Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE MENORCA
Núm. 1030
Notificación del acuerdo del pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegacion de Menorca
Identificación: Declaración de convocatoria desierta – Proceso selectivo para la provisión del puesto de trabajo de Secretario General de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Menorca, mediante el sistema de convocatoria pública.
ANTECEDENTES DE HECHO
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Atendiendo que el apartado VIII de las Bases aprobadas para regir la presente convocatoria establece que tanto “la Comisión de Valoración como el Pleno, podrán declarar desierta la convocatoria si ninguno de los aspirantes cumpliera los requisitos mínimos o no superara los 50 puntos en la valoración de méritos”.
SEGUNDO.- Atendiendo que el apartado III de las Bases aprobadas para regir la presente convocatoria establece que uno de los requisitos del puesto de trabajo es “no desempeñar actividades que incurran en conflicto de intereses con el cargo de Secretario General”.
TERCERO.- Atendiendo que el apartado X de las Bases aprobadas para regir la presente convocatoria establece que “el desempeño de un puesto de trabajo al servicio de las cámaras será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, pública o privada, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia”.
CUARTO.- Atendiendo que el artículo 18 apartado 5 de la Ley 1/2017, de 12 de mayo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de las Islas Baleares establece que todos los trabajadores de las Cámaras “quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades que se establezcan en el reglamento de régimen interior de cada cámara. En cualquier caso, el desempeño de un puesto de trabajo al servicio de las cámaras será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, pública o privada, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia”.
QUINTO.- Atendiendo que el art 45 del Reglamento de Régimen Interno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Menorca establece que el nombramiento del Secretario General “corresponde al Pleno de la Cámara, por acuerdo motivado adoptado por la mitad más uno de sus miembros”.
SEXTO.- Atendiendo que en sesión del Pleno, de 25 de julio de 2019, se acuerda por unanimidad “dejar vacante la plaza de Secretario, encargando al Secretario Interino, la publicación en el BOIB del presente acuerdo una vez haya sido ratificada la acta en una próxima reunión del Pleno.”
SEPTIMO.- Atendiendo que en sesión del Pleno de día 11 de noviembre de 2019 se acuerda aprobar por unanimidad el acta del Pleno de día 25 de julio de 2019.
Por lo tanto,
RESUELVO
PRIMERO.- Declarar DESIERTO el proceso selectivo para la provisión del puesto de trabajo de Secretario General de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Menorca, mediante el sistema de convocatoria pública.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Mahón, 15 de enero de 2019.
El Presidente, Rubén Adrián Pastor.