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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 2201
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta del director general de Cooperación Local y Patrimonio, por la cual se autoriza la resolución del contrato de arrendamiento de los inmuebles situados en la calle Obispo Abad y Lasierra, 46-48, Eivissa (Exp. DGTPFP 82/2020 PATRIM)

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Texto

En fecha 18 de febrero de 2020, el director general de Cooperación Local y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. El 15 de marzo de 2018 se firmó un contrato de arrendamiento directo de dos locales situados a la calle Obispo Abad y Lasierra, 46 y 48, en Eivissa, entre la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Sra. María del Carmen Castelló Viña, propietaria de los locales, por un plazo de 7 años, desde el día 15 de mayo de 2018 hasta el 14 de mayo de 2025.

2. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la CAIB es el 100000015521.

3. El 5 de febrero  de 2020, tuvo entrada a la Dirección de Cooperación Local y Patrimonio, el oficio del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, en el cual comunica la voluntad de resolver el contrato de arrendamiento de los citados locales porque el coste de las obras de acondicionamiento de los locales es superior al presupuesto previsto y no se podrá amortizar la inversión en el tiempo de duración del contrato.

4. Comunicación previa con un mes de antelación al propietario de la intención de resolución del arrendamiento, de 17 de diciembre de 2019.

Fundamentos de derecho

1. Contrato principal, de 15 de mayo de 2018.2. El Título III de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos, y el Código civil.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

4. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).

5. El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el cual se nombran los altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 107, de 3 de agosto).

Propuesta de Resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Resolver el contrato de arrendamiento de los locales situados en la calle Obispo Abad y Lasierra, 46 y 48, Eivissa, con efectos del 1 de febrero de 2020.

2. Notificar la resolución a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.

3. Anotar la baja en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. Publicar la resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

 

Palma, 18 de febrero de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores

Rosario Sánchez Grau

El director general proponente

Francesc Miralles Mascaró