Salord Oleo