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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 1342
Bases de la convocatoria para la selección de candidatos a formar parte de una bolsa de trabajo de auxiliar de lavandería como personal laboral temporal del patronato municipal del hospital del Ayuntamiento de Ciutadella de Menorca

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Texto

Las siguientes bases, fueron aprobadas por acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Patronato en Sesión Ordinaria de día 12.02.2019 en el punto núm. 8:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE CANDIDATOS A FORMAR PARTE DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR DE LAVANDERÍA COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL DEL PATRONATO MUNICIPAL DEL HOSPITAL DEL AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA

Primera.- Objeto:

Es objeto de la presente convocatoria la selección mediante el procedimiento de oposición-concurso de los candidatos que han de formar parte de la bolsa de interinos para ocupar con carácter de personal laboral temporal los puestos de auxiliar de lavandería.

Segunda.- Funcionamiento de la bolsa:

1. El objeto de esta bolsa es establecer las normas que regirán el proceso de selección de los aspirantes de la bolsa general de empleo para la selección de personal laboral temporal del Patronato Municipal del Hospital en la categoría de auxiliar de lavandería.

1.2 La selección de los aspirantes se realizará mediante el procedimiento oposición-concurso, y éstos serán valorados por el tribunal que haya designado el Patronato Municipal del Hospital.

1.3 Aquellas personas que ya forman parte de la última bolsa de auxiliar de lavandería que se convocó el 18 de junio de 2014, deberán presentar los méritos que no hayan sido valorados anteriormente, con el fin de actualizar la puntuación y será opcional a criterio de cada aspirante si quiere realizar la prueba escrita / práctica. Las personas que estén en bolsa y se quieren volver a presentar, siempre se tendrá en cuenta la puntuación más alta. Los méritos sólo se podrán presentar una vez.

1.3.1 Los nuevos aspirantes deberán presentarse obligatoriamente a las pruebas escritas / prácticas y deberán presentar los méritos correspondientes.

1.4 Una vez publicada la resolución definitiva con la puntuación final (pruebas + méritos), de los aspirantes, a petición de gerencia del Patronato y según necesidades del servicio, se podrán actualizar méritos de aquellas personas que ya forman parte de la bolsa y para los nuevos aspirantes se seguirá el mismo procedimiento que el punto 1.3.1 de este reglamento.

Tercera.- Condiciones de los aspirantes:

a) Ser ciudadano de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener 16 años de edad cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

c) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el cumplimiento de las funciones públicas. Igualmente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública si se trata de aspirantes que no tengan la nacionalidad española, de acuerdo con lo establecido en el punto a) de estas condiciones.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el cumplimiento de las funciones correspondientes.

e) Estar en posesión de la titulación de graduado en ESO o equivalente o certificado de escolaridad. O en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

f) Incorporación inmediata

g) Disponibilidad para realizar su trabajo durante los fines de semana y / o festivos.

 

h) Acreditar los conocimientos de lengua catalana correspondientes al nivel de certificado B1, de la Junta Evaluadora de Catalán. En caso de que no puedan acreditar documentalmente los conocimientos de lengua catalana dentro del plazo de presentación de solicitudes, se hará una prueba específica que servirá para acreditarlos y que será la primera que se deberá efectuar en esta convocatoria , el resultado será "apto" o "no apto". La calificación de "no apto" implicará la eliminación del aspirante.

Cuarta.- Funciones del puesto de trabajo:

Utilizar la maquinaria utilizada para lavar, secar y planchar ropa en la lavandería del Patronato del Hospital Municipal. También se realizarán tareas de costura.

Quinta.- Instancias:

Las solicitudes se dirigirán a la Presidenta del Patronato Municipal del Hospital. El plazo de presentación será de 15 días en el Registro General del Patronato del Hospital Municipal a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el BOIB. Para ser admitidos y tomar parte de las pruebas bastará que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. En su caso, deberán presentar junto con la instancia, la relación de méritos a efectos de valoración en la fase concurso, que deberán ser originales o fotocopias compulsadas. Los méritos aducidos y no justificados por los aspirantes en la forma indicada no serán valorados.

Sexta.- Admisión de los aspirantes.

Agotado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia del Patronato dictará la resolución correspondiente, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. La relación de admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios de este Hospital. Constarán el número de documento nacional de identidad, el nivel de lengua catalana acreditado o, en su defecto, la indicación de realizar la prueba específica de catalán, y en su caso, la causa de la no admisión. En dicha resolución también se indicará el nombramiento de los miembros que formarán parte del Tribunal Calificador, así como el lugar, la fecha y la hora de realización de las pruebas. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

Los aspirantes excluidos podrán alegar lo que estimen oportuno en el plazo de tres días a partir de la publicación de la lista.

Séptima.- Tribunal:

El Tribunal estará compuesto por:

Presidente: Un empleado público designado por el Patronato del Hospital municipal

 

vocales:

Un / a trabajador / a del departamento de lavandería del Patronato Municipal

Un / a Diplomado / a Universitario / a o miembro del equipo técnico del Patronato Municipal designado por mismo Patronato

 

Secretario:

El Secretario / a del Patronato

Octava.- Proceso de selección:

FASE DE CONCURSO:

a) Valoración de los puestos ocupados: Para el desarrollo de funciones de auxiliar de lavandería o equivalente en los últimos 10 años. La puntuación total máxima de la valoración de los méritos de este apartado será de 6 puntos.

