Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 2171
Extracto de la resolución del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes de 19 de febrero de 2020 por el cual se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de mejoras en accesibilidad e inversiones en las oficinas de información turística, para el año 2020
BDNS (Identif.): 496845
De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios
- Ayuntamientos de Mallorca de población inferior a 60.000 habitantes.
- Mancomunidades de Mallorca.
Segundo. Objeto
Esta convocatoria tiene por objeto dar apoyo a los servicios municipales de información turística de las entidades locales y mancomunidades de Mallorca
La finalidad de la convocatoria es fomentar la ejecución de soluciones y actuaciones constructivas, instalaciones técnicas o mecánicas dirigidas a fomentar la accesibilidad i la eliminación de barreras arquitectónicas existentes en las oficinas municipales de turismo, para adecuarse a la normativa vigente en materia de accesibilidad.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017).
Cuarto. Cuantía
El presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca para el año 2020 ha destinado la cantidad de 150.000,00 € (ciento cincuenta mil euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes, y toda la documentación anexa a la solicitud, es de quince (15) días hábiles, contadores a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, mediante la presentación en el Registro General del Consejo Insular de Mallorca, y también en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Sexto. Otros datos
Los proyectos y las actividades subvencionadas tendrán que ser desarrolladas durante el periodo comprendido entre el 2 de enero de 2020 y 30 de junio de 2020 (ambos incluidos).
El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se tiene que acompañar se encuentra disponible, en la sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca (https://seu.conselldemallorca.net/ca/fitxa?key=12262).
Palma, 24 de febrero de 2020
El secretario técnico de Turismo y Deportes
(Por delegación del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes
Resolución de 30 de julio de 2019, BOIB nº. 109, de 8 de agosto)
Joan Gaspar Vallori Guayta