Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 1834
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares sobre la red de BT para alimentar emplazamiento remoto para TDT, Puig de Can Roca, TM Sant Joan de Labritja (4575/2011)
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de 19 de diciembre de 2019,
DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
1.Antecedentes
En fecha 02/03/2012 el proyecto se informó de acuerdo con el artículo 22 de la ley 11/2006 y se solicitó informe en la fase de consultas previas a las administraciones previsiblemente afectadas.
El proyecto y el estudio de impacto ambiental han sido sometidos al trámite de información pública de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas, modificado por los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 6/2009, de 17 de noviembre, de medidas ambientales para impulsar las inversiones y la actividad económica en las Islas Baleares
El artículo 10 de esta misma ley establece que los proyectos recogidos en el anexo I serán objeto de evaluación de impacto ambiental
En fecha 30/06/2015 el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares acuerda no emitir informe hasta que no se solvente una serie de cuestiones en la documentación presentada y se informe que se tiene que volver a someter a exposición pública el proyecto y el EsIA.
El proyecto y el estudio de impacto ambiental han sido sometidos al trámite de información pública de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas, modificado por los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 6/2009, de 17 de noviembre, de medidas ambientales para impulsar las inversiones y la actividad económica en las Islas Baleares.
En fecha 28 de marzo de 2019 tiene entrada documentación por parte del órgano sustantivo.
2. Información descripción del proyecto
El objeto del proyecto es la definición de la infraestructura necesaria para la instalación de un emplazamiento remoto para la transmisión de TDT y la dotación de suministro eléctrico para alimentarlo. Este centro remoto permitirá la comunicación entre dos centros actualmente existentes en Sant Joan de Labritja y el de Cala San Vicente, lo que actualmente no es posible por falta de visibilidad.
La instalación consiste en la extensión de una red subterránea de baja tensión de 400V de 90m desde el centro de transformación existente (CT) núm. 31645 "Venda des Murtar" hasta la estación de TDT, denominada 19-EIV-ESMURTAR.
La línea proyectada transcurre totalmente por la parcela 116 polígono 7 del TM de Sant Joan de Labritja.
La línea transcurre campo a través, mediante zanja con tubos de polietileno de 160mm, uno de los tubos de reserva, la zanja tendrá una anchura de 40cm y una profundidad de 103cm.
La zona afectada es de dimensiones 10 * 10m que será hormigonada.
La caseta que albergará los equipos se realizará sobre solera de hormigón de base 5,6 * 3,4m.
La caseta será un contenedor prefabricado de hormigón de dimensiones interiores de 4,18 * 2,19 * 2,3 (ancha, largo, alto).
El cierre será de 10 * 10m hormigonado y con pared de piedra con reja metálica.
Para el apoyo de las antenas se instalará una torre de celosía de 20m de altura, para la transmisión de TDT se instalarán dos paneles de 4 dipolos tipo MOYANO.
3. Elementos ambientales significativos en el entorno del proyecto
El proyecto se desarrolla en suelo clasificado como Área de alto nivel de protección (AANP), afectado por APR de incendios, APR de erosión y zona con vulnerabilidad de acuíferos moderada. Dentro espacio natural protegido RN 2000 LIC ES5310112 "Norte de Sant Joan"
No se observan torrentes cercanos.
Los hábitats presentes o potencialmente presentes en la zona son Cneoro tricocci-Pistacietum lentisco y Teucrio piifonti-Corydothymetum capitata.
Cabe recordar que la zona sufrió un grave incendio en 2011 que arrasó con toda la vegetación de la zona. Actualmente la zona se encuentra en proceso de regeneración post incendio.
Respecto a la fauna hay que destacar la presencia entre otros de aves incluidas en el anexo I de la Directiva 79/409 / CE como pueden ser falco peregrino, Sylvia balearica (Buscaret coallarga), Galerida theklae (cucullada), todas ellas incluidas en el listado de especies silvestres en régimen de protección especial o en peligro
Con los datos del Bioatlas se observa la presencia segura en la zona del proyecto de dragones y la lagartija, especies vulnerables.
4. Resumen del proceso de evaluación
4.1. Actuaciones previas
De acuerdo con el artículo 22 de la Ley 11/2006 se redacta el informe de la fase previa de consultas de fecha 2/03/2012 y se realizan las consultas a las administraciones afectadas y se reciben los informes siguientes:
- Servicio de Planificación de la DG de Biodiversidad
- Servicio de Estudios y Planificación de la DG de Recursos Hídricos
- Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo
4.2. Tramitación
El expediente se tramita de acuerdo con la Ley 21/2013 de evaluaciones ambientales dado que la documentación para dar por comenzado el expediente tuvo entrada el 09/03/2015 a la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares.
