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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 1518
Área de Justícia Social, Feminismo i LGTBI, Plan Estratégico de Subvenciones 2020 – 2022

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Texto

Por  acuerdo de la Junta de Gobierno n.º JGL_20200205_01_015, de 5 de febrero de 2020, se ha dispuesto lo siguiente:

1.º Aprobar el adjunto Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI para los años 2020, 2021 y 2022, conforme con lo dispuesto el artículo 8.1, de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2.º Publicar el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI en el BOIB.

 

Palma, 10 de febrero de 2020

El secretario adjunto y director de la Secretaría de la Junta de Gobierno Miquel Ballester Oliver

 

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2020 – 2022

I. FUNDAMENTO, NATURALEZA JURÍDICA, MARCO NORMATIVO, VIGENCIA, PUBLICIDAD, Y PRINCIPIOS ORIENTADORES.

1. FUNDAMENTO

A todos los efectos el Plan Estratégico de Subvenciones tiene su fundamento en lo dispuesto, en la exposición de motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de Subvenciones, y de manera específica en el mandato establecido en el artículo 8 de la citada norma, en los artículos 10 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Según la Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones, a fin de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas.

Desde la perspectiva económica, las subvenciones son una modalidad importante de gasto público y, por lo tanto, tienen que ajustarse a las directrices de la política presupuestaria, actualmente orientada por los criterios de estabilidad presupuestaria y crecimiento económico.

El Plan estratégico de subvenciones del Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI está estrechamente ligado a la estrategia global de participación del Ayuntamiento de Palma, que tiene entre sus principales objetivos la mejora de la participación y la implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones y en las políticas públicas.

Este Plan estratégico de subvenciones responde también al objetivo de fortalecer el tejido asociativo, como pieza clave para la participación, la calidad democrática y la cohesión social. Con estas consideraciones se pretende que este Plan estratégico de subvenciones contribuya a fortalecer la participación social y cívica de los colectivos a los cuales se dirige, más allá de la dotación económica de las subvenciones que se  prevén.

2. NATURALEZA JURÍDICA

El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático, que carencia de rango normativo y la aprobación del cual no genera derechos ni obligaciones para el Ayuntamiento. El Plan recoge las líneas de subvención previstas de conformidad con unos determinados objetivos estratégicos relacionados con las competencias atribuidas a la Concejalía de Justicia Social, Feminismo y LGTBI.

Para el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan es un requisito básico incluir las consignaciones presupuestarias correspondientes en los presupuestos anuales, así como aprobar las bases reguladoras de su concesión, en el marco de las de ejecución del Presupuesto.

3. MARCO NORMATIVO

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

- Reglamento orgánico de participación ciudadana (BOIB n.º 187, de 31/12/2004)

- Ordenanza de subvenciones del Ayuntamiento de Palma, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria del 26 de febrero de 2015 y publicada en el BOIB n.º 35, de 12 de marzo de 2015.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo de las administraciones públicas.

4. VIGENCIA.

De acuerdo con el art. 4.2. de la Ordenanza y el art. 11.4 del RGLS, los planes estratégicos tienen que contener una previsión para un periodo de vigencia de tres años, por eso, se prevé la vigencia de este Plan para los años 2020, 2021 y 2022.

5. PUBLICIDAD

En virtud de lo dispuesto en los artículos 5.4 y 6.2 de la Ley 19/2013 de 9 de noviembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Plan Estratégico será objeto de publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Palma (www.palma.cat)

6. PRINCIPIOS ORIENTADORES

- Transparencia

Este principio se materializa en la convocatoria previa en la cual se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos Se tiene que garantizar la transparencia en todas las fases de información, ejecución, seguimiento y evaluación. El Ayuntamiento tiene que rendir cuentas a la ciudadanía sobre la implementación del plan y los efectos que ha tenido.

Este principio también se materializa en la publicidad de las subvenciones concedidas, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Libre concurrencia, igualdad y no discriminación:

Este principio se materializa en la determinación de los requisitos que tienen que cumplir los beneficiarios, a fin de la plena satisfacción del interés general.

- Objetividad

La concesión de subvenciones se realizará conforme a criterios objetivos, previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.

- Eficacia y eficiencia:

Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, teniéndose que justificar cuantitativa y qualitativament.

