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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 1056
Rectificación por error material resolución 2020-0059, de convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Alaró a las asociaciones deportivas inscritas en el registro municipal para el ejercicio 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

BDNS: Código 492068

Resolución de Alcaldía núm. 2020-0132

HECHOS

Mediante Resolución de Alcaldía 2020-0059, publicada en el BOIB núm. 8 de 18 de enero de 2020, se aprobó la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Alaró a las asociaciones deportivas inscritas en el registro municipal para el ejercicio 2020.

En fecha 28 de enero de 2020 (reg. de entrada 2020-E-RC-381), la entidad Alaró Tenis Mesa Club interpone recurso de reposición ante la resolución 2020-0059, por incumplimiento del reglamento de subvenciones del ayuntamiento de Alaró a las asociaciones deportivas inscritas en el registro municipal de entidades, en concreto, el punto 6 de la convocatoria.

Respecto esta cuestión se ha advertido un error en la resolución antes mencionada. Concretamente en la documentación a adjuntar en la solicitud que de acuerdo con el punto 7 del reglamento efectivamente dice que se debe acompañar un documento en que hará constar el número de la cuenta bancaria y su titular y no una certificación de titularidad de la entidad bancaria en que conste el número de cuenta y su titular.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que: "Las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. "

El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente,

RESOLUCIÓN

1. Estimar el recurso presentado por Alaró Tenis Mesa Club y modificar la resolución de alcaldía 2020-0059.

2. Rectificar el error observado en el apartado 7 de la convocatoria:

Donde dice:

"Certificado de la entidad bancaria en la que se hará constar el número de cuenta y su titular."

Debe decir:

"Documento en el que se hará constar el número de cuenta bancaria y su titular."

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Alaró, 30 de enero de 2020

El alcalde

Llorenç Perelló Rosselló