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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Núm. 1243
Convocatoria de subvenciones para desarrollar proyectos de promoción sociocultural destinados a las personas mayores

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Texto

Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones 494792

El Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, hoy, ha acordado:

«1.- Aprobar el expediente de convocatoria pública de subvenciones para desarrollar proyectos de promoción sociocultural destinados a las personas mayores (2020).

2.- Autorizar un gasto de un millón setecientos sesenta mil euros (1.760.000,00 €) que se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Consell de Mallorca de acuerdo con la siguiente distribución:

a) Alquiler de locales sociales (LÍNEA 1)

  • 580.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900

b) Mantenimiento de las entidades (LÍNEA 2)

  • 230.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48901 (gastos corrientes en bienes y servicios)
  • 60.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.78900 (gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable)

c) Actividades socioculturales (LÍNEA 3)

  • 890.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48902

3.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la convocatoria en el BOIB por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones».

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si corresponde, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  

Palma, 05 de febrero de 2020

La consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Presidencia,

M. Teresa Suárez Genovard

  

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL DESTINADOS A LAS PERSONAS MAYORES

1. Régimen jurídico

Esta convocatoria se rige por<A[por|para]> lo que se dispone en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el resto de normativa que sea de aplicación.

Esta convocatoria se efectúa en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, y modificada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión 14 de junio de 2018, BOIB nº. 96 de 4 de agosto de 2018.

2. Crédito presupuestario

Se destina la cantidad de 1.760.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria que se financiará con cargo al presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2020, de acuerdo con la distribución siguiente:

a) Alquiler de locales sociales (LÍNEA 1)

580.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48900

b) Mantenimiento de las entidades (LÍNEA 2)

- 230.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48901 (gastos corrientes en bienes y servicios)

- 60.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.78900 (gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable)

c) Actividades socioculturales (LÍNEA 3)

890.000,00 €. Partida presupuestaria 00.23180.48902

3. Objeto de la convocatoria

3.1 El objeto de esta convocatoria es fijar las condiciones que regulan la concesión de subvenciones destinadas a asociaciones, federaciones de asociaciones y entidades de personas mayores, sin ánimo de lucro, para desarrollar proyectos de promoción sociocultural para potenciar el bienestar (obtener una calidad de vida mejor) del colectivo de las personas mayores.

3.2 Esta convocatoria pretende contribuir con la financiación de gastos siguientes:

LÍNEA 1: alquiler de locales sociales para el periodo comprendido entre el día 1 de julio de 2019 y el día 30 de junio de 2020, ambos incluidos.

Asimismo, se incluyen los gastos relativos al 2T del IRPF de 2019 siempre que se dé el supuesto previsto en el punto decimosexto de esta convocatoria.

LÍNEA 2: mantenimiento de las entidades para el periodo comprendido entre el día 1 de julio de 2019 y el día 30 de junio de 2020, ambos incluidos, relacionado con los gastos corrientes en bienes y servicios: consumo de electricidad, gas y agua, teléfono e internet, mantenimiento de equipos informáticos, gastos de comunidad de propietarios, material de oficina, prensa, seguros de responsabilidad civil y daños, limpieza, comunicaciones postales, tasas y tributos, siempre que el beneficiario de la subvención los abone de manera efectiva, gastos de imprenta para editar folletos, revistas, cartelería, pequeñas reparaciones de los locales y de los equipamientos de la asociación, siempre que no se incremente el valor del inmueble y supongan el mantenimiento del local, etc. En resumen, gastos corrientes en bienes y servicios necesarios para<A[por|para]> el funcionamiento y el ejercicio de las actividades de la asociación y/o entidad.

En el supuesto de que la solicitante sea una federación, también se incluye, dentro de los gastos corrientes en bienes y servicios, el carburante derivado de las tareas de representación y de asistencia a reuniones fuera de la sede de la federación.

Asimismo, se consideran gastos subvencionables los gastos derivados de inversiones: adquisición de mobiliario, electrodomésticos, equipamiento musical, equipos informáticos, equipo de aire acondicionado, etc. En resumen, gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable necesarios para<A[por|para]> el funcionamiento y el ejercicio de las actividades de la asociación y/o entidad, y susceptibles de inclusión en inventario.

LÍNEA 3: actividades socioculturales para el periodo comprendido entre el día 1 de julio de 2019 y el día 30 de junio de 2020, ambos incluidos.

Bloque I: actividades relacionadas con la salud (actividades de gimnasia, baile, yoga, taitxí, pilates, relajación, expresión corporal y psicomotricidad, actividades de estimulación de la memoria)

Bloque II: talleres intergeneracionales

Bloque III: talleres de nuevas tecnologías

Bloque IV: cultura (actividades de dibujo, pintura, fotografía, corales, talleres de teatro y aprendizaje musical)

Bloque V: formación (conferencias de contenido diverso, cursos de idiomas y manualidades)

Bloque VI: ocio y tiempo libre (salidas socioculturales para visitar los espacios y las actividades recogidas en la guía elaborada por la Dirección Insular de Promoción Sociocultural, y otras actividades de ocio y tiempo libre que se realicen en el territorio de Mallorca)

3.3 No se incluyen los gastos relacionados con los comestibles y comidas, y las actividades de rifas, sorteos y loterías.

3.4 Se pueden presentar y subvencionar, como máximo, tres proyectos (uno de alquiler, uno de mantenimiento y uno de actividades socioculturales) por solicitante.

3.5 El máximo que se subvenciona para<A[por|para]> cada actividad que integra el proyecto relativo a línea 3 (actividades socioculturales) y que tenga una temporalización de un día es del 15% del presupuesto global del proyecto correspondiente a esta línea.

4. Finalidades

 Esta convocatoria tiene como finalidad contribuir a financiar los gastos derivados de actividades integrantes de proyectos que tengan como eje principal:

- mejorar la calidad de vida y potenciar la capacidad creativa de las personas mayores.

- fomentar la actividad física para prevenir problemas derivados de la inactividad y la autonomía personal.

- favorecer la integración y la participación social.

- proporcionar un espacio de ocio y de tiempo libre adecuado a sus intereses y expectativas.

- fomentar el asociacionismo y la participación social en el ámbito comunitario.

- permitir que las asociaciones dispongan de un local en condiciones, adecuado a las dimensiones y a las necesidades, donde<A[donde|dónde]> puedan llevar a cabo las iniciativas, los proyectos y los programas destinados a mejorar la calidad de vida de las personas mayores.

5. Régimen de la concesión

El procedimiento de concesión, en el supuesto de ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES DE PERSONAS MAYORES, es el de concurrencia competitiva y las subvenciones se adjudicarán mediante el sistema de prorrateo de manera proporcional en los puntos obtenidos por cada una de las asociaciones y/o entidades de personas mayores.

En el supuesto de FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES, vista la realidad y el mismo funcionamiento de las federaciones, no se aplicará la concurrencia competitiva.

