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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 2155
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 24 de febrero de 2020 por la cual se modifica la Resolución del director general del Servicio de Salud de 1 de agosto de 2018 a través de la que se convoca un concurso de traslados voluntarios para proveer plazas básicas de diversas categorías de personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

1. El 4 de agosto de 2018 se publicó en el BOIB núm. 96 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 1 de agosto de 2018 por la que se convoca un concurso de traslados voluntarios para proveer plazas básicas de diversas categorías de personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares. Esta resolución fue modificada por dos resoluciones del director general del Servicio de Salud: de 9 de agosto de 2018 (BOIB núm. 101, de 16 de agosto) y de 5 de septiembre de 2018 (BOIB núm. 114, de 15 de setiembre).

2. A través de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Balears de 16 de noviembre de 2018 (BOIB núm. 150/2018, de 29 de noviembre) se declaró la suspensión parcial de la convocatoria del concurso de traslados voluntarios. En concreto, esta suspensión se limitó a la categoría profesional de enfermero/enfermera de urgencias de atención primaria, después de haberse detectado una contradicción normativa que afectaba a este colectivo. El objetivo fue dar una solución jurídica a esta problemática.

3. El 19 de enero de 2019 se publicó en el BOIB núm. 9 el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero del mismo año por el que se modificó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 20 de marzo de 2006, sobre el procedimiento de reingresos provisionales de excedencia del personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares. Esta modificación posibilitó solucionar el problema jurídico que afectaba a los/las profesionales de enfermería de urgencias de atención primaria.

4. El 1 de febrero de 2020 se publicó en el BOIB núm. 14 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 27 de enero de 2020  por la cual se levantó la suspensión parcial de la convocatoria del concurso de

traslados voluntarios para proveer plazas básicas vacantes de la categoría profesional de enfermero/enfermera de urgencias de atención primaria.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 37 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, que regula la movilidad voluntaria de los trabajadores estatutarios.

2. Los artículos 16, 17, 18 y 19 del Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social, que establece el procedimiento de los concursos de traslados.

3. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, señala que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento —de oficio o a instancia de las personas interesadas— los errores materiales, de hecho o aritméticos de sus actos.

4. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos o de hecho de los actos o las disposiciones administrativas corresponden al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

5. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2019 (BOIB 9/2019, de 19 de enero), por el cual se modificó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 20 de marzo de 2006, sobre el procedimiento de reingresos provisionales de excedencia del personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Por todo ello dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Modificar el punto 2.2.d) de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 1 de agosto de 2018 por la que se convoca un

concurso de traslados voluntarios para proveer plazas básicas de diversas categorías de personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 96/2018, de 4 de agosto). Los cambios figuran en el Anexo 1 de la presente resolución.

2. Modificar el Anexo 3 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 5 de septiembre de 2018 (BOIB núm. 114/2018, de 15 de septiembre), de corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud del 1 de agosto de 2018. Los cambios están en el Anexo 1 de la presente resolución.

3. Abrir un período de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución para presentar solicitudes con la finalidad de que las personas incluidas en la categoría profesional de enfermeros/enfermeras de urgencia de atención primaria puedan optar a las plazas afectadas por estas modificaciones.

4. Hacer público el modelo de solicitud y el documento de solicitud de plazas, que se adjuntan como Anexo 2 a esta resolución.

5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso contencioso administrativo ante los juzgados Contenciosos Administrativos en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. También puede interponerse cualquiera otro recurso que se considere procedente.

Sin embargo, las personas interesadas pueden optar por interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 24 de febrero de 2020

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares

Julio Miguel Fuster Culebras

Por delegación de la Consejera de Salud y Consumo (BOIB núm. 10/2016)

 

ANEXO 1 1. En el punto 2.2.d) de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 1 de agosto de 2018 por la que se convoca un concurso de traslados voluntarios para proveer plazas básicas vacantes de diversas categorías del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Donde dice:

d) En la situación de reingreso en el servicio activo con carácter provisional: el personal estatutario que esté en la situación de reingreso con carácter provisional en alguna plaza dependiente de este Servicio de Salud está obligado a participar en este concurso y debe solicitar al menos todas las plazas de la misma categoría en la misma área de salud —en su modalidad correspondiente de atención primaria o atención especializada— donde le fue concedido el reingreso provisional.

Ha de decir

d) En la situación de reingreso en el servicio activo con carácter provisional: el personal estatutario que esté en la situación de reingreso con carácter provisional en alguna plaza dependiente de este Servicio de Salud está obligado a participar en este concurso y debe solicitar al menos todas las plazas de la misma categoría en la misma área de salud —en su modalidad correspondiente de atención primaria o de atención especializada— donde le fue concedido el reingreso provisional exceptuando las categorías de enfermero/enfermera de urgencias de atención primaria, que se rigen por lo que se establece en el siguiente párrafo.

En la situación de reingreso en el servicio activo con carácter provisional de las categorías de enfermero/enfermera de urgencias de atención primaria: el personal estatutario que se encuentre en esta situación está obligado a participar en este concurso y debe solicitar al menos todas las plazas de la misma categoría que existan en la gerencia donde haya reingresado, sin perjuicio de poder solicitar otras plazas si cumplen los requisitos correspondientes.

2. En la modificación del Anexo 3 de la resolución del 1 de agosto de 2018, regulada por la Resolución del director general del Servicio de Salud de 5 de septiembre de 2018 (BOIB núm.114/2018, de 15 de septiembre)

Donde dice:

ENFERMERO/ENFERMERA URGENCIAS ATENCIÓN PRIMÀRIA Código (073)

Gerencia

Plazas

Código

061 -  Mallorca

6

07331

061 - Menorca

1

07332

Debe decir

ENFERMER/ENFERMERA URGENCIAS ATENCIÓN PRIMARIA Código (073)

Gerencia

Plazas

Código

061

7

07330