Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1334
Ejecución de títulos judiciales 88/2019
D. JESUS ESTEBAN PAVON GARCIA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE PALMA DE MALLORCA.
HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TITULOS JUDICIALES 0000088/2019 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de ANDRES CLEMENTE NUÑEZ contra WORLD-ENG SL, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. Andrés Clemente Núñez con la empresa World-Eng S.L. a fecha de la presente resolución, condenando a ésta a que abone a aquél las cantidades siguientes:
INDEMNIZACIÓN: 4359´68 euros
SALARIOS DE TRAMITACIÓN: 29252´08 euros
RETRIBUCIONES ADEUDADAS POR LA EMPRESA Y OBJETO DE CONDENA: 722´60 euros.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 abierta en la entidad SANTANDER. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
LA MAGISTRADA-JUEZ LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a WORLD-ENG SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tabón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Palma, 16 de octubre de 2019
El/la letrado de la Administración de Justicia
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.