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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 1673
Decreto de modificación de la bolsa de trabajo de Economista

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Texto

Decreto de Alcaldía

1. En fecha 03/02/2020 la Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales e Infraestructuras aprobó las bases para la confección de una bolsa de trabajo, por el sistema de concurso, de Economista (BOIB núm. 16 de fecha 06/02/2020).

2. Detectado error material en la base 5.1, se ha de corregir.

Valoración Jurídica

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Es por ello que esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 21.1. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dispone la siguiente:

Resolución

1. Modificar la base 5.1 de la resolución de fecha 03/02/2020, por la cual la Tenencia de Alcaldía de Servicios Generales e Infraestructuras aprobó las bases para la confección de una bolsa de trabajo, por el sistema de concurso, de Economista, en el siguiente sentido:

Donde dice:

5.1. EJERCICIO ÚNICO

De acuerdo con lo establecido en el punto 2.2 del Anexo II del Reglamento del procedimiento de selección del personal funcionario interino al servicio del Ayuntamiento de Calvià, con carácter previo a la valoración de méritos, se procederá a la realización de una prueba práctica, durante un tiempo máximo de tres horas, que planteará la Comisión Técnica de Valoración justo antes del comienzo del ejercicio, el cual consistirá en redactar un estudio sobre la viabilidad económica financiera de una concesión de un servicio municipal

La calificación de este ejercicio es de “apto/a” o “no apto/a”.

Debe decir:

De acuerdo con lo establecido en el punto 2.2 del Anexo II del Reglamento del procedimiento de selección del personal funcionario interino al servicio del Ayuntamiento de Calvià, con carácter previo a la valoración de méritos, se procederá a la realización de una prueba práctica, durante un tiempo máximo de tres horas, que planteará la Comisión Técnica de Valoración justo antes del comienzo del ejercicio, el cual versará sobre temas relacionados con la gestión económica y presupuestaria de una administración local.

La calificación de este ejercicio es de “apto/a” o “no apto/a” y se puntuará de 1 a 10. Para obtener la calificación de “apta” la persona aspirante ha de obtener al menos un 5.

2. Publicar esta resolución en el BOIB y en la página web de la Corporación (www.calvia.com).

Calvià, 14 de febrero de 2020

El Teniente de Alcalde delegado de Servicios Generales e Infraestructuras,

(Delegación por resolución de Alcaldía de fecha 17/06/2019)

Juan Recasens Oliver