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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 2008
Aprobación de la modificación de la Cláusula segunda letra B) apartado tercero del Convenio de colaboración entre la Entidad Pública Empresarial ABAQUA y el Ayuntamiento de Andratx, para la mejora del sistema de saneamiento y depuración de Andratx

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Andratx reunido en sesión ordinaria celebrada día 30 de enero de 2020, entre otros, adopto un acuerdo, que en su parte dispositiva dice :

Expediente 4334/2018. Aprobación de Convenio

“….

1. Aprobar la modificación de la Cláusula segunda letra B) apartado tercero del Convenio de colaboración entre la Entidad Pública Empresarial ABAQUA y el Ayuntamiento de Andratx, para la mejora del sistema de saneamiento y depuración de Andratx, quedando redactada en los siguientes terminos:

“ ASUMIR EL COSTE DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN COMO CONSECUENCIA DE LAS LICENCIAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES QUE SE TRAMITEN ANTE EL AYUNTAMIENTO DE ANDRATX RELACIONADAS CON LAS ACTUACIONES QUE BENEFICIEN AL SISTEMA DE SANEAMIENTO DEL MENCIONADO MUNICIPIO”

2. Notificar a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el articulo 40 de la Ley 39/2015, de uno de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, y habrá de contener el texto integro de la resolución, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, se es necesario, en vía administrativa y judicial, el órgano ante el cual tuviesen que presentarse y el plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados pueden ejercitar, se procede, cualquier otro que consideren procedente.

Si procede, el texto integro del Convenio podrá ser publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, dependiendo con la Administración que se este firmando el convenio, dentro del mes siguiente a su aprobación, cuando afecte intereses generales que hagan necesaria su información pública, no obstante, no seria necesaria su publicación, si el contenido del referido convenio afectara únicamente a cuestiones reguladas por el derecho privado.”

3. Condicionar la ejecución del presente Convenio a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida correspondiente del presupuesto que este en vigor en el momento en que se determine la cuantiá exacta a aportar por el ayuntamiento y se acuerde su autorización y disposición.

Sometido el asunto a votación y por UNANIMIDAD el Pleno de la Corporación Municipal ACUERDA APROVAR la proposición.

Al mismo tiempo se comunica a toda persona interesada, que el expediente esta a su disposición en el departamento de MEDIO AMBIENTE del Ayuntamiento de Andratx a efecto de consulta.

 

Andratx, 21 de febrero de 2020

La Alcaldesa Katia Rouarch