6. Requisitos para solicitar la subvención

6.1 Pueden obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención las asociaciones y/o entidades de personas mayores y las federaciones de asociaciones de personas mayores, sin ánimo de lucro, siempre que:

a) estén legalmente constituidas, adaptadas a la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, e inscritas de forma definitiva en el registro pertinente, el día que acabe el plazo de presentación de solicitudes.

b) el ámbito de actuación sea Mallorca.

c) incluyan entre sus finalidades actuaciones dirigidas a las personas mayores con el objetivo de mejorar la calidad de vida.

d) cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

6.2 En el supuesto de asociaciones y/o entidades que, por el nombre/objeto, no se identifican de forma expresa como asociaciones y/o entidades de tercera edad o de personas mayores, pero que entre las finalidades incluyen actuaciones dirigidas a este colectivo, pueden obtener la condición de persona beneficiaria. No obstante, el importe subvencionable es el que salga de aplicar el porcentaje de número de personas asociadas mayores de 60 años en relación con el total de personas asociadas a la cuantía que resulte de aplicar lo que se establece en el punto duodécimo de esta convocatoria.

6.3 No pueden obtener la condición de beneficiarias las personas o las entidades que se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:

a) Las asociaciones, las entidades y las federaciones de asociaciones que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

b) Las entidades asociativas con una finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar, los colegios profesionales, las asociaciones profesionales, las fundaciones y las cooperativas.

6.4 La acreditación de no incurrir en las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca se hace mediante una declaración responsable.

El cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se acredita mediante las certificaciones acreditativas que se regulan en el artículo 10 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, expedidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de subvención comporta la autorización del solicitante para que el órgano que concede la subvención las obtenga de manera directa. Los solicitantes pueden denegar el consentimiento expresamente; en este caso, tienen que aportar los certificados.

7. Obligaciones de las personas beneficiarias

Además de las obligaciones que se recogen en el artículo 9 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, las personas beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones siguientes:

a) Tienen que disponer de un local donde<A[donde|dónde]> poder llevar a cabo el proyecto subvencionado.

b) A las actividades por las cuales se solicita la subvención tienen que asistir un mínimo del 2% de las personas asociadas, con un mínimo de seis.

c) Los locales sociales que forman el programa subvencionable, en el supuesto de que se solicite la subvención relativa a la línea 1, tienen que permanecer abiertos y activos al servicio de las personas asociadas.

d) En el caso de la adquisición de bienes de naturaleza inventariable, estos se tienen que destinar al fin concreto para el cual se concede la subvención durante un periodo de dos años.

e) Colocar en un lugar<A[lugar|sitio]> visible de la sede de la asociación y/o entidad beneficiaria de la subvención el cartel que figura en el anexo 15 debidamente rellenado con el nombre de las actividades objeto de la subvención.

8. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento

8.1 El órgano instructor es la secretaria técnica del Departamento de Presidencia que desarrolla las actividades de instrucción detalladas en el artículo 18 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca.

8.2 La Comisión Evaluadora está compuesta por<A[por|para]>:

Presidencia

- Carolina Abad Pons, directora insular de Promoción Sociocultural. Suplente: Rosa Cursach Salas, directora insular de Igualdad y Diversidad.

Vocalías

- Maria Monserrat Bennasar, TAG de Promoción Sociocultural. Suplente: Ana María Bou Martín, TAG de Secretaría Técnica del Departamento de Presidencia.

- Aina Isabel Gallego López, TGM de Gestión Económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Presidencia. Suplente: Jerónima María Escanellas Genovard, TGM de Gestión Económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Presidencia.

- Yolanda González Sastre, auxiliar administrativa de Promoción Sociocultural. Suplente: Matilde Marín Arribas, auxiliar administrativa de Promoción Sociocultural.

Secretaría

- Bartolomé Oliver Bennasar, jefe<A[cabeza|cabo|jefe]> de servicio de la Secretaría Técnica del Departamento de Presidencia. Suplente: M. Isabel Alemany Bennàsar, jefa<A[cabeza|cabo|jefe]> de servicio de Servicios Generales de Presidencia.

La comisión puede instar el órgano instructor para que requiera a las asociaciones y a las federaciones solicitantes los informes o las aclaraciones que se consideren convenientes.

8.3 Teniendo en cuenta el expediente y el informe de la Comisión Evaluadora, el órgano instructor formula la propuesta de resolución definitiva.

8.4 El órgano competente para resolver esta convocatoria es el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca.

9. Plazo de presentación de solicitudes

9.1 El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles, contadores a partir del día siguiente de publicarse el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

9.2 Las solicitudes se tienen que dirigir a la Dirección Insular de Promoción Sociocultural y se pueden presentar en cualquier terminal del Registro del Consell de Mallorca. Asimismo, también se pueden presentar en los lugares<A[lugares|sitios]> establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

9.3 Si la solicitud se entrega en un lugar<A[lugar|sitio]> diferente del Consell de Mallorca, el solicitante de la subvención tiene que enviar por fax (971 173 916) o por correo electrónico (promociosociocultural@conselldemallorca.net) la hoja de la solicitud con el sello de entrada dentro de plazo en el Departamento de Presidencia. De la misma manera, si se envía por correo certificado, se tiene que enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos y tiene que constar el envío dentro de plazo.

No obstante, si esta documentación no entra en el Registro General dentro de los diez días naturales siguientes a la finalización<A[finalización|fin]> del plazo de presentación de solicitudes, no se admite en ningún caso.

9.4 Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en esta convocatoria, el órgano instructor tiene que requerir a la persona interesada que lo enmiende en el plazo improrrogable de diez días y tiene que indicarle que, si no lo hace, se considera que ha desistido de la solicitud, con la resolución previa expresa, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

9.5 Las solicitudes presentadas fuera del plazo mencionado en el apartado 9.1 no se admiten en esta convocatoria.

10. Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para resolver el procedimiento y para notificarlo es de seis meses desde el día en que se publica la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

El vencimiento del plazo establecido en el párrafo anterior sin que se haya notificado la resolución legitima a las personas interesadas en entender desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de concesión de las subvenciones.

11. Documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud

11.1 Las solicitudes se tienen que formalizar mediante los modelos anexos y tienen que contener los datos necesarios para identificar la entidad solicitante y la persona que la representa. Estos modelos anexos están al alcance de las personas interesadas en la dirección https://seu.conselldemallorca.net.

11.2 La documentación que se tiene que presentar con la solicitud es la siguiente:

  1. Modelo de solicitud (anexo 1).

  2. Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI, NIF o NIE de la persona representante legal que la firma.

  3. Copia de los estatutos vigentes de la asociación, de la entidad o de la federación con la resolución de la inscripción al Registro de Entidades Jurídicas del Gobierno de las Illes Balears y/o en otros registros de administraciones públicas, cuando<A[cuando|cuándo]> corresponda, y, si procede<A[pega|ocurre]>, modificados, según se establece en Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.

  4. Memoria descriptiva del proyecto por el cual se solicita la subvención y en la cual se tiene que especificar, como mínimo, los puntos siguientes: descripción, objetivos que se pretenden conseguir con la realización del proyecto, colectivo en el cual se dirige, medios necesarios para llevar a cabo el proyecto, temporalización, previsión de participación, presupuesto detallado orientativo de ingresos y de gastos (modelo anexo 2).

  5. Documentación acreditativa de la representación en virtud de la cual actúa la persona firmante de la solicitud. Se puede acreditar con un certificado de nombramiento y de vigencia del cargo, con una fecha posterior a la de publicación de la convocatoria (anexo 3).