- Participación y proximidad

Se tiene que garantizar que este Pla estratégico llega a todas las entidades interesadas por todas las vías de que dispone el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Palma tiene que asegurar los canales de diálogo y comunicación con el tejido asociativo y poner al alcance los medios técnicos, tecnológicos y humanos necesarios para garantizar la accesibilidad de todos los colectivos a las actuaciones previstas en el Plan, de acuerdo con su necesidad y realidad, prestando apoyo técnico y tecnológico cuando sea necesario.

Se tiene que tender progresivamente a una mayor implicación y participación de la ciudadanía y de las entidades en el diseño, el seguimiento y la evaluación del Plan estratégico desubvencions.

 

​​​​​​​- Acceso a las TIC

Sacar partido de la potencialidad que ofrecen las tecnologías de la información y la comunicación para propiciar la participación. Este objetivo tiene que ir acompañado de acciones que reduzcan la fractura digital existente entre la ciudadanía.

- Perspectiva de género

La normativa y acciones que genere este plan tienen que prever la incorporación de la perspectiva de género. Se entiende por perspectiva de género la toma en consideración de las diferencias entre mujeres y hombres en un ámbito o una actividad, teniendo en cuenta la manera en que las diversas actuaciones, situaciones y necesidades afectan las mujeres

II. OBJETIVOS ESTRATÉGICO Y CONVOCATORIAS  DE SUBVENCIÓN.

1. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

- Aportar visibilidad, capacitar y apoderar las personas y los colectivos que por razón de género, orientación sexual u origen lo requieran.

- Trabajar con el conjunto de la ciudadanía para mejorar la convivencia y promover la corresponsabilidad en la prevención y la erradicación de situaciones de discriminación o segregación por razón de género, orientación sexual, edad u origen.

-Potenciar la participación de la ciudadanía, especialmente la juventud, en la vida social y cultural de la comunidad.

2. CONVOCATORIAS DE SUBVENCIÓN.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE PERSONAS MAYORES

Descripción

Afrontar el envejecimiento de la población es un reto de las administraciones públicas. Se calcula que en 2050 más del 25% de la población será mayor de 65 años.

Esta realidad requiere políticas locales adecuadas a un colectivo muy numeroso, diverso y con realidades y necesidades heterogéneas. Es un grupo de población cronológicamente envejecido pero funcionalmente joven. Su participación directa tiene que orientar las acciones y complementar las iniciativas de las administraciones.

En cuanto al tejido asociativo de Palma, constan inscritas 61 asociaciones y 3 federaciones de personas mayores (RMEC). No obstante, su participación a los órganos de participación municipal es, a día de hoy, escasa.

Las próximas convocatorias (2020, 2021 y 2022) se dirigirán a las asociaciones de personas mayores de la ciudad de Palma que realicen programas, proyectos y actividades dentro de la línea de envejecimiento activo y la promoción de actividades intergeneracionales.

Línea de subvención

Esta convocatoria de subvención se centra en la siguiente línea:

- Los programas de actividades habituales y las actividades puntuales dentro de ámbito del envejecimiento activo y actividades intergeneracionales que lleven a cabo las asociaciones de personas mayores de Palma y que tengan como objeto principal los siguientes temas:    

  • Mejora de la salud desde las vertientes física y social para fomentar la actividad física y relacional.
  • Mejora de la calidad de vida desde las vertientes cognitiva y emocional para el fomento de la autonomía personal.
  • Aumento de la participación social dentro de su entorno próximo y a nivel de ciudad.
  • Difusión de información que incremente la seguridad y la autonomía personal de las personas mayores.

- Los programas y los proyectos de colaboración con otras entidades y servicios de los diferentes ámbitos (social, sanitario, cultural...) que favorezcan la integración y la participación social.

- Los proyectos y las acciones intergeneracionales que favorezcan la participación social y comunitaria.

- La inclusión de forma transversal en los programas, proyectos, talleres y acciones de la perspectiva de género, la promoción de la igualdad, la promoción del voluntariado y la utilización de nuevas tecnologías.

Objetivos

- Fomentar la relación directa con las asociaciones de personas mayores que desarrollan proyectos y actividades dirigidas a incrementar la participación social de las personas mayores de 50 años.

- Promover acciones dentro de la línea de envejecimiento activo: optimizar las oportunidades de salud, participación y seguridad con el fin de mejorar la calidad de vida a medida que las personas envejecen según la definición de la OMS (Ginebra, OMS, 2002).

- Incrementar las actividades intergeneracionales como una forma de participación comunitaria.

- Promover acciones destinadas a abordar la soledad de las personas mayores mediante proyectos dirigidos a fomentar la convivencia con personas en situación de vulnerabilidad

- Promover la inclusión de las personas mayores en el mundo digital: Acciones y actividades que enfrenten la brecha digital.

Efectos

Mantener un contacto permanente y directo con las asociaciones de personas mayores de la ciudad de Palma, con el objetivo de apoyar proyectos y actividades de interés público que promocionen el envejecimiento activo y la participación social de las personas mayores.

Hace falta que estas actividades complementen y amplíen las ofertas de la iniciativa pública y sean una vía de participación de la ciudadanía, de enriquecimiento de la vida comunitaria y de consolidación del tejido asociativo.

Se valorará positivamente la inclusión en las programaciones de la perspectiva de género, de acciones para el fomento de la igualdad, de trabajo en red con otros servicios y entidades territoriales, de promoción del voluntariado y de participación cívica en las estructuras participativas de la ciudad, así como la inclusión del trabajo con nuevas tecnologías como eje transversal que permita mejorar la participación y la autonomía dentro de los domicilios y el entorno próximo.

Órgano gestor / responsable

De acuerdo con el art. 27.4 de la Ordenanza de subvenciones, el órgano instructor es la persona titular de los servicios administrativos del centro gestor que indica la convocatoria

El órgano competente para conceder subvenciones en el ámbito del Ayuntamiento de Palma será el órgano competente para la autorización del gasto según lo que dispongan las bases de ejecución del presupuesto vigente.

Seguimiento y evaluación de la convocatoria

Con la valoración cualitativa y cuantitativa de las memorias técnicas y las conclusiones extraídas se propondrá, si procede, la continuación, la sustitución o la modificación de determinados criterios y puntos de las bases de la convocatoria, así como de los diferentes apartados que incluyen, con el objeto de mejorar la eficacia y la eficiencia en relación con la consecución de los objetivos planteados.

Las conclusiones del seguimiento de esta convocatoria podrán quedar reflejadas en la redacción del siguiente plan estratégico mediante las modificaciones oportunas.

Valoración cualitativa

Se hará una valoración cualitativa a partir de la valoración de las memorias técnicas de actividades presentadas por las asociaciones en las justificaciones de la subvención, de acuerdo con los requisitos de justificación de la convocatoria.

Indicadores cuantitativos de los programas, proyectos y actividades

- número de solicitudes presentadas/aceptadas/denegadas

- número de actividades habituales/puntuales

- número de personas participantes/sexo

- número de actividades coincidentes con las líneas planteadas/por asociación

Informe anual

Con el resultado de la valoración cuantitativa y cualitativa, el segundo trimestre de cada año se emitirá un informe en el cual se recogerá la relación de actividades realizadas y la eficacia y la eficiencia de los recursos destinados en relación con la consecución de los objetivos previstos.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE JUVENTUD

1. Descripción

De los datos de que disponemos, procedentes de las memorias de los servicios de Juventud, se deduce que las principales necesidades del jóvenes son las siguientes:

  • trabajo
  • formación, básicamente orientada al trabajo
  • ocupación del tiempo libre

Vistas las competencias del Ayuntamiento en estas temáticas, la finalidad primordial de las convocatorias de subvenciones en materia de juventud se dirigirá al ámbito del tiempo libre, con la introducción de todos los elementos que convierten el ocio en un espacio educativo para el fomento de los valores que fortalecen la democracia, la convivencia y la participación de la sociedad.

La ciudad de Palma tiene una amplia tradición de entidades, asociaciones y colectivos de jóvenes que trabajan para la dinamización del ocio. Poco a poco han dado  proyectos y programas que dentro del marco del tiempo libre y de ocio han acontecido espacios para la educación no formal y la educación informal en cuanto a los valores democráticos y participativos.

También se cuenta con un amplio colectivo de músicos y artistas dinámicos e innovadores que en muchos de los casos forman parte de la propuesta cultural de la ciudad y enriquecen los espacios dedicados al ocio de la ciudad con diferentes formas de expresión artística.

El ocio y la cultura necesitan este proceso dinamizador que permite su actualización y se tienen que buscar las formulas para aproximarlos en la población juvenil, puesto que es mediante estos dos elementos que se puede facilitar su participación en la vida y el funcionamiento de la ciudad.

2.  Objetivos

- Fomentar el funcionamiento y las actividades que realizan las entidades juveniles, asociaciones, federaciones y agrupamientos, jóvenes y grupos de jóvenes con el fin de llevar a cabo proyectos y actividades que dinamicen el ocio de la ciudad y promuevan la participación juvenil.

- Promover la participación de las entidades juveniles en la prestación de servicios para jóvenes de la ciudad.

- Fomentar la igualdad de oportunidades en el acceso a los servicios y programas.

- Educar en valores a través del ocio, la información, la participació y el asociacionismo.

- Promover proyectos dirigidos a combatir el sexismo, o cualquier tipo de violencia contra las mujeres dentro de espacios de ocio.

- Fomentar actuaciones dirigidas a sensibilizar en la LGTBIfobia y buylling en las escuelas y espacios de ocio.

- Promoción de acciones para combatir el cambio climático y sus efectos y fomentar actividades de ocio respetuosas con el medio ambiente.

Para esta convocatoria se considerarán temas de especial valor los siguientes:

  • la preservación y mejora del medio ambiente, haciendo especialmente mención  a las iniciativas relacionadas con la sostenibilidad
  • el desarrollo de unos hábitos de vida saludable
  • la participación social
  • la cultura de nuestra comunidad
  • la equidad de género en general, y el feminismo, en particular
  • la atención a la diversidad y la eliminación de la discriminación o las conductas de odio, especial por razón de orientación sexual
  • la convivencia intergeneracional, especialmente aquellos que vayan dirigidos a trabajar el envejecimiento activo y paliar la soledad.
  • la difusión de los Derechos de la Infancia aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas

3.  Efectos

Estas subvenciones se fundamentan en el interés general de apoyar a los jóvenes, a las entidades juveniles y a las federaciones y agrupamientos de entidades juveniles sin ánimo de lucro para que, con sus proyectos y sus actuaciones, dinamicen el ocio de la ciudad y promuevan la participación de los jóvenes, creando un marco idóneo para la educación no formal a la vez que complementan la tarea que el Ayuntamiento lleva a cabo para ofrecer un tiempo de ocio saludable y educativo.

Todos estos proyectos y/o actividades se tienen que desarrollar dentro del ámbito del ocio, tienen que tener un cariz educativo y se tienen que dirigir a jóvenes de 14 a 30 años.

4.  Líneas de subvención

1.  Programas, proyectos y actividades en materia de juventud

Esta convocatoria de subvención consta de tres modalidades subvencionables:

Modalidad 1, que incluye las siguientes iniciativas :

- Los gastos generados por el  procedimiento de constitucón legal de la asociación y/oentitat juvenil como tal.

- Los programas de actividades socioeducativas y de dinamización dentro del ámbito del ocio que se realicen de forma habitual.

- Las actividades socioeducativas y de dinamización dentro del ámbito del ocio que se realicen de forma puntual.

- Los programas de actividades habituales y/o las actividades puntuales dentro del ámbito de las iniciativas educativas y de dinamización del ocio.

- Las actividades específicas que, dentro del ámbito del ocio, tengan como objeto los temas de especial valor

- Las actividades formativas, de reciclaje y de perfeccionamiento dirigidas a los monitores, directores y/o voluntarios de la asociación o entidad, en el ámbito del tiempo libre.

- El alquiler de la sede social de la asociación o entidades, y el de los espacios que sean necesarios para llevar a cabo las actividades del proyecto, si se acredita esta necesidad.

- La difusión, el merchandising y el diseño y mantenimiento de páginas web u otras aplicaciones de software que tengan como finalidad dar a conocer a las entidades y asociaciones y la tarea que llevan a cabo, con especial mención a la legislación vigente y a los objetivos y valores de esta convocatoria

Modalidad 2, que incluye las siguientes iniciativas:

- Las actividades que se lleven a cabo durante los periodos de vacaciones de los jóvenes, en sus diferentes variantes (colonias, campamentos, actividades de aventura, campos de trabajo, colonias urbanas, etc.)

- El alquiler de los espacios que sean necesarios para la realización de las actividades.

- La difusión y el merchandising que tenga como finalidad dar a conocer las actividades que se llevan a cabo, con especial mención a la legislación vigente y a los objetivos y valores de esta convocatoria

Modalidad 3, que incluye las siguientes iniciativas :

Los proyectos, las actividades y propuestas promovidas por jóvenes creadores o dirigidas a su capacitación, su formación y la difusión de su obra dentro del ámbito artístico y/o de la expresión cultural.

Para jóvenes creadores, se pueden solicitar ayudas para las siguientes actividades y gastos:

- Participación en certámenes, exposiciones o concursos.

- Alquiler de salas y montaje de exposiciones.

- Realización de book fotográfico o catálogo.

- Cursos de formación especializada complementaria a la oficial.

- Material para ensayos, actuaciones y funciones.

- Diseño y edición de material publicitario.

Para grupos musicales y solistas, se pueden solicitar ayudas para las siguientes actividades y gastos:

- Realización de conciertos en Mallorca y fuera de Mallorca.

- Grabación de temas.

- Autoedición de CD y videoclips.

- Cursos de formación especializada complementaria al oficial.

- Diseño y edición de material de publicidad del grupo o solista.

2.  Federaciones y agrupamientos de entidades juveniles de Palma

Esta convocatoria de subvención consta de dos modalidades subvencionables:

 

​​​​​​​Modalidad 1 - Mantenimiento general de la federación, el agrupamiento o el movimiento

Se  pueden incluir los gastos de alquiler de instalaciones, luz, agua, teléfono, otros suministros o contrataciones imprescindibles para el desarrollo de la entidad (seguros, extintores, etc), personal de administración, reparaciones, y material fungible. Todos estos gastos o compras se tendrán que hacer dentro del año del ejercicio de la convocatoria.

Modalidad 2 - Proyectos y actividades

Se  pueden incluir las iniciativas de dinamización del ocio que lleven a cabo las federaciones, los agrupamientos o los movimientos y se dirijan al colectivo de jóvenes asociados y también a los no asociados de Palma. También corresponden a esta modalidad las iniciativas relacionadas con la dinamización del ocio llevadas a cabo por agrupamientos, clubes o entidades menores.

3.  Premios

Con el fin de promocionar la creación cultural y/o artística entre los jóvenes de Palma, y de acuerdo con los objetivos del Área de Justicia Social,  Feminismo y LGTBI  se crearán concursos literarios o artísticos con otorgamiento de premios, así como también se podrá colaborar mediante la dotación de “Premios Jóvenes” en concursos de  otras Áreas municipales, como Palma.

5.  Seguimiento y evaluación de las convocatorias

Con la valoración cualitativa y cuantitativa de las memorias técnicas y las conclusiones extraídas de esta se propondrá, si procede, la continuación, la sustitución o la modificación de determinados criterios y puntos de las bases de cada una de las convocatorias, con sus modalidades de subvención, así como de los diferentes apartados que incluyen, para mejorar la eficacia y la eficiencia en relación con la consecución de los objetivos planteados.

Las conclusiones del seguimiento de este plan podrán quedar reflejadas en la redacción del siguiente plan estratégico mediante las modificaciones oportunas.

Valoración cualitativa

Se hará una valoración cualitativa a partir de la valoración de las memorias técnicas de actividades presentadas por las entidades en las justificaciones de la subvenciones, de acuerdo con los requisitos de justificación de cada una de las convocatorias.

Valoración cuantitativa: indicadores para cada convocatoria de subvención

Programas, proyectos y actividades

  • Número de solicitudes presentadas en la convocatoria
  • Número de entidades, asociaciones y colectivos que presentan solicitud
  • Número de solicitudes presentadas para cada Modalidad
  • Número de proyectos presentados para cada concepto subvencionable
  • Número de jóvenes participantes
  • Número de monitores y monitoras participantes
  • Importe total de las subvenciones otorgadas

Federaciones y agrupamientos de entidades juveniles

  • Número de solicitudes presentadas a la convocatoria
  • Número de federaciones, agrupamientos o movimientos
  • Número de entidades que se han acogido a la subvención de gastos de mantenimiento general
  • Número de proyectos y de actividades
  • Número de jóvenes participantes
  • Importe total de las subvenciones otorgadas

6. Informe anual

Con el resultado de la valoración cuantitativa y cualitativa, el segundo trimestre de cada año se emitirá un informe en el cual se recogerá la relación de actividades realizadas, y la eficacia y la eficiencia de los recursos destinados en relación con la consecución de los objetivos previstos.

 

​​​​​​​CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE PROSTITUCIÓN (PEP)

Descripción

La prostitución, fuertemente arraigada en la sociedad, es uno de los mayores ejemplos de discriminación y abuso hacia las mujeres. Su ejercicio tiene un fuerte impacto económico, social y personal. Un elevado porcentaje de personas que la ejercen se encuentran en una situación de vulnerabilidad que puede llegar a la sumisión a redes de tráfico de personas con fines de explotación sexual. El Ayuntamiento de Palma tiene que contribuir en la prevención y la detección de estas situaciones para preservar el ejercicio de los derechos humanos.

Objetivos

- Apoyar a las entidades para atender y contribuir al apoderamiento de las personas que ejercen la prostitución (PEP).

Líneas de subvención

1. Proyectos de apoyo y atención a las personas que ejercen la prostitución (PEP) que contribuyan a su apoderamiento:

  • Proyectos que trabajen a partir del primer contacto con PEP (vinculación, detección de situaciones de riesgo y derivación a servicios y programas).
  • Proyectos que ofrezcan alternativas para la promoción personal, el empoderamiento individual o grupal o alternativas al ejercicio de la prostitución.
  • Proyectos que incidan en el trabajo en red y lo mejoren.
  • Proyectos de sensibilización, información y formación.

Efectos

- El apoyo a la atención y el apoderamiento de las personas que ejercen la prostitución (PEP).

- La gestión en red de esta atención en Palma.

- La gestión en red del conocimiento logrado en Palma.

Mecanismos de participación

Consejo de Mujeres: presentación del proyecto de bases de la convocatoria pública de subvenciones. Remisiones electrónicas: elaboración de bases de datos de entidades, asociaciones, colectivos... que coincidan con las finalidades de la convocatoria para la remisión electrónica de las bases y convocatoria.

Seguimiento y evaluación de la convocatoria

El seguimiento de los proyectos consistirá en verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.

 Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:

  • Número de acciones de difusión llevadas a cabo
  • Número de entidades que han recibido la difusión
  • Número de entidades que han participado en la convocatoria
  • Número de proyectos subvencionados
  • Tipología de actividades subvencionadas

CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Descripción

En las dos últimas décadas, a pesar de que el desarrollo humano haya avanzado considerablemente la realidad cotidiana para centenares de millones de personas en los países del sur continúa marcada por la pobreza extrema, el analfabetismo, la falta de oportunidades y la violencia.

El 19 de octubre de 1993 se constituyó el Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación con el objetivo de coordinar las ayudas de las Administraciones Públicas de Mallorca a los países empobrecidos. El 30 de septiembre de 1993 el Ayuntamiento de Palma aprobó incorporarse como socio, adquiriendo el compromiso de librar, con cargo a los créditos consignados por esta finalidad, una aportación anual para financiar la ejecución de proyectos de cooperación al desarrollo humano integral en los países empobrecidos

La Ley 9/2005, de 21 de junio, de cooperación internacional de las Islas Baleares es la principal fuente que inspira las políticas de cooperación Internacional y su despliegue normativo en el ámbito autonómico. Establece entre sus finalidades “impulsar y promover la participación ciudadana en las acciones de cooperación” y “fomentar la educación y la sensibilización de la sociedad de las Islas Baleares en la realidad de los países empobrecidos” (art. 4). En el Registro municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento constan 67 entidades de cooperación y humanitarias, y un total de 36 entidades que tienen como eje de intervención la población migrante.

Objetivos

- Sensibilizar y educar para el desarrollo y el fomento de los derechos humanos, las relaciones norte-sur, la problemática general de los pueblos y colectivos empobrecidos, y la lucha contra el racismo y la xenofobia.

- Contribuir al desarrollo de países empobrecidos.

- Promover y potenciar proyectos de desarrollo sostenible en el marco de la agenda 2030.

Líneas de subvención

1. Ayudas a para la realización de proyectos y actividades  de sensibilización y promoción de los derechos humanos y concretamente los que vayan dirigidos a:

  • Defender y promover los Derechos Humanos
  • Educar para el desarrollo de la ciudadanía universal, promover  el desarrollo humano y sostenible y luchar contra las desigualdades
  • Sensibilizar sobre la situación de las personas refugiadas y/o desplazadas
  • Combatir  el racismo y la xenofobia
  • Sensibilizar y formar la ciudadanía sobre la realidad política, económica, social y cultural que rodea las relaciones Norte-Sur, la problemática general de los pueblos y colectivos que sufren desigualdades

2. Suscripción de un convenio con el Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Palma sobre concesión directa de subvenciones y vista su previsión en el presupuesto Municipal.

3. Suscripción de un convenio con la Asociación de Amigos del pueblo saharaui de las Islas Baleares.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Palma sobre concesión directa de subvenciones y vista su previsión en el presupuesto Municipal.

Efectos

Contribuir en el desempeño  de los compromisos de la ciudad en materia de cooperación al desarrollo y la defensa y promoción de los Derechos Humanos en Palma.

Objetivos:

- Contribuir al desarrollo de países empobrecidos, las relaciones Norte- Sur, la problemática general de los pueblos y colectivos empobrecidos,

- Sensibilizar, educar y fomentar la participación de la ciudadanía en la defensa Y promoción de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales, la cultura de la Paz.

Mecanismos de participación

Además de cumplir el procedimiento preceptivo y de acuerdo con el Reglamento orgánico de participación ciudadana se llevarán a cabo las siguientes acciones:

  • recogida de sugerencias y propuestas
  • información mediante listas de distribución de correos electrónicos a entidades y asociaciones y publicación en la web y en las redes sociales municipales de la convocatoria
  • información mediante los mismos mecanismos de la resolución y de la evaluación
  • acciones para visibilizar los proyectos: información en los consejos de distrito, web y redes municipales.

Seguimiento y evaluación de la convocatoria

El seguimiento de los proyectos consistirá en verificar que las subvenciones se ajustan a la finalidad prevista.

 Se hará una evaluación cuantitativa y cualitativa:

  • número de acciones de difusión llevadas a cabo
  • número de entidades que han recibido la difusión
  • número de entidades que han participado en la convocatoria
  • número de proyectos subvencionados
  • tipología de las actividades subvencionables.

III. PUBLICACIÓN, EJECUCIÓN, JUSTIFICACIÓN, RESOLUCIÓN, INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL.

1. PUBLICACIÓN

Las bases se publicarán dentro del primer trimestre del ejercicio en curso. Aprobada la convocatoria, las entidades interesadas que cumplan los requisitos podrán presentar las solicitudes en el plazo de 30 días naturales, contados desde el día siguiente de la publicación en el BOIB.

2. EJECUCIÓN

Del 1 de enero a 31de diciembre del ejercicio en el cual se aprueba la convocatoria.

3. RESOLUCIÓN

De acuerdo con el art. 25.4 de la Ley 38/2003, general de subvenciones y el art. 34.4 de la Ordenanza municipal de subvenciones, el plazo máximo de resolución y notificación es de seis meses. Este plazo se computa desde que se publica la convocatoria, salvo que sea convocatoria abierta. En este caso el plazo máximo para resolver y para presentar solicitudes se cuenta desde la fecha que se especifica en la convocatoria.

4. JUSTIFICACIÓN

Las adjudicatarias de subvenciones tendrán que justificar documentalmente su destino en los plazos previstos en la convocatoria o resolución de concesión, mediante documentos originales o fotocopias compulsadas. Los documentos tendrán que reunir los requisitos que según su naturaleza sean legalmente exigibles.

En consecuencia en el plazo que se marque, tendrá que quedar acreditado que la actividad objeto de subvención ha estado efectivamente realizada y que el importe de la subvención se aplicó a la concreta finalidad para la cual fue concedida. De no rendirse justificación de la inversión en la forma y plazo fijado, se reclamará la devolución de la cantidad librada en concepto de subvención. De no producirse el reintegro de manera voluntaria, se exigirá el mismo por el procedimiento administrativo correspondiente.

En el caso de subvenciones el pago de las cuales está condicionado a la justificación, la falta de la misma comportará la automática revocación de la concesión, previos los trámites legales previstos.

Los documentos aportados, se remitirán al Área de Justicia Social, Feminismo y LGTBI, quién previo informe los remitirá a la Intervención Municipal para su fiscalización, a efectos de prestar conformidad u objeciones a los justificantes aportados.

Los gastos subvencionados tendrán que responder a la naturaleza de la actividad subvencionada, y haber sido pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, excepto disposición expresa en contra de las bases reguladoras.

5. SEGUIMIENTO Y CONTROL

Los órganos responsables de cada convocatoria serán los responsables del control y el seguimiento de las convocatorias incluidas en este Plan.

Para cada convocatoria/ámbito de actuación se emitirán informes, coincidiendo con las diferentes fases de ejecución. Estos informes se publicarán en la web del Ayuntamiento de Palma y se  dará cuenta a los órganos de participación territorial y sectorial adecuadas

De acuerdo con el art. 27.4 de la Ordenanza de subvenciones, el órgano instructor es la persona titular de los servicios administrativos del centro gestor que indica la convocatoria

El órgano competente para conceder subvenciones en el ámbito del Ayuntamiento de Palma será el órgano competente para la autorización del gasto según lo que dispongan las bases de ejecución del presupuesto vigente.           

6. EVALUACIÓN

La evaluación anual del Plan estratégico tiene que servir para hacer los ajustes necesarios en las convocatorias y los procedimientos, de forma que sean coherentes con las situaciones sobre las cuales se pretende incidir. Se tendrán que analizar los resultados obtenidos, la utilidad pública o social, el grado de cumplimiento de los objetivos y la eficacia de las actuaciones.

El contenido de las conclusiones se recogerá en un informe en el cual, a la vista de la evaluación realizada se hará constar la procedencia de mantener o revisar el Plan.

La evaluación se hará al finalizar el ejercicio presupuestario, a partir de la evaluación de los indicadores de cada convocatoria.

7. INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN

Desde el Área Justicia Social, Feminismo y LGTBI se facilitará a las entidades que lo soliciten información y orientación respecto de las convocatorias de subvenciones del Área y también a su difusión, su impacto y su visibilidad.

La información se ajustará a la disponibilidad de personal del Área.  En el caso de que  hayan varías entidades interesadas se podrán hacer sesiones informativas grupales ad hoc, si procede.

IV.  PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN,  PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARÍAS, CONDICIONES GENERALES.

1. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

El Ayuntamiento concederá subvenciones en los términos y con el alcance previsto en la Ley General de Subvenciones, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva.

En todo caso, las bases para la concesión en los procedimientos de concurrencia tendrán que contener, como mínimo, el siguiente:

  • Definición del objeto de la subvención.
  • Requisitos que tendrán que reunir las personas y entidades beneficiarias para la obtención de la subvención.
  • Requisitos formales de la solicitud.
  • Procedimiento de concesión de la subvención.
  • Partida presupuestaria, cuantía y límites de la subvención.
  • Criterios de valoración.
  • Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la subvención y el plazo en qué será notificada la resolución.
  • Plazo y forma de justificación por parte de la beneficiaria, del cumplimiento de la finalidad para la cual se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.
  • Posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta.
  • Medidas de garantía que puedan proceder.
  • Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
  • Criterios de evaluación de los posibles incumplimientos de las condiciones impuestas con motivo de la concesión.

2. PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARÍAS.

Tendrán la consideración de beneficiarias de las subvenciones las personas y entidades que tengan que realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.

3. CONDICIONES GENERALES

-  No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en la convocatoria.

- El perceptor de cualquier subvención tendrá que acreditar, previa a su concesión, que no es deudor de las AAPP ni tener pendiente de reintegro de subvenciones pagadas con anterioridad e incorrectamente justificadas.

- El importe de las subvenciones o ayudas en ningún caso podrá ser de cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, e ingresos directos de la actividad, supere el coste de la actividad a desarrollar. Si se da el caso, el importe inicialmente concedido podrá verse minorado en la importe del superávit reflejado.

-  La subvención podrá ser revocada o reducida en cualquier momento, sin que el particular pueda alegarla como precedente ni exigir su aumento, revisión o cambio de aplicación, al no crear ningún derecho subjetivo.

- El Ayuntamiento podrá inspeccionar y recabar en cualquier momento la información o documentación correspondiente, tendente a asegurarse que se está cumpliendo el fin al cual se destina la subvención.

V. FINANCIACIÓN Y DOTACIÓN ECONÓMICA DE LAS LÍNEAS DE SUBVENCIÓN.

Para atender las obligaciones económicas que se deriven de las convocatorias se reservará anualmente, de acuerdo con las posibilidades presupuestarias, una cantidad con cargo a las partidas del presupuesto del Área. Estas cantidades se revisarán anualmente, después de cada convocatoria, en función de las necesidades de las entidades y de la disponibilidad presupuestaria. También se podrán nutrir de aportaciones finalistas extrapresupuestarias.

Personas mayores:

20.23128.480.09 FAMILIAS, MIGRACIONES Y GENTE MAYOR.- ASS. Y FEDER. PERS. MAYORES 175.000,00

Juventud:

20.33710.489.01 JUVENTUD. SUBV. PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES 49.000,00

20.33710.489.02 JUVENTUD. SUBV. FEDERACIONES Y AGRAPAMENTS 49.000,00

20.33710.489.03 JUVENTUD. PREMIOS JÓVENES DE CONCURSOS  2.000,00

Igualdad:

20.23123.480.00 SUBVENCIONES PARA PROYECTOS PEP 175.000,00

Cooperación internacional:

20.23120.467.00 APORTACIÓN AL FONS MALLORQUÍ DE SOLIDARIDAD 66.320,45

20.23120.480.02 CONVENIO ASOCIACIÓN AMIGOS DEL PUEBLO SAHARAUI 15.000,00

20.23120.480.00 COOPERACIÓN INTERNACIONAL. CONVOCATORIA SUBVENCIONES 62.000,00