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AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT
Núm. 1685
Alegaciones presentadas la modificación de la Ordenanza Reguladora del IBI para incluir bonificaciones a viviendas con instalación de placas fotovoltaicas, así como incluir modificaciones en el artículo 5 del texto aprobado inicialmente en fecha 2 de abril de 2019
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2020, acordó aceptar las alegaciones presentadas por don Carlos Gil Mir a la modificación de la Ordenanza Reguladora del IBI para incluir bonificaciones a viviendas con instalación de placas fotovoltaicas, así como incluir modificaciones en el artículo 5 del texto aprobado inicialmente en fecha 2 de abril de 2019
Considerando que estas modificaciones constituyen una nueva redacción, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde la día siguiente a la inserción de este anuncian el BOIB, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante este plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.ajpuigpunyent.net Si transcurrido este plazo no se hubieran presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente este Acuerdo.
Puigpunyent, 10 de febrero de 2020
El Alcalde
Antoni Marí Enseñat