Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1708
Procedimiento ordinario 892/2019
Dª Mª BEGOÑA CORRAL ALONSO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 005 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000892 /2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ALESSANDRO SPASARI contra GRAF RESTAURANTE BEACH RESORT, S.L. y a D. MAIELLANO PIERPADO, en calidad de ADMINISTRADOR UNICO, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:
Se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar GRAF RESTAURANTE BEACH RESORT, S.L. y a D. MAIELLANO PIERPADO, en calidad de ADMINISTRADOR UNICO, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 30/03/2020 a las 11:30 horas, en C/TRAVESSA DEN BALLESTER, en la sala 4, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRAF RESTAURANTE BEACH RESORT, S.L y a D. MAIELLANO PIERPADO, en calidad de ADMINISTRADOR UNICO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y su colocación en el tablón de anuncios
Palma, 6 de febrero de 2020
La letrada de la Administración de Justicia