Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 1889
Resolución del director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de 18 de febrero de 2020 por la que se establece el calendario del proceso de admisión y matriculación a las enseñanzas de personas adultas en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el curso 2020-2021
La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 14 de abril de 2009 por la cual se regula el proceso de admisión y de matriculación de los alumnos a las enseñanzas de régimen especial y a las enseñanzas de personas adultas en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 57 EXT, de 20 de abril de 2009) establece, en el artículo 1.2, que los calendarios de las enseñanzas de adultos se deben publicar en una resolución anual de la dirección general con competencias en enseñanzas de personas adultas.
Por todo ello, y al amparo del artículo 16 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto la siguiente
Resolución
Aprobar el calendario del proceso de admisión y de matriculación de los alumnos a las enseñanzas de personas adultas en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el curso 2020-2021. Este calendario se incluye en el anexo de esta Resolución.
Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Establecer que esta Resolución entre en vigor el día siguiente de la publicación en el BOIB.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 18 de febrero de 2020
El director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores Antonio Baos Relucio
ANEXO Calendario del proceso de admisión y de matriculación en los centros de educación de personas adultas para el curso 2020-2021
Septiembre |
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Del 3 al 11 |
Matrícula del alumnado que el curso anterior era alumno de un centro de educación de personas adultas |
Del 14 al 25 |
Matrícula de las personas de nueva incorporación en un centro de educación de personas adultas |
Febrero |
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Del 8 al 12 |
Matrícula a las enseñanzas de educación secundaria para personas adultas que conducen a la obtención del graduado en educación secundaria obligatoria del segundo cuatrimestre |
De conformidad con el apartado 2.8 de las Instrucciones sobre la admisión de los alumnos en los centros de educación de personas adultas (CEPA) de las Illes Balears, cuando las plazas de algún grupo no queden cubiertas o se haya producido alguna baja, se puede aceptar la matrícula de nuevos alumnos.