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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 2172
Extracto de la resolución del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes de 18 de febrero de 2020 para el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para dar apoyo a los servicios municipales de información turística, para el año 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 446692

De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

Primero. Beneficiarios

- Ayuntamientos de Mallorca de población inferior a 60.000 habitantes.

- Mancomunidades de Mallorca.

Segundo. Objeto

Esta convocatoria tiene por objeto dar apoyo a los servicios municipales de información turística de las entidades locales y mancomunidades de Mallorca

La finalidad de la convocatoria es fomentar la edición de contenidos y material de información turística gratuita, que promuevan el conocimiento de los lugares y monumentos locales e insulares.

Tercero. Bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017).

Cuarto. Cuantía

El presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca para el año 2020 ha destinado la cantidad de 150.000,00 € (ciento cincuenta mil euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes, y toda la documentación anexa a la solicitud, es de quince (15) días hábiles, contadores a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, mediante la presentación en el Registro General del Consejo Insular de Mallorca, y también en los lugares<A[lugares|sitios]> establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexto. Otros datos

Los proyectos y las actividades subvencionadas tendrán que ser desarrolladas durante el periodo comprara entre el 2 de enero de 2020 y 30 de junio de 2020 (ambos incluidos).

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se tiene que acompañar se encuentra disponible, igualmente, en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/ca/fitxa?key=12262).

Palma, 19 de febrero de 2020

El secretario técnico de Turismo y Deportes (Por delegación del consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Turismo y Deportes Resolución de 30 de julio de 2019, BOIB nº. 109, de 8 de agosto) ​​​​​​​Joan Gaspar Vallori Guayta