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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Núm. 1189
Convocatoria de subvenciones para el apoyo a la realización de proyectos como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores

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Texto

Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones 494624

La consejera ejecutiva de Presidencia, día 27 de enero de 2020, resolvió:

«1.- Aprobar el expediente de convocatoria pública de subvenciones para el apoyo a la realización de proyectos como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores, año 2020.

2.- Autorizar un gasto de veinte mil euros (20.000,00 €) con cargo en la partida presupuestaria 00.23180.45390 del presupuesto para el año 2020 del Consell de Mallorca.

3.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la convocatoria en el BOIB por conducto de la Base de Datos nacional de subvenciones.»

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante la consejera ejecutiva de Presidencia o ante la presidencia del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si corresponde, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 4 de febrero de 2020

La consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Presidencia M. Teresa Suárez Genovard

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA APOYAR<A[APOYO|SOPORT LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS COMO INSTRUMENTO PARA LAS RELACIONES SOCIALES Y EL BIENESTAR PERSONAL DE LAS PERSONAS MAYORES

1. Régimen jurídico

Esta convocatoria se rige por<A[por|para]> lo que se dispone en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el resto de normativa que sea de aplicación.

Esta convocatoria se efectúa en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, y modificada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión 14 de junio de 2018, BOIB nº. 96 de 4 de agosto de 2018.

2. Crédito presupuestario

Se destina la cantidad de 20.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo a la partida presupuestaria 00.23180.45390, del presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2020.

3. Objeto de la convocatoria

La convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para financiar los gastos derivados de proyectos de interés cultural, social y lúdico como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores, y que se realicen en la isla de Mallorca.

Los proyectos por los cuales se pide la subvención no pueden estar incluidos en ningún otro de las convocatorias de cualquier departamento del Consell de Mallorca. Asimismo, sólo se puede presentar un único proyecto por universidad solicitante.

4. Finalidades

Los proyectos que se subvencionen tienen que tener alguna de las finalidades relacionadas con las personas mayores y que se describen a continuación:

  1. Promover y estimular el envejecimiento activo y la promoción de hábitos saludables.

  2. Promover las relaciones sociales y la comunicación interpersonal como medio para conseguir un enriquecimiento personal y para prevenir el aislamiento social.

  3. Crear espacios donde se compartan valores de tolerancia, convivencia y solidaridad, determinantes en las relaciones comunitarias.

  4. Interaccionar con la promoción de la autonomía personal y la calidad de vida.

5. Régimen de la concesión

La concesión se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo.

6. Requisitos para solicitar la subvención

6.1 Pueden obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones las universidades públicas que lleven a cabo, en el ámbito insular de Mallorca, programas destinados a las personas mayores que les permita el desarrollo de valores y actitudes que mejoran la capacidad de disfrute y la calidad de vida de las personas, y que cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

6.2 No pueden obtener la condición de personas beneficiarias las entidades en las cuales se convierta alguna de las circunstancias siguientes:

a) Las entidades en las cuales concurre alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

b) Las universidades que presenten un proyecto en el cual no se exprese de manera clara la conexión existente entre el proyecto presentado y el objeto y finalidades de la convocatoria.

6.3 La acreditación de no incurrir en las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca se hace mediante declaración responsable.

Para acreditar que se cumplan las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se tienen que presentar los certificados expedidos por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social que se regulan en el artículo 22 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Presentar la solicitud de subvención supone la autorización de la persona solicitante para que el órgano que concede la subvención obtenga estos certificados, y el certificado de estar la corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Consell Insular de Mallorca y sus organismos autónomos que dependen directamente. Si denegasen el permiso expresamente, tendrían que aportar los certificados.

7. Obligaciones de las personas beneficiarias

Son obligaciones de las personas beneficiarias las recogidas en el artículo 9 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

 

8. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento

8.1 El órgano instructor es la secretaria técnica del Departamento de Presidencia que desarrolla las actividades de instrucción detalladas en el artículo 18 de la Ordenanza mencionada.

