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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 1691
Despido/Ceses en general 995/2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª PAULA MATEO ERROZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000995/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. ANTONIO MANUEL SANCHEZ JIMENEZ contra la empresa JOAQUIN SERRANO FAJARDO, OBRES I REFORMES NORAT SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Antonio Manuel Sánchez Jiménez contra D. Joaquín Serrano Fajardo, debo DECLARAR y DECLARO la improcedencia del despido de fecha 29/06/2018, CONDENANDO a la empresa demandada a que, a su opción, en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bien readmita al trabajador con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la Sentencia, bien dé por extinguido el contrato mediante el pago de una indemnización de 1196´36 euros, CONDENANDO asimismo a la empresa demandada a abonar al trabajador la cantidad de 4104´83 euros con los intereses por mora correspondientes. 

En caso de que por el empresario no se opte, en el plazo indicado, por la readmisión o la indemnización, se entenderá que procede la primera (artículo 56.3 TR del ET). 

Y para que sirva de notificación en legal forma a JOAQUIN SERRANO FAJARDO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

Palma, 10 de febrero de 2020 

La letrada de la Administración de Justicia