Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 2391
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Subsanar decreto núm. 2.773 del concejal del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública lista definitiva personas admitidas y excluidas convocatoria policía local procedimiento extraordinario del Ayuntamiento de Palma
El concejal del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública, resolvió lo siguiente:
Primero.- Por decreto núm. 3.604 de 2 de marzo de 2020 subsanar el error observado en el decreto número 2.773 de 19 de febrero de 2.020 del concejal del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública en el sentido de que el Sr. Antonio Ramonell Ojeda sólo tiene que salir en la relación de personas admitidas y no en la de excluidas. Resultando estar Sr. Ramonell exento de realizar las pruebas físicas.
Segundo.- Por decreto núm. 3.763 de 4 de marzo de 2020 subsanar el error observado en el decreto número 2.773 de 19 de febrero de 2.020 del concejal del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública se admitió con carácter definitivo al Sr. Gaspar Janer Ballester, resultando que tenía que realizar la prueba física, una vez comprobada la documentación presentada por el Sr. Janer resulta que no tiene que realizar dicha prueba, por lo tanto debe quedar EXENTO de realizarla.
Tercero.- Publicar el presente decreto en el Boletín oficial de las Islas Baleares y en la página web de este Ayuntamiento www.palma.cat .
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 4 de marzo de 2020
El jefe de Departamento de Personal
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26.02.2014 (BOIB núm. 30, de 04.03.2014)
Antoni Pol Coll