8.2 La Comisión Evaluadora está compuesta por:

Presidencia

- Carolina Abad Pons, directora insular de Promoción Sociocultural. Suplente: Rosa Cursach Salas, directora insular de Igualdad y Diversidad.

Vocalías

- Maria Monserrat Bennasar, TAG de Promoción Sociocultural. Suplente: Ana María Bou Martín, TAG de Secretaría Técnica del Departamento de Presidencia.

- Aina Isabel Gallego López, TGM de Gestión Económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Presidencia. Suplente: Jerónima María Escanellas Genovard, TGM de Gestión Económica de la Secretaría Técnica del Departamento de Presidencia.

- Yolanda González Sastre, auxiliar administrativa de Promoción Sociocultural. Suplente: Matilde Marín Arribas, auxiliar administrativa de Promoción Sociocultural.

Secretaría

- Bartolomé Oliver Bennasar, jefe<A[cabeza|cabo|jefe]> de servicio de la Secretaría Técnica del Departamento de Presidencia. Suplente: M. Isabel Alemany Bennàsar, jefa<A[cabeza|cabo|jefe]> de servicio de Servicios Generales de Presidencia.

La comisión puede instar en el órgano instructor para que requiera a los solicitantes los informes o las aclaraciones  que se consideren convenientes.

8.3 Teniendo en cuenta el expediente y el informe de la Comisión Evaluadora, el órgano instructor formula la propuesta de resolución definitiva.

8.4 El órgano competente para resolver esta convocatoria es la consejera ejecutiva de Presidencia.

9. Plazo de presentación de solicitudes

9.1 El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles, contadores a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

9.2 Las solicitudes se tienen que dirigir a la Dirección Insular de Promoción Sociocultural, y se pueden presentar, en cualquier terminal del Registro del Consell de Mallorca. Asimismo, también se pueden presentar en los lugares<A[lugares|sitios]> establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

9.3 Si la solicitud se entrega en un lugar<A[lugar|sitio]> diferente del Consell de Mallorca, los solicitantes de la subvención tienen que enviar por fax (971 173 916) o correo electrónico (promociosociocultural@conselldemallorca.net) la hoja de la solicitud, con el sello de entrada dentro de plazo, al Departamento de Presidencia. De la misma manera, si se envía por correo certificado, se tiene que enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos y tiene que constar el envío dentro de plazo.

No obstante, si esta documentación no entra en el Registro General dentro de los 10 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no se admite en ningún caso.

9.4 Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en esta convocatoria, el órgano instructor tiene que requerir a la persona interesada que lo enmiende en el plazo improrrogable de diez días, y tiene que indicarle que, si no lo hace, se considera que ha desistido de la solicitud, con la resolución previa expresa, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 68 de la Ley 39/2015, mencionada.

9.5 Las solicitudes presentadas fuera del plazo mencionado en el apartado 9.1 no se admiten en esta convocatoria.

 

​​​​​​​10. Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificarlo es de seis meses desde la fecha en que se ha publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Si vence el plazo establecido en el párrafo anterior sin que se haya notificado ninguna resolución, legitima a las personas interesadas a entender desestimadas las solicitudes por silencio administrativo.

11. Documentos que se tienen que adjuntar a la solicitud

11.1 Las solicitudes se tienen que presentar según los modelos anexos, y tienen que contener los datos necesarios para identificar la entidad solicitante y la persona que la representa. Los modelos se encuentran al alcance de las personas interesadas en la web «www.conselldemallorca.net».

11.2 La documentación que se tiene que presentar es la siguiente:

  1. Modelo de solicitud (anexo 1).

  2. Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI, NIF o NIE, de la persona representante legal que la firma.