  6. Número actualizado de personas asociadas mediante la certificación de la secretaría de la asociación o de la entidad (anexo 4) y en el cual se tiene que indicar cuántas son mayores de sesenta años. En el caso de las federaciones de asociaciones, el certificado de la secretaría en el cual se acredita el número de asociaciones que forman parte de la federación y la denominación.

El Servicio de Promoción Sociocultural se reserva la facultad de pedir a las entidades solicitantes de subvención, en cualquier momento de la tramitación, el acceso al libro de registro de personas asociadas, para verificar el número de personas declaradas en la solicitud.

  1. Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente o de la libreta en que se tiene que ingresar el importe de la subvención (anexo 5).

  2. Acreditación de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca para obtener la condición de persona beneficiaria. Esta acreditación se tiene que hacer de acuerdo con lo que se establece en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, es decir, mediante un testigo<A[testigo|testimonio]> judicial o certificado administrativo y, si la autoridad competente no lo puede hacer, se puede sustituir por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o un notario público (en el caso de la declaración responsable, ante una autoridad administrativa, se tiene que utilizar el modelo del anexo 6 de esta convocatoria).

  3. Declaración de no haber pedido ninguna otra ayuda o subvención por<A[por|para]> el mismo concepto y, si procede<A[pega|ocurre]>, una relación de las subvenciones y ayudas solicitadas o concedidas, con la indicación de los importes y de las entidades subvencionadoras (anexo 7). En caso de que, durante la instrucción del procedimiento, previamente a la propuesta de concesión, la entidad tenga conocimiento de la concesión de alguna subvención, lo tiene que comunicar tan pronto como sea posible al órgano instructor.

  4. Declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (anexo 8).

  5. Copia del contrato, en vigor, del alquiler del local social, firmado por la persona arrendadora y por la persona arrendataria, en el supuesto de que se solicite la subvención relativa a la línea 1.

  6. Declaración responsable de las actividades, integrantes o no del proyecto por el cual se solicita la subvención, que la asociación llevará a cabo durante el periodo subvencionable (anexo 9).

  7. Documentación acreditativa de la composición de la junta directiva (anexo 10)

  8. Solicitud, si procede<A[pega|ocurre]>, de concesión de anticipo<A[adelanto|anticipo]> una vez resuelto el expediente de concesión (anexo 11).

En el supuesto de que los documentos exigidos estén en poder del Departamento de Presidencia, la persona solicitante se puede acoger a lo que se establece en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y la dependencia en qué se presentaron y cuando<A[cuando|cuándo]> no hayan transcurrido más de cinco años desde que acabó el procedimiento.

12. Importe de las subvenciones y criterios de valoración de las solicitudes

12.1 La cuantía que se otorga y los importes máximos con los cuales se pueden subvencionar los proyectos presentados por FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES son los siguientes:

LÍNEA 1. ALQUILER DEL LOCAL SOCIAL

El equivalente al importe de la renta del local que las federaciones tengan contratada y que constituya la sede social de la federación solicitante.

Si el importe establecido en el apartado segundo de esta convocatoria no es suficiente para el total de solicitudes, se tiene que reducir el importe de la subvención a todas las federaciones de forma proporcional, de manera que el porcentaje que tienen que percibir sea equivalente al porcentaje inicial calculado sobre el importe total de las subvenciones solicitadas, para cada una de las solicitudes, teniendo en cuenta el límite que se establece para cada beneficiario: 14.400,00 €, IVA incluido, por solicitante.

LÍNEA 2. MANTENIMIENTO DE LA FEDERACIÓN

Son susceptibles de recibir la subvención las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.

Si el presupuesto establecido en el apartado segundo de esta convocatoria no es suficiente para subvencionar todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, se tiene que reducir el importe de la subvención a todas las federaciones de forma proporcional, de manera que el porcentaje que tienen que percibir sea equivalente al porcentaje inicial calculado sobre el importe total de las subvenciones solicitadas, para cada una de las solicitudes, teniendo en cuenta el límite que a continuación se establece para cada beneficiario: 6.200,00 €, IVA incluido, por solicitante, por gastos corrientes en bienes y servicios. En el supuesto de que se presupuesten gastos de carburante, sólo se podrá imputar en cargo a la subvención concedida hasta un máximo de 2.000,00 euros, IVA incluido.

LÍNEA 3. ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES

Son susceptibles de recibir la subvención las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.

Si el presupuesto establecido en el apartado segundo de esta convocatoria no es suficiente para subvencionar todas las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, se tiene que reducir el importe de la subvención a todas las federaciones de forma proporcional, de manera que el porcentaje que tienen que percibir sea equivalente al porcentaje inicial calculado sobre el importe total de las subvenciones solicitadas, para cada una de las solicitudes, teniendo en cuenta el límite que a continuación se establece para cada beneficiario: 4.800,00 €, IVA incluido, por solicitante.

12.2 Son criterios básicos para otorgar las subvenciones a ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES:

LÍNEA 1. ALQUILER DEL LOCAL SOCIAL. Hasta un máximo de 11 puntos

1. Número de socios o socias de la asociación (máximo 4 puntos)

- Hasta            100 socios o socias               1,75 puntos

- De                 101 a 200 socios o socias     2,50 puntos

- De                 201 a 300 socios o socias     3,00 puntos

- De                 301 a 400 socios o socias     3,25 puntos

- De                 401 a 500 socios o socias     3,50 puntos

- De                 501 a 600 socios o socias     3,75 puntos

- Más de         600 socios o socias               4,00 puntos

2. Continuidad del proyecto: se valorará la capacidad de la asociación para llevar a cabo de manera completa los proyectos subvencionados (máximo 3 puntos).

- La puntuación que se otorga a las asociaciones es<A[es|está]> en función del porcentaje justificado correctamente por este mismo concepto en la convocatoria del año 2019.

3. Desarrollo de actividades (máximo 1 punto)

- Se otorga 1 punto a las asociaciones que llevan a cabo, en el local social objeto de la subvención, actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloques I a V, de esta convocatoria.

- Se otorgan 0,25 puntos a las asociaciones no incluidas en el supuesto anterior, pero que llevan a cabo actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloque VI, de esta convocatoria.

4. Consecución de la igualdad de género. Artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (3 puntos)

- una puntuación equivalente al porcentaje, sobre el total, de mujeres beneficiarias del proyecto, con un máximo de un punto.

- una puntuación equivalente al porcentaje, sobre el total, de mujeres con cargos directivos de la entidad solicitante, con un máximo de un punto.

- un punto si en la documentación, materiales y actividades se utiliza un lenguaje no sexista, valores de igualdad y pluralidad de roles.

LÍNEA 2. MANTENIMIENTO DE LA ASOCIACIÓN. Hasta un máximo de 11 puntos

1. Número de socios o socias de la asociación (máximo 4 puntos)

- Hasta            100 socios o socias               1,75 puntos

- De                 101 a 200 socios o socias     2,50 puntos

- De                 201 a 300 socios o socias     3,00 puntos

- De                 301 a 400 socios o socias     3,25 puntos

- De                 401 a 500 socios o socias     3,50 puntos

- De                 501 a 600 socios o socias     3,75 puntos

- Más de         600 socios o socias               4,00 puntos

2. Continuidad del proyecto: se valorará la capacidad de la asociación para llevar a cabo de manera completa los proyectos subvencionados (máximo 3 puntos).

