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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 1364
Juicio verbal (desahucio precario) 1454/2018

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia nº 360/2019 del tenor literal siguiente:

SENTENCIA nº 360/2019

En Eivissa, a 1 de octubre de 2019.

Vistos por mí, Francesc Lacueva Abad, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Eivissa, los autos de juicio verbal de desahucio por precario número 1454/18 a instancias de NIVEC SOLUTIONS LIMITED con la representación procesal de la Procuradora de los Tribunales Dª. Mariana Viñas Bastida y la dirección letrada de Dª. Ana Maria Soteras Escartin contra Vicente Fernández Muñoz con la representación procesal de la Procuradora de los Tribunales Dª. María Bello Rodicio y la dirección letrada de D. Pedro José Ayala Rodrigo e ignorados ocupantes.

FALLO

De conformidad con la normativa aplicada y tomando en debida consideración los criterios jurídicos expuestos, ESTIMO la demanda interpuesta por parte de NIVEC SOLUTIONS LIMITED con la representación procesal de la Procuradora de los Tribunales Dª. Mariana Viñas Bastida y la dirección letrada de Dª. Ana Maria Soteras Escartin contra Vicente Fernández Muñoz con la representación procesal de la Procuradora de los Tribunales Dª. María Bello Rodicio y la dirección letrada de D. Pedro José Ayala Rodrigo.

Se declara que el demandado y todos los que ocupan la vivienda sita en la calle San Pedro, 15, de Eivissa, lo hacen sin título alguno y sin pagar ningún tipo de contraprestación, contra la voluntad de su dueño y en situación de precario.

Se declara haber lugar al desahucio por precario del inmueble relacionado.

Se condena al demandado y a los posibles desconocidos ocupantes de la vivienda a dejarla libre, vacua y expedita.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Contra la presente sentencia puede interponerse recurso de apelación dentro del plazo de 20 días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución judicial.

La interposición del recurso de apelación se realizará ante el presente Juzgado.

El Tribunal competente encargado de su resolución será, en su caso, la Audiencia Provincial de Baleares.

Así, por la presente resolución judicial en forma de sentencia, lo acuerdo, mando y firmo. Francesc Lacueva Abad, Magistrado Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Eivissa

Y como consecuencia del ignorado paradero de los IGNORADOS OCUPANTES DE LA VIVIENDA SITA EN LA CALLE SAN PEDRO, 15, BAJO, IBIZA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Eivissa, 23 de enero de 2020

La letrado de la Administración de Justicia

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.