  3. Memoria descriptiva de la actuación para la cual se solicita la subvención, se tiene que incluir una descripción detallada del proyecto y la temporalización, con indicación del número de participantes previstos en función de la participación de ediciones anteriores, y el grado de implantación del proyecto. También se tienen que incluir los objetivos generales del proyecto y su relación con el objeto y las finalidades de la convocatoria, y la metodología que se seguirá para ejecutar la actuación (anexo 2).

  4. Presupuesto detallado de ingresos y gastos del proyecto (anexo 2).

  5. Documentación acreditativa de la representación en virtud de la cual actúa la persona que firma la solicitud. Se puede acreditar con un certificado de nombramiento y de vigencia del cargo, de fecha posterior a la fecha de publicación de la convocatoria.

  6. Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente o la libreta en que se ingresará el importe de la subvención (anexo 3).

  7. Acreditación de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca para obtener la condición de persona beneficiaria. Esta acreditación se tiene que hacer de acuerdo con lo que establece el artículo 13.7 de la Ley 3/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, es decir, mediante testigo<A[testigo|testimonio]> judicial o certificado administrativo y, si la autoridad competente no lo puede hacer, se puede sustituir por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público (en el caso de declaración responsable ante una autoridad administrativa, se tiene que utilizar el modelo del anexo 4 de esta convocatoria).

  8. Declaración de no haber pedido ninguna otra ayuda o subvención por<A[por|para]> el mismo concepto y, si procede<A[pega|ocurre]>, relación de las subvenciones y ayudas solicitadas o concedidas, con indicación de los importes y de las entidades subvencionadoras (anexo 5). Si durante la instrucción del procedimiento, previamente a la propuesta de concesión, la entidad sabe que se le ha concedido alguna subvención, lo tiene que comunicar tan pronto como sea posible al órgano instructor.

  9. Referencia a la ley de constitución o creación de la universidad y el diario oficial en el cual se publicaron sus estatutos o normas de organización.

  10. Declaración responsable de no encontrarse en la situación que prevé el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (anexo 6).

Si los documentos exigidos se han presentado anteriormente al Departamento de Presidencia, y no han transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento por el cual se presentaron, la persona solicitante se puede acoger a lo que establece el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, mencionada, siempre que se haga constar la fecha y la dependencia en que se presentaron.

12. Importe de las subvenciones

Con carácter general, y siempre que sea posible atender todas las peticiones que reúnan los requisitos para ser beneficiarias, se concede a cada entidad la cuantía solicitada. Si no es así, se determina el importe de la subvención que se concede a cada entidad de acuerdo con el siguiente baremo:

Para determinar la cuantía a otorgar se aplicarán las fórmulas siguientes:

 = Coeficiente de prorrateo

d = Gasto subvencionable máximo

∑ d = Sumatorio gastos subvencionables máximos

p = Puntuación obtenida

 

y = Importe de adjudicación

ts = Total crédito disponible

∑ = Sumatorio de coeficientes de prorrateo

 = Coeficiente de prorrateo

Siempre sujeto a:

Importe de adjudicación ≤ Gasto subvencionable máximo

En caso de remanente se aplicará la fórmula de redistribución siguiente, manteniendo los coeficientes de prorrateo obtenidos:

 = Importe de adjudicación del remanente

tr = Total remanente

Σ = Sumatorio de coeficientes de prorrateo

Σ = Sumatorio de coeficientes de prorrateo con el gasto máximo subvencionable obtenido

 = Coeficiente de prorrateo

Quedando el importe de la subvención:

 = importe subvención obtenido

Siempre sujeto a:

Importe de la subvención ≤ Gasto subvencionable máximo

Este proceso se repetirá hasta distribuir el total del crédito disponible.

El importe de las subvenciones concedidas en ningún caso puede ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de entidades privadas, supere el coste de la actividad que tiene que desarrollar la entidad beneficiaria.

13. Forma, plazos y condiciones para el pago de las subvenciones

El pago de las subvenciones se hace, con carácter general, una vez justificada que se ha cumplido la finalidad para la cual se concedieron.