- La puntuación que se otorga a las asociaciones es<A[es|está]> en función del porcentaje justificado correctamente por este mismo concepto en la convocatoria del año 2019.

3. Desarrollo de actividades (máximo 1 punto)

- Se otorga 1 punto a las asociaciones que llevan a cabo, en el local social objeto de la subvención, actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloques I a V, de esta convocatoria.

- Se otorgan 0,25 puntos a las asociaciones no incluidas en el supuesto anterior, pero que llevan a cabo actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloque VI, de esta convocatoria.

4. Consecución de la igualdad de género. Artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (3 puntos)

- una puntuación equivalente al porcentaje, sobre el total, de mujeres beneficiarias del proyecto, con un máximo de un punto.

- una puntuación equivalente al porcentaje, sobre el total, de mujeres con cargos directivos de la entidad solicitante, con un máximo de un punto.

- un punto si en la documentación, materiales y actividades se utiliza un lenguaje no sexista, valores de igualdad y pluralidad de roles.

LÍNEA 3. ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES. Hasta un máximo de 11 puntos

1. Número de socios o socias de la asociación (máximo 4 puntos)

- Hasta            100 socios o socias               1,75 puntos

- De                 101 a 200 socios o socias     2,50 puntos

- De                 201 a 300 socios o socias     3,00 puntos

- De                 301 a 400 socios o socias     3,25 puntos

- De                 401 a 500 socios o socias     3,50 puntos

- De                 501 a 600 socios o socias     3,75 puntos

- Más de         600 socios o socias               4,00 puntos

2. Continuidad del proyecto: se valorará la capacidad de la asociación para llevar a cabo de manera completa los proyectos subvencionados (máximo 3 puntos).

- La puntuación que se otorga a las asociaciones es<A[es|está]> en función del porcentaje justificado correctamente por este mismo concepto en la convocatoria del año 2019.

3. Desarrollo de actividades (máximo 1 punto)

- Se otorga 1 punto a las asociaciones que llevan a cabo, en el local social objeto de la subvención, actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloques I a V, de esta convocatoria.

- Se otorgan 0,25 puntos a las asociaciones no incluidas en el supuesto anterior, pero que llevan a cabo actividades previstas en algunos de los apartados de la base 1.2, bloque VI, de esta convocatoria.

4. Consecución de la igualdad de género. Artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (3 puntos)

- una puntuación equivalente al porcentaje, sobre el total, de mujeres beneficiarias del proyecto, con un máximo de un punto.

- una puntuación equivalente al porcentaje, sobre el total, de mujeres en cargos directivos de la entidad solicitante, con un máximo de un punto.

- un punto si en la documentación, materiales y actividades se utiliza un lenguaje no sexista, valores de igualdad y pluralidad de roles.

12.3 El importe de la subvención que recibe cada solicitud de ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES para cada una de las líneas se calcula una vez determinado el importe que reciben las solicitudes de las federaciones de asociaciones de personas mayores, de la manera siguiente:

Is = [(T x Ps)/ PT]

Is = Importe de la subvención que recibe cada solicitud.

T = Crédito presupuestario establecido en la convocatoria, para cada una de las líneas, deducido el importe que reciben las solicitudes de las federaciones de asociaciones de personas mayores.

Ps = Puntuación de la solicitud que se valora para cada una de las líneas.

PT = Suma de las puntuaciones de todas las solicitudes para cada una de las líneas.

En ningún caso el importe resultante puede ser superior a la cantidad solicitada ni a los importes máximos establecidos para cada una de las líneas. Se limitará el importe de la subvención que se tiene que conceder si el importe de subvención que se solicita es inferior a la cuantía resultante de la fórmula anterior o si se superan los importes máximos establecidos para cada una de las líneas:   

LÍNEA 1. ALQUILER DEL LOCAL SOCIAL: 14.400,00 euros, IVA incluido, por solicitante.

LÍNEA 2. MANTENIMIENTO DE LA ASOCIACIÓN: 1.800,00 euros, IVA incluido, por solicitante, de los cuales, como máximo, 1000,00 euros, IVA incluido, pueden ser para<A[por|para]> gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable.

LÍNEA 3. ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES: 6.000,00 euros, IVA incluido, por solicitante. En el supuesto de asociaciones y/o entidades que tengan, entre las personas asociadas, personas con una discapacidad auditiva y contraten los servicios de un intérprete de lenguaje de signos para un buen desarrollo de las actividades, el importe máximo es de 6.600,00 euros.

El crédito sobrante derivado de las limitaciones mencionadas en los párrafos anteriores se repartirá proporcionalmente según la puntuación obtenida entre los otros beneficiarios cuyas solicitudes no hayan llegado al importe de la subvención sin rebasar los límites establecidos. Se limitará el importe de la subvención que se tiene que conceder, si el importe de la subvención que se solicita es inferior a la cuantía resultante de la fórmula anterior o si se superan los importes máximos establecidos para cada una de las líneas.

12.4 En caso que haya remanente en alguna de las líneas de subvención y que, en alguna, el presupuesto establecido en el apartado segundo de esta convocatoria, deducido el importe que reciben las solicitudes de las federaciones de asociaciones, no sea suficiente para otorgar el importe de la subvención, se incrementarán las líneas a las cuales les falta<A[falla|falta]> presupuesto de acuerdo con las especificaciones siguientes:

- Si hay remanente en más de una línea de subvención, se tiene que traspasar, en primer lugar, el crédito de la línea que tenga el remanente más alto. Si una vez traspasado el crédito, todavía hay alguna línea con remanente, se tiene que actuar de acuerdo con lo que se establece en el apartado 12.5 de esta convocatoria.

- Si hay remanente en todas las líneas de subvención se tiene que actuar de acuerdo con el apartado 12.5 de esta convocatoria.

- Si hay más de una línea deficitaria, se dará prioridad a las actividades socioculturales; en segundo lugar, al mantenimiento de la entidad y, en último lugar, al alquiler del local social.

12.5 Para potenciar que se lleve a cabo un determinado tipo de actividades, en el supuesto de que, una vez finalizado el proceso descrito en los apartados 12.3 y 12.4 de esta convocatoria, haya remanente en alguna de las líneas, se otorgará, siempre con la limitación de la cantidad solicitada y de los importes máximos establecidos para cada una de las líneas en el apartado 12.3 de esta convocatoria, a cada asociación de personas mayores, un máximo del 70% de la cantidad solicitada en función de los porcentajes siguientes:

- Un 5% por actividad, con un máximo del 20%, si llevan a cabo actividades relacionadas con la salud (bloque I de la base 1.2).

- Un 10% si llevan a cabo talleres intergeneracionales (bloque II de la base 1.2).

- Un 10% si llevan a cabo talleres de nuevas tecnologías (bloque III de la base 1.2).

- Un 10% por actividad, con un máximo del 20%, si llevan a cabo actividades relacionadas con la cultura (bloque IV de la base 1.2).

- Un 5% por actividad, con un máximo del 10%, si llevan a cabo actividades de formación (bloque V de la base 1.2).

Cada remanente se distribuirá entre las solicitudes de la línea que dispone de remanente.

Si los remanentes no son suficientes para cubrir las cantidades resultantes de aplicar los porcentajes anteriores, estas cantidades se tienen que reducir a todas las asociaciones de forma proporcional de acuerdo con la fórmula siguiente:

I = [(R x Q)/S]

I = Importe que recibe cada solicitud.