Se envía acuse de exposición pública en el BOIB núm. 150 de 1/11/2014 y los informes del Ayuntamiento de Sant Joan y del Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo, el Servicio de Aguas Superficiales y de Servicio de Estudios y Planificación de la DG de Recursos Hídricos.
En fecha 30 de junio de 2015 el Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares acuerda no emitir informe hasta que no se subsanen una serie de deficiencias.
En fecha 7/01/2016 se comunica al órgano sustantivo la necesidad de realización de una nueva exposición pública, dado que se había modificado el proyecto y el EsIA
4.3. Fase de información pública y consultas
En fecha 28/03/2019 tiene entrada en la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares la siguiente documentación:
- Proyecto Visado en fecha 19/04/2010
- Estudio de Impacto Ambiental de octubre de 2015
- Copia de las consultas a las administraciones públicas
- Copia de la información pública BOIB núm. 22 de 16 de febrero de 2016.
Transcurrido el plazo se han recibido las siguientes respuestas:
1) Acuerdo del Subcomité de RN2000 de 23/03/2016 de exclusión de afectación dado que no se prevé que pueda afectar de forma apreciable a las especies y hábitats del LIC Norte de Sant Joan.
2) Informe favorable del Servicio de Estudios y Planificación sin condicionantes.
3) El ayuntamiento informa que no se considera necesario la realización de nuevos requerimientos de tipo ambiental.
Alegaciones
Certificado del Secretario de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio de que durante la exposición pública publicada (BOIB 22 de 16/02/2016) no se han recibido alegaciones.
No se han realizados consultas transfronterizas al no considerarse necesario.
5. Análisis técnico del expediente
5.1. Alternativas
En el EsIA se presentan 6 alternativas de emplazamiento, que se evalúan de acuerdo con seis criterios: visibilidad radioeléctrica, inclusión RN2000, fácil de acceso, proximidad a viviendas, proximidad a transformadores y coste de ocupación de terrenos. Una vez valorados estos criterios se obtiene por la alternativa núm. 2 por menor visiblitat y a menor altura, cumpliendo con los otros criterios.
Se presentan 3 alternativas de trazado de la red de BT
- Alternativa 0: de no realización del proyecto. Dejando sin cobertura algunas poblaciones o la instalación de un grupo electrógeno con el correspondiente emisión de ruido y gases.
- Alternativa 1: realizarla campo a través con una longitud de 80m.
- Alternativa 2: realizar la zanja por camino existente con una longitud de 223,59m.
Se justifica la elección de la alternativa 1 campo a través dado que tiene una menor longitud, es el más corto entre los dos puntos y menor coste económico.
5.2. Principales impactos de la alternativa elegida y su corrección
Las alternativas escogidas tanto de ubicación como de trazado de la línea tienen los siguientes impactos se han evaluado tanto en la fase de funcionamiento como de construcción.
a) Suelo y subsuelo
Los impactos sobre el suelo se consideran moderados dado que se producirá movimiento de tierras, apertura de zanjas y posibles derrames sobre el terreno.
b) Emisiones
Las emisiones que se producirán en la fase de ejecución son principalmente las emisiones de polvo y partículas por el movimiento de tierras y el desbroce de vegetación, emisión de contaminantes atmosféricos por tráfico de maquinaria y vehículos, se indica que el impacto será compatible sobre la calidad del aire.
Durante la ejecución de las obras se producirá un incremento del nivel sonoro que se considera temporal y reversible una vez acaben las obras.
c) Hidrología
Durante las fases de ejecución y funcionamiento no se observan impactos sobre la hidrología superficial, dado que no se observa ningún curso de torrentes cercanos.
Respecto a la hidrología subterránea hay que indicar que los principales impactos se podrán producir por contaminación de aceites, hidrocarburos, sustancias químicas si no se toman las medidas protectoras adecuadas.
d) Biodiversidad (flora y fauna)
Se produce una afección sobre la vegetación existente arbustiva y herbácea los 100m² de la explanada y en unos 72m² de la rasa para desbroce y ocupación del territorio.
Los principales impactos sobre la fauna se producirán durante la fase de construcción, a destacar la posible afección sobre las aves provocadas por los ruidos, emisiones de partículas, el tráfico de personas y maquinaria, el movimiento de tierras, la pérdida de hábitat, .. .
Durante la fase de funcionamiento del impacto se considera compatible, cabe destacar el posible impacto por colisiones de aves del que no se hace referencia.
Las actuaciones no se llevarán a cabo durante los meses de marzo a junio.
e) Áreas protegidas
Tal como se ha comentado anteriormente la actuación se desarrolla en el LIC ES 5310112, se ve afectada una zona de 100m² para la nueva ubicación del TDT y 71,52m² de desbroce para la apertura de la zanja.
De acuerdo con las fotografías aéreas el centro de TDT se ubica en una zona plana con escasa vegetación natural.
Se toman medidas para la protección de especies de flora y fauna que se han descrito en los apartados anteriores.
Hay que indicar que la zona auxiliar para el acopio de materiales se ubica en una zona sin vegetación.
f) Residuos
La generación de residuos se producirá principalmente durante la fase de construcción y serán principalmente residuos de construcción-demolición, chatarra, pinturas, ... Se indica que serán gestionados correctamente y se realizará una separación en origen.
Se reutilizará el total de las cantidades estimadas de tierra en el relleno de la zanja.
g) Paisaje
Se presenta un estudio de incidencia paisajística en el que se realiza un estudio de la cuenca visual y la vista desde el interior.
El terreno se ubica a 348m las zonas visibles suman un total de 1.674,9ha de las cuales el 80% se encuentra al oeste y al este, sin tener en cuenta las pantallas visuales naturales (árboles) o antrópicas (edificaciones).
Desde el núcleo de Sant Joan esta estructura será visible.
Se presentan una serie de medidas correctoras para disminuir el impacto como es:
- la adecuación de la caseta a los modelos de construcción de la zona
- la malla perimetral de color verde (RAL 6005)
- pintar la torre
h) Población
Se considera un impacto positivo dado que se trata de una mejora de las telecomunicaciones.
e) Áreas con riesgo
El proyecto se desarrolla en área de alto riesgo de incendio forestal por lo que se considera un impacto significativo las actuaciones que se pretenden desarrollar.
Como medida se propone una franja sin vegetación de 5m a cada lado del camino de acceso y de alrededor del cierre.
El proyecto se desarrolla en APR de erosión y no se hace ninguna referencia ni se establecen medidas en todo el documento.
5.3. Seguimiento ambiental
Se indica que se dispondrá de un responsable Ambiental de la Obra (DAO) que se encargará de la correcta ejecución de las medidas propuestas, la ejecución del Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) para hacer cumplir las medidas propuestas.
Dentro del PVA se establece un programa con las medidas a controlar para cada vector ambiental.
No se presenta el coste que supone la implantación de las medidas protectoras y correctoras, ni la ejecución del Plan de vigilancia ambiental y ni el seguimiento ambiental propuesto.
5.4. Otras consideraciones
Tal como se ha indicado anteriormente la vegetación de la zona es la natural después de un incendio, el hecho de actuar sobre ella para la construcción de la zanja supondría la destrucción de ésta y el retroceso en la progresión post-incendio de la misma, además de un aumento del riesgo de erosión. Cosa que no sucede si la raza se realiza por caminos existentes.
No se hace referencia en la fase de desmantelamiento.
6. Conclusiones
Por todo lo expuesto se propone, formular la declaración de impacto ambiental favorable sobre el proyecto "red de baja tensión e instalación de un emplazamiento remoto para telecomunicaciones" en el Puig de Can Roca en el término municipal de Sant Joan de Labritja promovido por el IBETEC, al concluirse que previsiblemente no se producirán impactos adversos significativos siempre que se cumplan las medidas incluidas en el EIA y, los siguientes condicionantes:
1.La zanja se deberá realizar por los caminos existentes y no campo a través, como se propone, para disminuir el riesgo de erosión y la afección a la vegetación.
2.Se tendrán que establecer medidas para la protección de las aves frente a la colisión.
3.En la fase de desmantelamiento esta deberá llevarse a cabo con todas las medidas de protección indicadas, y se deberá volver el medio a su estado original.
4.No se podrán realizar tareas de mantenimiento ni reparación de maquinaria, sin que se tomen las medidas adecuadas de protección del suelo.
5.Se tendrán que tener en cuenta todas las medidas de protección de incendios indicadas en el Decreto 125/2007 del uso del fuego.
6. Las obras se ejecutarán, preferentemente, del 16 de octubre al 31 de marzo, fuera de la época de riesgo de incendios y de nidificación de aves.
7.Se mantendrá un área de baja carga de combustible alrededor de los armarios o cajas de distribución que se localicen en terreno forestal.
Esta DÍA se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas, de gestión o territoriales de las administraciones competentes y de las autorizaciones o informes necesarios para la obtención de la autorización.
Palma, 13 de enero de 2020
El presidente de la CMAIB
Antoni Alorda Vilarrubias