Se pierde el derecho a cobrar totalmente o parcialmente la subvención si falta la justificación o si se da alguna de las causas de reintegro previstas en la legislación vigente.

Por otra parte, dado que las subvenciones de esta convocatoria tienen por objeto financiar gastos derivados de la realización de proyectos que se recogen en el punto tercero y cuarto, sin entrar a determinar qué tipo de gasto del presupuesto se imputa a la subvención, se permite que los gastos subvencionables del proyecto se puedan compensar entre ellos.

Si el gasto justificado es inferior al proyecto presentado, se reduce proporcionalmente la subvención concedida.

14. Documentación necesaria para justificar el cumplimiento de la finalidad de la subvención y la aplicación de los fondos percibidos

Las personas beneficiarias tienen que justificar documentalmente, hasta día 18 de septiembre de 2020 (incluido), la aplicación de los fondos percibidos mediante la cuenta justificativa del gasto hecho con aportación de justificantes que tiene que incluir la documentación siguiente:

  1. Una memoria de actuaciones justificativa de las actividades que se han hecho, los resultados obtenidos, la participación y el cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las condiciones impuestas a la concesión de la subvención, incluida la de la publicidad (escrita y gráfica) de la subvención, firmada por la persona beneficiaria.

  2. Una memoria económica (anexo 7) justificativa del coste de los gastos que se han hecho, que tiene que contener, además de lo que se prevé en el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, lo siguiente:

Si se aportan facturas con retención de IRPF al prestador del servicio, se tiene que presentar, junto con la factura, el modelo 111 y la documentación que justifica el pago del impuesto. Si no se aporta el modelo 111, únicamente se entiende justificado el importe de la factura con la deducción de la cuantía del IRPF.

Para justificar el coste bruto de los gastos de personal, se tienen que aportar las nóminas, los documentos TC1 y TC2, el modelo 111 y documentación acreditativa del coste patronal de la persona trabajadora, con los justificantes de pago correspondientes.

Si únicamente se aportan nóminas y los justificantes del pago, se entiende justificada la cuantía correspondiente al líquido de las nóminas.

  1. Documentación acreditativa de los criterios de valoración especificados en el punto decimonoveno de esta convocatoria.

  2. Declaración responsable sobre la ejecución del proyecto subvencionado, de los ingresos y de los gastos (anexo 8).

  3. Declaración responsable de no ser deudor por<A[por|para]> una resolución de reintegro de subvenciones (anexo 9).

15. Documentación acreditativa del pago de los gastos justificados

La documentación acreditativa de los pagos presentados para justificar la subvención, se detalla en el artículo 48 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, en función de la forma en que se ha hecho el pago.

16. Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables los gastos que, de manera indudable, responden a la naturaleza de los proyectos subvencionados y se efectúan durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de agosto de 2020 (ambos incluidos). Asimismo, se considera gasto hecho el que ha sido efectivamente pagado antes de que acabe el periodo de justificación establecido en el punto decimocuarto de esta convocatoria, de acuerdo con lo que establece el artículo 44 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.

Las actividades justificadas y la fecha de los justificantes de las actividades tienen que corresponder al periodo que comprende desde el día 1 de enero de 2020 y el 31 de agosto de 2020, ambos incluidos

17. Protección de datos

La información y los datos declarados en las solicitudes de subvención de esta convocatoria están amparados por lo que prevé el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, general de protección de datos (RGPD).

18. Régimen de recursos

La resolución de aprobación de la convocatoria y de la concesión no agota la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente de haber recibido la notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante la consejera ejecutiva de Presidencia o ante la presidencia del Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la desestimación del recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado el recurso por silencio y se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de seis meses, contadores desde el día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, mencionada.