R = Remanente para repartir.

Q = Cantidad resultante de aplicar los porcentajes a cada solicitud.

S = Suma total de las cantidades resultantes.

12.6 Si, una vez finalizado el proceso descrito en el punto anterior, todavía hay remanente, este se devolverá a la partida presupuestaria correspondiente.

12.7 No obstante lo que se establece en este punto duodécimo, se exceptúa de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas por las asociaciones y/o entidades que reúnan los requisitos establecidos, cuando<A[cuando|cuándo]> el crédito consignado para cada línea en la convocatoria, deducido el importe que reciben las solicitudes de las federaciones de asociaciones, sea suficiente, atendiendo el número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.

12.8 El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso puede ser de una cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de entidades privadas, supere el coste de la actividad que tiene que desarrollar la entidad beneficiaria.

12.9 Las actividades subvencionadas integrantes de proyectos presentados por las federaciones no pueden coincidir con las actividades subvencionadas integrantes de proyectos presentados por las asociaciones que forman parte de la federación.

13. Forma, plazos y condiciones para el pago de las subvenciones

El pago de las subvenciones se hace, con carácter general, una vez justificado el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la finalidad para la cual se concedieron.

Se pierde el derecho a cobrar totalmente o parcialmente la subvención en el caso que falte la justificación o que se dé alguna de las causas de reintegro previstas en la legislación vigente.

Se podrá hacer n anticipo<A[adelanto|anticipo]> del 50% del importe concedido en las líneas 1, 2 y 3, sin la necesidad de constituir garantía. No obstante, si el importe del anticipo<A[adelanto|anticipo]> supera los 5.000 €, la persona interesada está obligada a acreditar su solvencia económica y financiera, mediante un informe positivo de una entidad bancaria, tal como se establece en el artículo 52.3 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

El importe restante de la subvención se abonará a medida que se vayan presentando los justificantes correspondientes en los términos que se señalan en el punto decimoquinto de esta convocatoria y siempre que se haya justificado la totalidad del gasto que representa el importe del anticipo<A[adelanto|anticipo]>.

Por otra parte, dado que las subvenciones de esta convocatoria tienen por objeto los proyectos que se describen en el punto tercero y cuarto de esta convocatoria, sin entrar a determinar qué tipo de gasto concreto del presupuesto se imputa a la subvención, se permite que los gastos subvencionables de los proyectos se puedan compensar entre ellos.

Si el gasto justificado es inferior al proyecto presentado, se reduce proporcionalmente la subvención concedida.

14. Documentación necesaria para justificar el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de la finalidad de la subvención y la aplicación de los fondos percibidos

Las personas beneficiarias tienen que justificar documentalmente, hasta día 31 de julio de 2020 (incluido), la aplicación de los fondos percibidos mediante la cuenta justificativa del gasto realizado con la aportación de justificantes, que tiene que incluir la documentación siguiente:

  1. Una memoria de actuaciones justificativa de las actividades realizadas, los resultados obtenidos y el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, incluida la de la publicidad de la subvención, firmada por la persona beneficiaria.

  2. Una memoria económica (anexo 12) justificativa del coste de los gastos realizados, que tiene que contener, además de lo que se prevé en el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, la documentación siguiente:

Si se aportan facturas con retención del IRPF al prestador<A[prestador|prestamista]> del servicio, se tiene que presentar, junto con la factura, el modelo 111 y la documentación que justifica el pago del impuesto. Si no se aporta el modelo 111, únicamente se entiende justificado el importe de la factura con la deducción de la cuantía del IRPF.

Para justificar el coste bruto<A[sucio|bruto]> de los gastos de personal, se tienen que aportar las nóminas, los documentos TC1 y TC2, el modelo 111 y la documentación acreditativa del coste patronal de la persona trabajadora, con los justificantes de los pagos correspondientes.

Si únicamente se aportan las nóminas y los justificantes del pago, se entiende justificada la cuantía correspondiente al líquido de las nóminas.

En caso de que se tengan que devolver las facturas o los justificantes originales, a petición de la persona beneficiaria, se tiene que reflejar con un sello la fecha de concesión de la subvención así como el importe del justificante que se imputa a la subvención.

Asimismo, las facturas tienen que contener los requisitos establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por<A[por|para]> el cual se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, y sólo se admitirán duplicados de las facturas en los supuestos establecidos en el artículo 14 de este RD. Por lo tanto, no se considera justificado el pago con facturas que contengan la expresión “copia”.

  1. Una declaración responsable sobre la realización del proyecto subvencionado, de los ingresos y de los gastos (anexo 13).

  2. Una declaración responsable de no ser deudor por<A[por|para]> una resolución de reintegro de subvenciones (anexo 14).

  3. En el supuesto de que se presupuesten gastos de carburante, se tiene que presentar una relación detallada del kilometraje efectuado en que conste el motivo del desplazamiento, la fecha, el destino y el número de kilómetros. Se tiene que tener en cuenta que el origen es la sede de la federación.

  4. Documentación acreditativa de la difusión, por parte de la persona beneficiaria, de la subvención concedida (artículo 15 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca). Así, las medidas de difusión tienen que consistir en la inclusión de la imagen institucional del Consell de Mallorca en carteles, materiales imprimidos, medios electrónicos, y demás material necesario para<A[por|para]> la realización del proyecto, junto con la inscripción siguiente: «Colabora: Consell Insular de Mallorca».

15. Documentación acreditativa del pago de los gastos justificados

La documentación acreditativa de los pagos presentados para justificar la subvención se detalla en el artículo 48 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, en función de la forma en que se ha hecho el pago.

16. Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables los gastos que, de manera indudable, responden a la naturaleza de la actividad subvencionada y se efectúan desde el día 1 de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2020, ambos incluidos.

LÍNEA 1: las actividades justificadas y la fecha de los justificantes tienen que corresponder al periodo que comprende desde el 1 de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2020, ambos incluidos. También se entiende gasto subvencionable el IRPF correspondiente al segundo trimestre del año 2019, siempre que se acredite que la persona beneficiaria ya lo fue en la subvención aprobada por acuerdo de Consejo Ejecutivo de 5 de diciembre de 2018 y que los gastos que se presentan no han sido presentados para justificar ninguna subvención anterior a esta.

LÍNEA 2 y 3: las actividades justificadas y la fecha de los justificantes tienen que corresponder al periodo que comprende desde el 1 de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2020, ambos incluidos.

Asimismo, se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado antes de que acabe el periodo de justificación establecido en el punto decimocuarto de esta convocatoria, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 44 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables puede ser superior al valor de mercado.

17. Protección de datos

La información y los datos declarados en las solicitudes de subvención de esta convocatoria están amparados por lo que prevé el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, general de protección de datos (RGPD).

18. Inspección

El Consell Insular de Mallorca puede inspeccionar las actividades que haya subvencionado, sin perjuicio de las competencias que puedan corresponder, por normativa legal o reglamentaria, a otros organismos o instituciones.

