Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 1665
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2020 por la que se enmienda el error observado en la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 3 de septiembre de 2019, por la cual se actualizan los precios de los servicios concertados, derivada de los incrementos salariales en los convenios colectivos por los cuales se calculan los precios de estos servicios
Hechos
1. En fecha 5 de septiembre de 2019, se publicó al BOIB núm. 122, la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 3 de septiembre, por la cual se actualizan los precios de los servicios concertados, derivada de los incrementos salariales en los convenios colectivos por los cuales se calculan los precios de estos servicios.
2. Después de la publicación de esta Resolución se ha observado un error material en la tabla 1. Incrementos de precios de los servicios concertados, 2019-2022, que fija los precios de los servicios concertados desde el año 2019 hasta el año 2022. En el caso, de los servicios concertados a través del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacitado, los precios de 2022 no quedan fijados en este convenio, y por tanto no se deberían haber publicado. El XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacitado, a su Anexo III sólo publica las mesas salariales para los años 2019, 2020 y 2021.
3. Así pues, se considera necesario rectificar la tabla 1. Incrementos de precios de los servicios concertados, 2019-2022 para los servicios concertados a través del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacitado, fijando sólo los precios de los servicios concertados para los años 2019, 2020 y 2021.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 56.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
2. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Islas Baleares, que prevé el régimen de conciertos.
3. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tiene que someter los conciertos sociales.
4. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
5. El Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
Resolución
Primero. Rectificar el siguiente error de la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 3 de septiembre de 2019, por la cual se actualizan los precios de los servicios concertados, derivada de los incrementos salariales en los convenios colectivos por los cuales se calculan los precios de estos servicios (BOIB núm. 122, de 5 de septiembre de 2019):
En el punto 1 de la Resolución:
Donde dice:
1. Aprobar la actualización de los precios de los servicios concertados, de acuerdo con la tabla siguiente:
Tabla 1. Incrementos de precios de los servicios concertados, 2019-2022
|
Precio actual 2019 |
Precio nuevo convenio 2019 |
precio 2020 |
precio 2021 |
precio 2022 |
Apoyo jurídico de la actualización de precios |
Vivienda supervisada |
67,68 € / día |
71,39 € / día |
71,39 € / día |
71,39 € / día |
71,39 € / día |
XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad |
Apoyo a la vivienda baja intensidad |
32,01 € / día |
33,32 € / día |
33,32 € / día |
33,32 € / día |
33,32 € / día |
|
Apoyo a la vivienda alta intensidad |
56,62 € / día |
58,79 € / día |
58,79 € / día |
58,79 € / día |
58,79 € / día |
|
servicio ocupacional |
37,34 € / día |
42,74 € / día |
42,74 € / día |
42,74 € / día |
42,74 € / día |
|
Servicio de tutela modalidad baja |
50,28 € / mes |
56,34 € / mes |
56,34 € / mes |
56,34 € / mes |
56,34 € / mes |
|
Servicio de tutela modalidad media |
92,49 € / mes |
103,68 € / mes |
103,68 € / mes |
103,68 € / mes |
103,68 € / mes |
|
Servicio de tutela modalidad intensa |
234,98 € / mes |
263,16 € / mes |
263,16 € / mes |
263,16 € / mes |
263,16 € / mes |
|
Servicio de atención temprana |
34,70 € / sesión |
39,80 € / sesión |
39,80 € / sesión |
39,80 € / sesión |
39,80 € / sesión |
|
Servicio de apoyo tecnológico a la autonomía personal |
29,21 € / sesión |
32,40 € / sesión |
32,40 € / sesión |
32,40 € / sesión |
32,40 € / sesión |
|
Servicio de acompañamiento sordoceguera |
21,00 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
|
Servicio de acompañamiento a físicos |
21,00 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
|
Servicio acompañamiento salud mental genérica |
28,59 € / día |
29,16 € / día |
29,63 € / día |
30,12 € / día |
30,61 € / día |
Convenio colectivo del sector de reforma juvenil y protección de menores de las Islas Baleares |
Servicio acompañamiento salud mental intensa |
46,50 € / día |
48,20 € / día |
49,04 € / día |
49,90 € / día |
50,78 € / día |
Tiene que decir:
1. Aprobar la actualización de los precios de los servicios concertados, de acuerdo con la tabla siguiente:
Tabla1. Incrementos de precios de los servicios concertados, 2019-2022
|
Precio actual 2019 |
Precio nuevo convenio 2019 |
precio 2020 |
precio 2021 |
precio 2022 |
Apoyo jurídico de la actualización de precios |
Vivienda supervisada |
67,68 € / día |
71,39 € / día |
71,39 € / día |
71,39 € / día |
|
XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad |
Apoyo a la vivienda baja intensidad |
32,01 € / día |
33,32 € / día |
33,32 € / día |
33,32 € / día |
|
|
Apoyo a la vivienda alta intensidad |
56,62 € / día |
58,79 € / día |
58,79 € / día |
58,79 € / día |
|
|
servicio ocupacional |
37,34 € / día |
42,74 € / día |
42,74 € / día |
42,74 € / día |
|
|
Servicio de tutela modalidad baja |
50,28 € / mes |
56,34 € / mes |
56,34 € / mes |
56,34 € / mes |
|
|
Servicio de tutela modalidad media |
92,49 € / mes |
103,68 € / mes |
103,68 € / mes |
103,68 € / mes |
|
|
Servicio de tutela modalidad intensa |
234,98 € / mes |
263,16 € / mes |
263,16 € / mes |
263,16 € / mes |
|
|
Servicio de atención temprana |
34,70 € / sesión |
39,80 € / sesión |
39,80 € / sesión |
39,80 € / sesión |
|
|
Servicio de apoyo tecnológico a la autonomía personal |
29,21 € / sesión |
32,40 € / sesión |
32,40 € / sesión |
32,40 € / sesión |
|
|
Servicio de acompañamiento sordoceguera |
21,00 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
|
|
Servicio de acompañamiento a físicos |
21,00 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
23,89 € / hora |
|
|
Servicio acompañamiento salud mental genérica |
28,59 € / día |
29,16 € / día |
29,63 € / día |
30,12 € / día |
30,61 € / día |
Convenio colectivo del sector de reforma juvenil y protección de menores de las Islas Baleares |
Servicio acompañamiento salud mental intensa |
46,50 € / día |
48,20 € / día |
49,04 € / día |
49,90 € / día |
50,78 € / día |
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Servicios Sociales y Cooperación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente que se haya publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, pero en ningún caso no se pueden interponer simultáneamente ambos recursos.
Palma, 12 de febrero de 2020
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes
Fina Santiago Rodríguez