19. Criterios de valoración de las solicitudes

La concesión de las subvenciones de esta convocatoria se rige por los principios de publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación, y se tiene que resolver según los criterios siguientes:

a) Número de destinatarios potenciales a los cuales va dirigido el proyecto (máximo 5 puntos)

  • Hasta 200 personas                                     1
  • De 201 a 600 personas                                3
  • De más 600 personas                                  5

b) Consolidación y trayectoria del proyecto (máximo 5 puntos)

  • Menos de 3 años                               0
  • 3 años                                                1
  • Más de 3 hasta 7 años                       3
  • Más de 7 años                                   5

c) Uso de la lengua catalana (máximo 3 puntos)

  • Uso parcial, nulo o no se especifica                                            0
  • Uso generalizado en la difusión y realización del proyecto        3

d) Integración de una perspectiva de género (máximo 2 puntos)

- una puntuación equivalente al porcentaje, sobre el total, de mujeres con cargos directivos en la entidad solicitante, con un máximo de un punto.

- un punto si en la documentación, materiales y actividades se utiliza un lenguaje no sexista, valores de igualdad y pluralidad de roles.

20. Medio de publicación

Esta convocatoria y las subvenciones que se conceden se publican en extracto en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y a través de la web del Consell de Mallorca (<www.conselldemallorca.net>).

Asimismo, se notifican individualmente a quien ha concurrido en el procedimiento en el lugar que señalan en la solicitud.

 

 

​​​​​​​ANEXO 1 SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA APOYAR LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS COMO INSTRUMENTO PARA LAS RELACIONES SOCIALES Y EL BIENESTAR PERSONAL DE LAS PERSONAS MAYORES

Datos de la entidad solicitante:

Nombre o razón social:

CIF:

Domicilio

Calle o plaza:                                                                                                    nº.

Localidad:                                                                                                            CP:

Teléfono:                                                                           Fax:

Datos de la persona representante legal:

Nombre y Apellidos:

DNI/NIE:

Teléfono:

Calidad/condición de su representación:

EXPONGO

1. Que estoy enterada de la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la realización de proyectos como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores, año 2020.

SOLICITO

Una subvención económica de ________________________ euros para llevar a cabo el proyecto _____________________________________________ y que tiene un coste (iva incluido) de ____________________ euros.

Y declaro, bajo mi responsabilidad, que todos los datos contenidos en esta solicitud y en la documentación que se adjunta son ciertas y que acepto las normas de la convocatoria, por<A[por|para]> lo cual facilito toda la información y documentación necesaria para favorecer la tramitación.

 

[Firma del representante legal]

_______________________, ________ de __________________________ de 202___

 

CONSEJERA<A[CONSEJERA|CONSELLERA]> EJECUTIVA DE PRESIDENCIA DEL CONSELL DE MALLORCA

 

 

 

​​​​​​​ANEXO 2 MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ACTUACIÓN

1.Descripción del proyecto

 

 

 

 

 

 

2. Descripción de los objetivos generales de la actividad y relación con el objeto y las finalidades de la convocatoria

 

 

 

 

 

 

 

 

3. Metodología que se seguirá para ejecutar la actuación

 

 

 

4. Temporalización (fecha de inicio y de finalización)

 

 

 

5. Número de destinatarios potenciales a los cuales va dirigido el proyecto, y consolidación y trayectoria del proyecto

 

 

 

 

6. Uso de la lengua catalana en la difusión y realización del proyecto

 

 

7. Integración de una perspectiva de género

 

 

 

 

 

​​​​​​​8. Presupuesto previsto

GASTOS PREVISTOS

IMPORTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total gastos previstos

 

 

INGRESOS PREVISTOS

IMPORTE

 

Subvención del Consell de Mallorca

 

 

 

Aportaciones privadas (obtenidas o previstas)

 

 

 

Subvenciones de otras Administraciones Públicas (obtenidas o previstas)

 

 

 

Otros ingresos (indicad cuáles son)

 

 

Total ingresos previstos

 

 

 

​​​​​​​ANEXO 3 SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS

DATOS DEL PERCEPTOR:

NIF DEL PERCEPTOR

 

 

APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL

 

DIRECCIÓN

 

LOCALIDAD

CÓDIGO POSTAL

PROVINCIA

 

 

 

TELÉFONO

FAX

 

 

 

 

DATOS BANCARIOS:

ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL

BIC

 

 

IBAN

BANCO

OFICINA

CUENTA Nº.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la c/c o a la libreta abierta a nombre mío.

