Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 1389
Propuesta nombramiento policías locales, funcionarios de carrera en prácticas
Se hace público que la Presidenta del Consell Insular de Formentera, en fecha 10 de febrero de 2020, dictó, entre otros, el siguiente decreto:
PROPUESTA NOMBRAMIENTO POLICIAS LOCALES, FUNCIONARIOS DE CARRERA EN PRÁCTICAS.
“ (…)
Vistas las bases que han regido el proceso de selección de tres plazas de funcionario/funcionaria de carrera, categoría policía local, del Consell Insular de Formentera, publicadas en el BOIB núm. 164, de 5 de diciembre de 2019.
Dado que este proceso selectivo se ha regido por las determinaciones contenidas en esta convocatoria específica y por las Bases Generales de convocatorias de procesos de selección del Consell Insular de Formentera, publicadas en el BOIB núm. 46, de 5 de abril de 2008.
Dado el punto séptimo de las bases del proceso de selección de tres plazas de funcionario/funcionaria de carrera, categoría policía local, el cual dispone que una vez finalizadas y valoradas las pruebas del proceso de selección, el Tribunal Calificador hará público el listado definitivo, por riguroso orden de puntuación globalmente obtenida.
Vista el acta núm. 8 emitida por el Tribunal Calificador en fecha 5 de febrero 2020, en la que consta entre otros aspectos, el listado definitivo de aspirantes que han superado este proceso selectivo, que es el siguiente:
Orden de puntuación |
DNI |
Calificación 1a prueba |
Calificación 2a prueba |
Calificación 3a prueba |
Calificación TOTAL DE LA 1A, 2A Y 3A PRUEBAS DEL PROCESO SELECTIVO |
1 |
46953908Y |
36 |
26,30 |
13,50 |
75,80 |
2 |
47256508H |
29 |
24,80 |
12,00 |
65,80 |
Dado que contra la anterior propuesta del Tribunal Calificador a la Presidencia del Consell, en su caso, procede recurso de alzada, y que los dos aspirantes han renunciado a interponerlo.
Por todo ello, y por las competencias que tengo atribuidas según lo establecido en el Decreto de Presidencia de fecha 2 de julio de 2019, publicado en el BOIB núm. 102 de 25 de julio de 2019, según el artículo 9.2.l de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulares, y toda la normativa aplicable que esté vigente,
HE RESUELTO
PRIMERO.- APROBAR el listado definitivo, por orden de puntuación, de los aspirantes que han superado la totalidad de las pruebas del proceso de selección de tres plazas de funcionario/funcionaria de carrera, categoría policía local, del Consell Insular de Formentera, según el acta núm. 8 del Tribunal Calificador de fecha 5 de febrero de 2020:
Orden de puntuación |
DNI |
Calificación 1a prueba |
Calificación. 2a prueba |
Calificación 3a prueba |
Calificación TOTAL DE LA 1A, 2A Y 3A PRUEBAS DEL PROCESO SELECTIVO |
1 |
46953908Y |
36 |
26,30 |
13,50 |
75,80 |
2 |
47256508H |
29 |
24,80 |
12,00 |
65,80 |
SEGUNDO.- COMUNICAR a los aspirantes mencionados en el punto primero, que disponen de un plazo de 10 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este Decreto de Presidencia en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), por la presentación de la siguiente documentación, ante el Registro General de esta Corporación, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP):
a) Certificado médico oficial, vigente, que acredite que no padece ninguna enfermedad o defecto físico que impida total o parcialmente el desarrollo correcto de las funciones del puesto de trabajo.
b) Fotocopia de la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social, si se dispone.
c) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, y de no encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el cumplimiento de las funciones públicas, así como de no encontrarse en alguna de las causas legales de incapacidad e incompatibilidad previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
d) Declaración jurada de no tener antecedentes penales en vigor. En el caso de comprobarse de oficio la existencia de antecedentes penales o expedientes disciplinarios, la persona aspirante quedaría excluida del proceso selectivo.
e) Autorización del aspirante al Consell Insular de Formentera, de solicitud del certificado de antecedentes penales
f) Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
g) Declaración jurada o promesa de no ocupar ningún puesto de trabajo ni ejercer ninguna actividad en el sector público delimitado por el artículo I de la ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
h) Documentación acreditativa de servicios prestados en otras administraciones (a los efectos del cálculo de la antigüedad), en su caso.
Aquel/aquella aspirante que ya tenga condición de personal al servicio de la Administración Pública estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener el anterior nombramiento. En este caso, tendrán que presentar certificado del organismo público del que dependan, acreditativo de su condición y del resto de circunstancias que consten en su expediente personal.
i) Documentación original que acredite los puntos a), b), c), g) h) e i) de la base segunda de este proceso.
TERCERO.- COMUNICAR a los aspirantes que dentro del plazo fijado en el punto segundo, excepto en caso de fuerza mayor, quien no presente la documentación requerida o bien que, una vez examinada, se compruebe que no cumple con alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrá ser nombrado como funcionario en prácticas, y se anularán sus actuaciones. En este caso, se propondrá al siguiente aspirante que haya obtenido la mayor puntuación por orden estricto de puntuación.
CUARTO.- COMUNICAR a los aspirantes que una vez presentada la documentación, y si todo es correcto, se efectuará el correspondiente nombramiento como funcionario/a en prácticas de la categoría de policía local.
QUINTO.- COMUNICAR a los aspirantes que para completar el procedimiento selectivo es necesario superar un periodo de prácticas. Este periodo está integrado por la superación del curso de capacitación de la categoría de Policía Local (a excepción de las personas que acrediten haberlo superado y el tengan debidamente actualizado) y por la superación de la fase de prácticas en el municipio de Formentera, relacionadas con las funciones propias de la categoría de Policía Local.
SEXTO.- COMUNICAR a los aspirantes que la fase de prácticas, que están relacionadas con las funciones propias de la categoría de policía local, tendrá la duración de doce meses en el término municipal de Formentera.
SÉPTIMO.- COMUNICAR a los aspirantes que aquellas personas que no superen el periodo de prácticas perderán el derecho a ser nombrados como personal funcionario de carrera del Consell Insular de Formentera, por medio de una Resolución motivada de la Presidenta del Consell Insular de Formentera, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del período de prácticas.
OCTAVO.- PUBLICAR el Decreto de Presidencia presente en el tablón de anuncios de la OAC del Consell Insular de Formentera y en la web de la corporación, www.consellinsulardeformentera.cat, y en el BOIB.
NOVENO.- RECORDAR a los aspirantes que el plazo de los 10 días naturales para la presentación de la documentación mencionada en el punto segundo, empezará a contar desde el día siguiente de la publicación de este Decreto de presidencia en el BOIB.
(…)”
Lo que se publica, para general conocimiento, y conforme a la normativa de función pública.
Formentera, 10 de febrero de 2020.
La Presidenta, Alejandra Ferrer Kirschbaum