Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1399
Divorcio contencioso 45/2019
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
Que, (…) debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio celebrado en Moldavia en fecha 26 de octubre de 2013, entre la ya mencionada Dña. Natalia Voicau y D. Ciprian Voicau quien ha sido declarado rebelde en el presente litigio con adopción de las siguientes medidas:
Que la guarda y custodia de los menores Ray y Dya Voicau se atribuye a su madre Dña. Natalia Voicau a cuyo cuidado queda confiada, compartiendo ambos progenitores la titularidad de la patria potestad sobre la misma, si bien las facultades inherentes a la citada institución serán ejercidas de ordinario por la ya mencionada Dña. Natalia Voicau.
Que D. Ciprian Voicau en su condición de padre de los precitados menores tiene el derecho de visitar a los hijos y tenerlos en su compañía si bien valoradas las circunstancias actualmente concurrentes, no ha lugar por el momento a fijar régimen alguno a favor de aquel(…).
Que D. Ciprian Voicau abonará en concepto de alimentos para los hijos habidos en su relación con la actora la cantidad de 300 euros mensuales dentro de los cinco primeros días de cada mes (…).
Que los Gastos extraordinarios correrán a cargo de ambos progenitores al 50%, incluyéndose las actividades extraescolares, el tratamiento médico de ortodoncia o gafas.
Y como consecuencia del ignorado paradero de CIPRIAN VOICAU, declarado rebelde procesal, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación a través de su publicación en el BOIB.
Palma, 10 de febrero de 2020
El/la letrado de la administración de justicia