Palma, .......................................

 

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD

DE LA ENTIDAD BANCARIA

Estos datos coinciden con los

que constan en esta oficina.

 

El/La director/a - El /La delegado /da                                                       El/La perceptor/a

Firmado: ..........................

(Sello de la Entidad bancaria)

 

La información y los datos declarados en las solicitudes de subvención de la convocatoria están amparados por lo que prevé el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, general de protección de datos (RGPD).

 

 

​​​​​​​ANEXO 4 DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 8 DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CONSELL DE MALLORCA

[Nombre y apellidos] ___________________________________, titular del DNI ________________, como representante legal de ____________________________________________, con CIF _____________________

DECLARO

Que la entidad mencionada no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, y modificada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión 14 de junio de 2018, BOIB nº. 96 de 4 de agosto de 2018 para obtener la condición de persona beneficiaria de una subvención.

[Firma del representante legal]

                                                                                   He tomado nota

                                                                                   La secretaria técnica del Departamento de

                                                                                   Presidencia

                                                                                   Inmaculada Borrás Salas

 

 

________, __________de_______________ de 202_____

 

 

 

​​​​​​​ANEXO 5 DECLARACIÓN DE NO HABER PEDIDO NINGUNA OTRA AYUDA O SUBVENCIÓN POR EL MISMO CONCEPTO; SI PROCEDE, RELACIÓN DE SUBVENCIONES Y AYUDAS SOLICITADAS O CONCEDIDAS E INDICACIÓN DE LOS IMPORTES Y DE LAS ENTIDADES SUBVENCIONADORAS.

Datos de la entidad solicitante:

Nombre o razón social:

CIF:

Domicilio

Calle o plaza:                                                                                                    nº.

Localidad:                                                                                                            CP:

Teléfono:                                                                           Fax:

Datos de la persona representante:

Nombre y Apellidos:

DNI/NIE:

Teléfono:

Representada por la persona física antes mencionada, que actúa en calidad de:

DECLARO bajo mi responsabilidad

□ Que la _____________________ no ha pedido ni ha recibido ningún otro apoyo<A[apoyo|soporte]>, ayuda o subvención para el proyecto presentado.

□ Que la ____________________ ha pedido o ha recibido para el proyecto las ayudas o las subvenciones que se detallan a continuación:

a) Entidad subvencionadora:

Importe de la ayuda o de la subvención:

Marcad con una X la casilla correspondiente

No resuelta

Denegada

Concedida y no recibida

Recibida

b) Entidad subvencionadora:

Importe de la ayuda o de la subvención:

Marcad con una X la casilla correspondiente

No resuelta

Denegada

Concedida y no recibida

Recibida

 

(Firma del representante legal)

__________________________, ________ de __________________________ de 202___

 

 

​​​​​​​ANEXO 6 DECLARACIÓN RESPONSABLE de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de día 22 de agosto de 2016)

[Nombre y apellidos] ___________________________________, con DNI __________________, como representante legal de ______________________________________________, con CIF _________________________

DECLARO

Que, de conformidad con lo que se prevé en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (BOE nº. 202, de 22 de agosto de 2016), la ___________________________ no ha sido sancionada o condenada en los tres años últimos por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género y que no ha sido sancionada por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.