- Por servicios prestados en la empresa privada, 0.05 puntos por mes con un máximo de 4 puntos.

- Por servicios prestados en cualquier Administración Pública, 0.06 puntos por mes con un máximo de 5 puntos.

- Por servicios prestados en la Administración Local, 0.07 puntos por mes con un máximo de 6 puntos.

Un mismo mérito solamente se podrá valorar en aquel apartado que obtenga la mayor puntuación. En todos los anteriores apartados se valorarán igualmente tanto los servicios prestados a la Administración como funcionario o como personal laboral con funciones equivalentes a las que se señalan. La experiencia laboral se acreditará mediante certificado de empresa, contrato o documento que el órgano de selección considere suficiente y donde consten fecha de inicio, fecha de finalización de la relación laboral, categoría y / o lugar de trabajo, y acompañado en todo caso de vida laboral expedida por la Seguridad Social.

 

b) Formación: La puntuación total máxima para el conjunto de todos los méritos de este apartado será de 3,5 puntos:

- Por estar en posesión de otra titulación además de la presentada como requisito:

Bachiller o equivalente: 0,25 puntos.

CFGS o equivalente relacionado con el puesto de trabajo: 0,50 puntos

Otros CFGM relacionados con el puesto de trabajo: 0,25 puntos

Se valorará sólo la titulación con mayor puntuación.

- Por asistencia a cursos, seminarios o jornadas de materias relacionadas o de interés por el puesto de trabajo: 0,01 puntos por hora de curso realizado durante el período de los últimos 10 años hasta un máximo de 1 punto.

- Por la asistencia a cursos, seminarios y jornadas, etc. sobre materias de interés o relacionadas con el lugar, sin cómputo de horas y no valorados en otros apartados, a valorar a razón de 0,05 puntos por certificado presentado hasta un máximo de 1 punto. Se acreditará mediante certificado expedido por el centro que impartió el curso.

Se acreditará mediante certificado expedido por el centro que impartió el curso

- Conocimientos orales y escritos de catalán: Se valorarán los certificados relacionados con los tipos de conocimientos:

1) Conocimientos básicos avanzados (Certificado B2 de la JAC): 0,25 puntos

2) Conocimientos medios (Certificado C1 de la JAC): 0,5 puntos

3) Conocimientos superiores (Certificado C2 de la JAC): 1 puntos.

Se valorará sólo un certificado, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, la puntuación se acumulará a la del otro certificado que se aporte.

FASE DE OPOSICIÓN:

1. Prueba obligatoria específica de conocimientos de lengua catalana, de la que estarán exentos los aspirantes que hayan acreditado, junto con su instancia, estar en posesión del Certificado B1, conocimientos elementales orales y escritos), o superior, de la JAC o equivalente. El resultado será apto o no apto.

2. Prueba obligatoria eliminatoria consistente en desarrollar oralmente, durante un periodo máximo de 10 minutos, un supuesto planteado por el tribunal sobre los contenidos relacionados en el temario. Se valorará el conocimiento sobre el tema, el nivel de formación general, la claridad de exposición y la capacidad resolutiva.

Este ejercicio es eliminatorio y calificable hasta un máximo de 10 puntos; quedarán eliminados los

aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

3. Segundo ejercicio: Una prueba práctica relacionada con las tareas propias del puesto de trabajo. Este ejercicio es eliminatorio y calificable hasta un máximo de 10 puntos; quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos. El tribunal determinará en cada caso el tiempo máximo de desarrollo de los ejercicios.

Novena.- Régimen jurídico.

Los aspirantes que hayan superado las pruebas de selección pasarán a formar parte de la bolsa de trabajo y serán llamados por orden de puntuación para la cobertura temporal de puestos de trabajo de acuerdo con las necesidades del servicio. El funcionamiento de la bolsa de trabajo se regulará a partir del reglamento interno de bolsa aprobado en comisión ejecutiva. Las personas que resulten llamadas presentarán a la Gerencia del Patronato del Hospital Municipal los documentos acreditativos de las condiciones que se pidan a la presente convocatoria. Salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados, si el aspirante propuesto no presentara los requisitos exigidos no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia. En el ejercicio de su relación laboral será aplicable al trabajador la normativa vigente sobre el régimen de incompatibilidades en el sector público, en cumplimiento de la cual el aspirante, antes de incorporarse al servicio de la corporación, debe efectuar una declaración de actividades, para que la Corporación acuerde la declaración de compatibilidad o incompatibilidad de acuerdo con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

 

Décima.- Incidencias.

El tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se puedan presentar y tomará los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección en todo lo que estas bases no prevén.

 

ANEXO - TEMARIO PARA LAS PRUEBAS

1. Uso de la maquinaria de lavandería

2. Conocimiento de los productos de limpieza.

3. Técnicas de costura

4. Diferentes tejidos

 

Ciutadella de Menorca, 20 de enero de 2020

La presidenta del Patronato

Laura Anglada Seara