19. Régimen de recursos

El acuerdo de la aprobación de la convocatoria y de la concesión no pone fin a la vía administrativa. Podéis interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contador a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

20. Medio de publicación

Esta convocatoria y las subvenciones que se conceden como consecuencia de esta se publican en extracto en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y a través de la web del Consell de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

  

ANEXO 1

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE PROMOCIÓN SOCIOCULTURAL DESTINADOS A LAS PERSONAS MAYORES (2020)

Datos de la persona solicitante:

Nombre o razón social:

CIF:

Domicilio

Calle o plaza:                                                                                                    nº.

Localidad:                                                                                                            CP:

Teléfono:                                                                           Fax:

Datos del/ de la representante legal:

Nombre y Apellidos:

DNI/NIE:

Teléfono:

Calidad/condición de su representación:

EXPONE

Que enterado/a de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos de promoción sociocultural destinados a las personas mayores (2020)

SOLICITA

1. Una subvención económica por<A[por|para]> la cantidad de ______________________________ euros

para<A[para|por]> el proyecto (LÍNEA 1 alquiler local social).

2. Una subvención económica por<A[por|para]> la cantidad de ______________________________ euros

para<A[para|por]> el proyecto (LÍNEA 2 gastos corrientes en bienes y servicios).

3. Una subvención económica por<A[por|para]> la cantidad de ______________________________ euros

para<A[para|por]> el proyecto (LÍNEA 2 gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable)

4. Una subvención económica por<A[por|para]> la cantidad de ______________________________ euros

para<A[para|por]> el proyecto (LÍNEA 3 actividades socioculturales).

Y declaro bajo mi responsabilidad que todos los datos contenidos en esta solicitud y en la documentación que se adjunta son ciertos y que acepta las normas de la convocatoria, por<A[por|para]> lo cual facilitará toda la información y documentación necesaria para favorecer su tramitación.

(Firma del representante legal)

__________________________, ________ d __________________________ de 202___

CONSEJERA<A[CONSEJERA|CONSELLERA]> EJECUTIVA DE PRESIDENCIA DEL CONSELL DE MALLORCA

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

NOMBRE DE LA ENTIDAD

 

DOMICILIO SOCIAL

CALLE

Nº.

C. P

POBLACIÓN

MUNICIPIO

DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES

CALLE

NÚM

C. P

POBLACIÓN

MUNICIPIO

NÚMERO REGISTRO ASOCIACIONES DE LA CAIB

 

C.I.F

 

TELÉFONO DE LA ENTIDAD

FAX

E-MAIL (CORREO ELECTRÓNICO)

 

AÑO DE CONSTITUCIÓN

 

NOMBRE DEL PRESIDENTE/A DE LA ENTIDAD

 

TELÉFONO DEL PRESIDENTE/A DE LA ENTIDAD

FIJO

MÓVIL

PERSONA DE CONTACTO

 

TELÉFONO DE LA PERSONA DE CONTACTO

FIJO

MÓVIL

  

 

ANEXO 2

2.1 PROYECTO POR EL CUAL SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN

a) ALQUILER

DESCRIPCIÓN breve del proyecto

 

 

 

OBJETIVOS que se persiguen

 

 

 

COLECTIVO a quien va dirigido el proyecto

 

 

 

MEDIOS necesarios para llevar a cabo el proyecto (descripción de los gastos previstos)

 

 

 

 

TEMPORALIZACIÓN

 

 

 

PREVISIÓN DE PARTICIPACIÓN (personas asociadas que se ven beneficiadas)

 

 

 

OTROS

 

b) MANTENIMIENTO

DESCRIPCIÓN breve del proyecto

 

 

 

OBJETIVOS que se persiguen

 

 

 

COLECTIVO a quien va dirigido el proyecto

 

 

 

MEDIOS necesarios para llevar a cabo el proyecto (descripción de los gastos previstos)

 

 

 

TEMPORALIZACIÓN

 

 

 

PREVISIÓN DE PARTICIPACIÓN (personas asociadas que se ven beneficiadas)

 

 

 

OTROS

 

c) ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES **

Actividad para<A[por|para]> la cual se solicitado subvención (título):

DESCRIPCIÓN de la actividad:

 

 

OBJETIVOS que se persiguen:

 

 

COLECTIVO a quien va dirigido el proyecto:

 

 

MEDIOS necesarios para llevar a cabo el proyecto (descripción de los gastos previstos):

 

 

TEMPORALIZACIÓN (horario y duración de la actividad):

 

 

PREVISIÓN DE PARTICIPACIÓN:

 

 

OTROS:

 

 

** se tiene que rellenar una ficha para cada actividad que se solicite subvención

2.2 PRESUPUESTO

a) PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS ALQUILER

GASTOS PREVISTOS

 

BASE IMPONIBLE

IVA

RETENCIÓN IRPF

TOTAL MENSUAL

JULIO 2019

 

 

 

 

AGOSTO 2019

 

 

 

 

SEPTIEMBRE 2019

 

 

 

 

OCTUBRE 2019

 

 

 

 

NOVIEMBRE 2019

 

 

 

 

DICIEMBRE 2019

 

 

 

 

ENERO 2020

 

 

 

 

FEBRERO 2020

 

 

 

 

MARZO 2020

 

 

 

 

ABRIL 2020

 

 

 

 

MAYO 2019

 

 

 

 

JUNIO 2020

 

 

 

 

 

IRPF 2 T 2019 (abril, mayo y junio)

 

 

TOTAL GASTOS

 

En relación al 2T del IRPF del año 2019, declaro que la asociación que represento ya fue beneficiaria de la subvención aprobada por acuerdo de Consejo Ejecutivo de fecha 5 de diciembre de 2018 y que los gastos que se presentan no han sido presentados para justificar ninguna subvención anterior a la presente.

 

INGRESOS PREVISTOS

que se puedan imputar a la actividad para la cual se solicita la subvención

IMPORTE

Subvención Consell de Mallorca

 

Otros (identificación)

 

TOTAL INGRESOS

 

b.1) PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS MANTENIMIENTO (gastos corrientes en bienes y servicios)

GASTOS PREVISTOS

IMPORTE

Suministros de electricidad y gas

 

Suministro de agua

 

Consumo telefónico e internet

 

Mantenimiento equipos informáticos

 

 Gastos de comunidad de propietarios

 

Seguros de responsabilidad civil y daños

 

Material de oficina e informático

 

Gastos de imprenta

 

Gastos de limpieza del local

 

Prensa y libros

 

Pequeñas reparaciones del local y de los equipamientos de la entidad siempre que no se incremente el valor del inmueble y supongan el mantenimiento del local

 

Tributos y Tasas

 

Comunicaciones postales

 

Cartelería

 

Otros (indicad cuáles)

 

Carburante (sólo para las federaciones)

 

TOTAL GASTOS

 

 

INGRESOS PREVISTOS

que se puedan imputar a la actividad para la cual se solicita la subvención

IMPORTE

Subvención Consell de Mallorca

 

Otros (identificación)

 

TOTAL INGRESOS

 

b.2) PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS MANTENIMIENTO (gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable)

GASTOS PREVISTOS

IMPORTE

Adquisición de equipos informáticos y equipamiento musical

 

Adquisición de electrodomésticos

 

Adquisición de mobiliario

 

Adquisición de equipo de aire acondicionado

 

TOTAL GASTOS

 

 

INGRESOS PREVISTOS

que se puedan imputar a la actividad para la cual se solicita la subvención

IMPORTE

Subvención Consell de Mallorca

 

Otros (identificación)

 

TOTAL INGRESOS

 

c) PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES

GASTOS PREVISTOS

IMPORTE

 

GIMNASIA

 

 

BAILE

 

 

YOGA

 

ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA SALUD

TAIXÍ

 

 

PILATES

 

 

ESTIMULACIÓN MEMORIA

 

 

EXPRESIÓN CORPORAL

 

 

RELAJACIÓN Y PSICOMOTRICIDAD

 

TALLERES INTERGENERACIONALES

 

TALLERES DE NUEVAS TECNOLOGÍAS

 

 

DIBUJO

 

 

PINTURA

 

CULTURA

FOTOGRAFÍA

 

 

TALLERES DE TEATRO

 

 

APRENDIZAJE MUSICAL

 

 

CORALES

 

FORMACIÓN

CONFERENCIAS

 

CURSOS DE IDIOMAS

 

MANUALIDADES

 

OCIO Y TIEMPO LIBRE

SALIDAS SOCIOCULTURALES

 

OTRAS ACTIVIDADES de ocio y tiempo libre (identificad cuáles)

 

 

INGRESOS PREVISTOS

que se puedan imputar a la actividad para la cual se solicita la subvención

IMPORTE

Subvención Consell de Mallorca

 

Otros (identificación)

 

TOTAL INGRESOS

 

(Firma del representante legal

 

__________________________, ________ de __________________________ de 202___

  

 

 

​​​​​​​ANEXO 3

ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN EN VIRTUD DE LA CUAL ACTÚA LA PERSONA FIRMANTE DE LA SOLICITUD

[Nombre y apellidos] ________________________________________, con DNI _________, secretario/aria de la asociación/federación _______________________________, con CIF ___________________

CERTIFICO

Que en la reunión de día ________ de __________________________ de 20___ de _____________________ [indicáis el órgano que tomó el acuerdo] se acordó el nombramiento, que todavía continúa vigente, de _________________________________, con DNI ____________________, como _________________________________ de la entidad ________________________________________________________, y que, por lo tanto, es la persona autorizada para hacer las solicitudes y las tramitaciones de subvenciones.

Y, para que conste a los efectos oportunos, expido este certificado.

______________, _____ de _________________________ de 202__

​​​​​​​

[Firma]                       [Sello]                                                  Visto bueno

                                                                                                La presidencia

  

 

 

ANEXO 4

ACREDITACIÓN DEL NÚMERO DE PERSONAS ASOCIADAS

[Nombre y apellidos] __________________________________, con DNI _______________, secretario/aria de la asociación/federación _________________________________, con CIF ________________________________

CERTIFICO

Que el número de personas asociadas inscritas a día de la fecha del presente certificado es de _______________, _________ hombres y _________ mujeres, de los cuales ___________ son mayores de 60 años.

Que el número de asociaciones que forman parte de la federación es ______________________, según el detalle siguiente:

  1. ____________

  2. ____________

  3. ____________

  4. ____________

Y, para que conste a los efectos oportunos, expido este certificado.

______________, _____ de _________________________ de 202__

 

[Firma]                       [Sello]                                                  Visto bueno

                                                                                                La presidencia

  

 

​​​​​​​ANEXO 5

SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS

DATOS DEL PERCEPTOR:

NIF DEL PERCEPTOR

 

 

APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL

 

DIRECCIÓN

 

LOCALIDAD

CÓDIGO POSTAL

PROVINCIA

 

 

 

TELÉFONO

FAX

 

 

 

 

DATOS BANCARIOS:

ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL

BIC

 

 

IBAN

BANCO

OFICINA

CUENTA Nº.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la c/c o a la libreta abierta a nombre mío.

 

Palma, .......................................

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE LA ENTIDAD BANCARIA

Estos datos coinciden con los que constan en esta oficina.

El/La director/a - El /La delegado /da                                                       El/La perceptor/a

​​​​​​​

Firmado: ..........................

(Sello de la Entidad bancaria)

La información y los datos declarados en las solicitudes de subvención de la convocatoria están amparados por lo que prevé el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, general de protección de datos (RGPD).

  

 

​​​​​​​ANEXO 6

DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 8 DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CONSELL DE MALLORCA

[Nombre y apellidos] _________________________________, titular del DNI ____________, como representante legal de la entidad ______________________________________, con CIF _____________________

DECLARO

Que la entidad mencionada no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, y modificada por acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca, en la sesión de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018), para obtener la condición de persona beneficiaria de una subvención.

[Firma del representante legal]

                                                He tomado nota

                                               La secretaria técnica del Departamento de Presidencia

                                               Inmaculada Borrás Salas

 

________, __________de_______________ de 202_____

 

 

​​​​​​​ANEXO 7

DECLARACIÓN DE NO HABER PEDIDO NINGUNA OTRA AYUDA O SUBVENCIÓN POR<A[POR|PARA]> EL MISMO CONCEPTO; SI PROCEDE<A[PEGA|OCURRE]>, RELACIÓN DE SUBVENCIONES Y AYUDAS SOLICITADAS O CONCEDIDAS E INDICACIÓN DE LOS IMPORTES Y DE LAS ENTIDADES SUBVENCIONADORAS.

Datos de la persona solicitante:

Nombre o razón social:

CIF:

Domicilio

Calle o plaza:                                                                                                    nº.

Localidad:                                                                                                            CP:

Teléfono:                                                                           Fax:

Datos del la persona representante:

Nombre y Apellidos:

DNI/NIE:

Teléfono:

Representada por la persona física antes mencionada, que actúa en calidad de:

DECLARO bajo mi responsabilidad

□ Que la entidad no ha pedido ni ha recibido ningún otro apoyo<A[apoyo|soporte]>, ayuda o subvención para el proyecto presentado.

□ Que la entidad ha pedido o ha recibido para el proyecto las ayudas o las subvenciones que se detallan a continuación:

a) Entidad subvencionadora:

Importe de la ayuda o de la subvención:

Marcad con una X la casilla correspondiente

No resuelta

Denegada

Concedida y no recibida

Recibida

b) Entidad subvencionadora:

Importe de la ayuda o de la subvención:

Marcad con una X la casilla correspondiente

No resuelta

Denegada

Concedida y no recibida

Recibida

(Firma del representante legal)

 

_________________________, ________ de __________________________ de 202___

  

 

​​​​​​​ANEXO 8

DECLARACIÓN RESPONSABLE de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de día 22 de agosto de 2016)

[Nombre y apellidos] _____________________________, con DNI __________________, como representante legal de la entidad ______________________________________________, con CIF _________________________

DECLARO

Que, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de 22 de agosto de 2016), la entidad mencionada no ha sido sancionada o condenada en los tres años últimos por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género y que no ha sido sancionada por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.

[Firma del representante legal]

 

__________________________, ________ de __________________________ de 202___

  

 

ANEXO 9

________________________________, con DNI ___________________________, en nombre y representación de la Asociación __________________________________, con CIF ____________________________, declaro que las actividades, integrantes o no del proyecto por el cual se solicita subvención, que la Asociación lleva a cabo durante el periodo subvencionable son las siguientes:

ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA SALUD

□ GIMNASIA

□ BAILE

□ YOGA

□ TAIXÍ

□ PILATES

□ ESTIMULACIÓN MEMORIA

□ EXPRESIÓN CORPORAL

□ RELAJACIÓN Y PSICOMOTRICIDAD

□ TALLERES INTERGENERACIONALES

□ TALLERES DE NUEVAS TECNOLOGÍAS

CULTURA

□ DIBUJO

□ PINTURA

□ FOTOGRAFÍA

□ CORALES

□ TALLERES DE TEATRO

□ APRENDIZAJE MUSICAL

FORMACIÓN

□ CONFERENCIAS

□ CURSOS DE IDIOMAS

□ MANUALIDADES

OCIO Y TIEMPO LIBRE

□ SALIDAS SOCIOCULTURALES

□ OTRAS ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE (en este supuesto se tiene que identificar)

Palma, .............. de .................... de 202.....

[firma representante legal]

  

 

 

ANEXO 10

COMPOSICIÓN JUNTA DIRECTIVA

[Nombre y apellidos] __________________________________, con DNI _______________, secretario/aria de la asociación/federación _________________________________, con CIF ________________________________

CERTIFICO

Que la Junta Directiva de la asociación /federación ____________________ , vigente a día de hoy, la conforman los siguientes miembros:

Y, para que conste a los efectos oportunos, expido este certificado.

______________, _____ de _________________________ de 202__

 

[Firma]                       [Sello]                                                  Visto bueno

                                                                                                 La presidencia

  

 

 

ANEXO 11

SOLICITUD DE CONCESIÓN DE ANTICIPO<A[ADELANTO|ANTICIPO]>

[Nombre y apellidos] ___________________________, titular del DNI ___________________, como representante legal de la entidad _____________________________________________, con CIF _____________________

EXPONGO

1. Que en el apartado 13 de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de proyectos de promoción sociocultural destinados a las personas mayores (2020) se establece que, de acuerdo con las bases de ejecución del presupuesto del Consell de Mallorca, se puede hacer un anticipo<A[adelanto|anticipo]> del 50% del importe concedido.

2. Que la asociación/federación lleva a cabo el proyecto _______________________________, que se inició ______________

Por todo eso,

SOLICITA que, una vez resuelto el expediente de concesión, se le haga un anticipo<A[adelanto|anticipo]> del 50% del importe de la subvención concedida en concepto de

 

ALQUILER del locales social

 

ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES

 

MANTENIMIENTO (gastos corrientes en bienes y servicios)

 

MANTENIMIENTO (gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable)

[Firma del representante legal]

​​​​​​​

________, __________de_______________ de 202_____

  

 

ANEXO 12

[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS GASTOS Y DE LOS INGRESOS EFECTUADOS EN RELACIÓN CON LA ACTIVIDAD HECHA

[Nombre y apellidos] _____________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación/federación ____________________________, con CIF______________________________, y en relación con el proyecto subvencionado por el Consell de Mallorca _______________________________

DECLARO bajo mi responsabilidad

a) Que el presupuesto para llevar a cabo el proyecto ha sido el siguiente:

a.1) Alquiler locales sociales

Relación de justificantes de gastos

Concepto

Proveedor

CIF proveedor

Nº. factura

Fecha emisión factura

Importe

Fecha pago

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)

Organismo

Importe

 

 

 

 

 

 

DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO

Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud)

Presupuesto final (el justificado)

Concepto

Importe

Concepto

Importe

 

 

 

 

 

 

 

 

Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final

 

 

a.2) Mantenimiento de la entidad (gastos corrientes en bienes y servicios)

Relación de justificantes de gastos

Concepto

Proveedor

CIF proveedor

Nº. factura

Fecha emisión factura

Importe

Fecha pago

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)

Organismo

Importe

 

 

 

 

 

 

DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO

Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud)

Presupuesto final (el justificado)

Concepto

Importe

Concepto

Importe

 

 

 

 

 

 

 

 

Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final

 

a.3) Mantenimiento (gastos de adquisición de bienes de naturaleza inventariable)

Relación de justificantes de gastos

Concepto

Proveedor

CIF proveedor

Nº. factura

Fecha emisión factura

Importe

Fecha pago

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)

Organismo

Importe

 

 

 

 

 

 

DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO

Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud)

Presupuesto final (el justificado)

Concepto

Importe

Concepto

Importe

 

 

 

 

 

 

 

 

Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final

 

 

a.4) Actividades socioculturales

Relación de justificantes de gastos

Concepto

Proveedor

CIF proveedor

Nº. factura

Fecha emisión factura

Importe

Fecha pago

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

​​​​​​​Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)

Organismo

Importe

 

 

 

 

 

 

DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO

Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud)

Presupuesto final (el justificado)

Concepto

Importe

Concepto

Importe

 

 

 

 

 

 

 

 

Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final

 

 

[Firma del representante legal]

__________________________, ________ de __________________________ de 202___

  

 

​​​​​​​ANEXO 13

[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE LOS INGRESOS Y GASTOS

[Nombre y apellidos] ____________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación/federación ____________________________, con CIF______________________________ y en relación con el proyecto subvencionado por el Consell de Mallorca _______________________________

DECLARO bajo mi responsabilidad

1. Que el proyecto mencionado se ha hecho.

2. Que la subvención otorgada por el Consell de Mallorca se ha aplicado a la finalidad por la cual se concedió y que no supera el coste del proyecto subvencionado, si procede<A[pega|ocurre]>, con las subvenciones y otros ingresos concurrentes.

3. Que se adjunta la memoria técnica del proyecto hecho (donde se hace constar la evaluación de las finalidades y de los objetivos conseguidos y cualquier otro aspecto que sea relevante) firmada por el representante legal.

4. Que se adjuntan las facturas originales de los gastos hechos.

5. Que la relación final de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado es la que se adjunta y que corresponde, sin lugar a dudas, a la actividad subvencionada.

6. Que las facturas presentadas para justificar la subvención concedida no superan el valor de mercado.

7. Que la asociación/federación en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, y de acuerdo con el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca,

□ NO recupera ni compensa el IVA soportado del gasto subvencionable

□ SÍ recupera y compensa el IVA soportado del gasto subvencionable

(Nota: la relación de gastos, que se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado, tiene que indicar los datos siguientes de las facturas o documentos acreditativos: nombre y NIF del proveedor, el número y concepto de la factura o documento similar, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. La relación de ingresos tiene que señalar la subvención del Consell de Mallorca, otras subvenciones solicitadas y/o recibidas y el resto de ayudas o ingresos que han financiado el mismo proyecto subvencionado, se tienen que indicar el importe y la procedencia. El importe total de los gastos tiene que coincidir con el de los ingresos y se tienen que explicar las desviaciones significativas con respecto al presupuesto inicial)

[Firma del representante legal]

​​​​​​​

__________________________, ________ de _________________________ de ________

  

 

ANEXO 14

[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]

DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO SER DEUDOR POR<A[POR|PARA]> UNA RESOLUCIÓN DE REINTEGRO DE SUBVENCIONES

[Nombre y apellidos] ____________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la asociación/federación ____________________________

DECLARO

Que, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48 la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, la asociación/federación _________________________, con CIF___________________, no es deudora por<A[por|para]> una resolución de reintegro de subvenciones.

[Firma del representante legal]

                                                              He tomado nota

                                                              La secretaria técnica del Departamento de  Presidencia

                                                               Inmaculada Borrás Salas

​​​​​​​

________, __________de_______________ de 202_____

  

 

ANNEXO 15