 

[Firma del representante legal]

 

__________________________, ________ de __________________________ de 202___

 

 

​​​​​​​ANEXO 7

[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS GASTOS Y DE LOS INGRESOS EFECTUADOS EN RELACIÓN CON LA ACTIVIDAD HECHA

[Nombre y apellidos] _____________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la ____________________________, con CIF______________________________, y en relación con el proyecto subvencionado por el Consell de Mallorca _______________________________ del ejercicio 2020

DECLARO bajo mi responsabilidad

- Que el presupuesto para llevar a cabo el proyecto ha sido el siguiente:

Relación de justificantes de gastos

Concepto

Proveedor

CIF proveedor

Nº. factura

Fecha emisión factura

Importe

Fecha pago

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Relación de ingresos (subvenciones concedidas, cuotas, otras aportaciones...)

Organismo

Importe

 

 

 

 

DESVIACIONES DEL PRESUPUESTO

Presupuesto inicial (el presentado con la solicitud)

Presupuesto final (el justificado)

Concepto

Importe

Concepto

Importe

 

 

 

 

 

 

 

 

Explicación de las desviaciones entre presupuesto inicial y final

 

 

[Firma del representante legal]

__________________________, ________ de __________________________ de 202___

 

 

​​​​​​​ANEXO 8

[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE LOS INGRESOS Y GASTOS

[Nombre y apellidos] ______________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la ____________________________, con CIF______________________________ y en relación con el proyecto subvencionado por el Consell de Mallorca _______________________________ del ejercicio 2020

DECLARO bajo mi responsabilidad

1. Que el proyecto mencionado se ha hecho.

2. Que la subvención otorgada por el Consell de Mallorca se ha aplicado a la finalidad por la cual se concedió y que no supera el coste del proyecto subvencionado, si procede<A[pega|ocurre]>, con las subvenciones y otros ingresos concurrentes.

3. Que se adjunta la memoria técnica del proyecto hecho (donde se hace constar la evaluación de las finalidades y de los objetivos conseguidos y cualquier otro aspecto que sea relevante) firmada por el representante legal.

4. Que se adjuntan las facturas originales de los gastos hechos.

5. Que la relación final de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado es la que se adjunta y que corresponde, sin lugar a dudas, a la actividad subvencionada.

6. Que las facturas presentadas para justificar la subvención concedida no superan el valor de mercado.

7. Que la asociación en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, y de acuerdo con el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca,

□ NO recupera ni compensa el IVA soportado del gasto subvencionable

□ SÍ recupera y compensa el IVA soportado del gasto subvencionable

(Nota: la relación de gastos, que se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado, tiene que indicar los datos siguientes de las facturas o documentos acreditativos: nombre y NIF del proveedor, el número y concepto de la factura o documento similar, el importe, la fecha de emisión y la fecha de pago. La relación de ingresos tiene que señalar la subvención del Consell de Mallorca, otras subvenciones solicitadas y/o recibidas y el resto de ayudas o ingresos que han financiado el mismo proyecto subvencionado, se tienen que indicar el importe y la procedencia. El importe total de los gastos tiene que coincidir con el de los ingresos y se tienen que explicar las desviaciones significativas con respecto al presupuesto inicial)

 

[Firma del representante legal]

 

__________________________, ________ de _________________________ de ________

 

 

​​​​​​​ANEXO 9

[Sólo lo tenéis que rellenar y presentar si tenéis que justificar la subvención que se ha concedido en esta convocatoria]

DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA DE NO SER DEUDOR POR UNA RESOLUCIÓN DE REINTEGRO DE SUBVENCIONES

[Nombre y apellidos] ______________________________________, con DNI _____________, actuando en nombre y representación de la ____________________________

DECLARO

Que, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48 la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, la _________________________, con CIF___________________, no es deudora por<A[por|para]> una resolución de reintegro de subvenciones.

[Firma del representante legal]

                                                                                   He tomado nota

                                                                                   La secretaria técnica del Departamento de

                                                                                   Presidencia

                                                                                   Inmaculada Borrás Salas

 

________, __________de_______________ de 202