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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 1630
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de febrero de 2020 de designación de los representantes del Gobierno de las Illes Balears en la Comisión Técnica Interinsular

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Texto

La futura ley de consejos insulares a la que se refiere el artículo 68 de Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (EAIB) será la disposición legal que deberá determinar, además de las reglas de funcionamiento y del régimen jurídico de estas instituciones, el marco general de sus funciones y competencias, y, en consecuencia, el procedimiento ordinario para articular la transferencia o la delegación de competencias previstas en el artículo 71 de la norma institucional autonómica.

Mientras tanto, hasta que no se promulgue una nueva ley de consejos insulares adaptada al Estatuto reformado en 2007, el procedimiento para formalizar la transferencia o la delegación de competencias en las materias a las que alude el artículo 71 del EAIB debe ser el que establecen los apartados 2, 3 y 4 de la disposición transitoria sexta de la norma autonómica.

El apartado 2 de la disposición transitoria sexta del actual EAIB prevé el nombramiento, a propuesta de la Comunidad Autónoma, de conformidad con una ley del Parlamento, de la denominada Comisión Técnica Interinsular, que tiene la composición que determina el apartado 3 de dicha disposición.

Esta ley del Parlamento, sin perjuicio de que el legislador autonómico pueda abordar nuevamente la regulación de la Comisión Técnica Interinsular, si así lo decide, se debe entender que es la vigente Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares (artículos 49 a 51 del capítulo IV del título IV), dado que los preceptos que regulan hoy la Comisión Técnica Interinsular no se oponen a las actuales previsiones estatutarias que contiene la disposición transitoria sexta ni las contradicen.

El apartado tercero de la disposición transitoria sexta del EAIB determina la composición de la Comisión Técnica Interinsular, que estará formada por veinte vocales, cuatro de los cuales designados por el Gobierno de las Illes Balears y cuatro por cada uno de los consejos insulares de Mallorca, de Menorca, de Ibiza y de Formentera. De este modo, después de la reforma de la norma institucional autonómica, se amplía hasta veinte, con la incorporación de cuatro nuevos vocales en representación del Consejo Insular de Formentera, el número total de miembros que integran este órgano colegiado de naturaleza estatutaria, una de cuyas atribuciones, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria sexta, es la formulación de una propuesta al Parlamento de las Illes Balears de traslación a los consejos insulares, a través de técnicas de transferencia o delegación, de la titularidad o el ejercicio de las competencias que, de acuerdo con el Estatuto, corresponden al Gobierno de las Illes Balears y que, en principio, son atribuidas a este ámbito institucional.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de diciembre de 2015, modificado por dos acuerdos del Consejo de Gobierno, de 23 de septiembre de 2016 y de 19 de enero de 2018, respectivamente, se designaron los vocales, titulares y suplentes, que, en representación del Gobierno de las Illes Balears, debían formar parte de la Comisión Técnica Interinsular.

En este momento, después de los últimos comicios autonómicos, la nueva composición del Gobierno y la nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma prevista en el Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, así como lo que preceptúa el Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, hacen necesario dejar sin efecto los acuerdos mencionados anteriormente y dictar uno nuevo.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad, en la sesión del día 14 de febrero de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Designar vocales titulares y suplentes de la Comisión Técnica Interinsular en representación del Gobierno de las Illes Balears a las siguientes personas:

Titular: Juan Pedro Yllanes Suárez, vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos.

Suplente: Aitor Urresti González , director general de Energía y Cambio Climático de la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos.

 

Titular: Pilar Costa i Serra, consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad.

Suplente: Miquel Àngel Coll Canyelles, director general de Relaciones Institucionales y con el Parlamento de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad.

 

Titular: Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Suplente: Juan Ignacio Morey Marqués, director general de Presupuestos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores.

 

Titular: Miquel Mir Gual, consejero de Medio Ambiente y Territorio.

Suplente: Joana Maria Garau Muntaner, directora general de Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio

Segundo. Dejar sin efecto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de diciembre de 2015, modificado por dos acuerdos del Consejo de Gobierno, de 23 de septiembre de 2016 y de 19 de enero de 2018, respectivamente, por los que se designaron los vocales, titulares y suplentes, que, en representación del Gobierno de las Illes Balears, tenían que formar parte de la Comisión Técnica Interinsular.

Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quart. Disponer que este acuerdo tendrá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 14 de febrero de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra