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CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
Núm. 1393
Extracto de la convocatoria de ayudas al fondo de cooperación universitaria 2020
BDNS: 495431
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de ayudas al fondo de cooperación universitaria 2020aprovada mediante resolución de 7 de febrero de 2020 de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
1. Bases reguladoras
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca. (Aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 BOIB núm. 21, de 18.02.2017-, modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 BOIB núm. 96, de 04.08.2018-)
2. Objeto
Desarrollar en Mallorca proyectos de dinamización cultural destinados a la colectividad en general ya la comunidad universitaria en especial, con la intención de dar a conocer y difundir entre la población diferentes aspectos de la cultura en general y, fomentar y ralentizar las iniciativas culturales colectivas a través de la dinamización, el impulso y la estimulación de la comunidad universitaria
3. Beneficiarios
De acuerdo con lo previsto en el punto 4 de la convocatoria, pueden ser beneficiarias las universidades que estén domiciliadas en Mallorca o, siendo nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, tengan un establecimiento operativo en Mallorca antes de la publicación del extracto de esta convocatoria y realicen proyectos de dinamización cultural en Mallorca.
4. Dotación presupuestaria
Durante el ejercicio presupuestario de 2020 se destina la cantidad de 90.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 20.33430.45390 para atender las subvenciones de esta convocatoria.
5. Presentación de solicitudes
De acuerdo con lo previsto en el punto 7 de la convocatoria, el plazo para solicitar las ayudas es de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
La documentación que se debe presentar para solicitar la ayuda se relaciona en el punto 7 de la convocatoria.
6. Otros datos
El texto completo de la convocatoria, así como los anejos se pueden es poden obtener en la sede electrónica del Consell de Mallorca. (https://seu.conselldemallorca.net/)
Palma, 10 de febrero de 2020
El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística,
(Por delegación de la vicepresidenta primera y consejera executiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística.
Resolución de 23/07/2019. BOIB nº 109 de 8/8/2019)
Josep Mallol Vicens