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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 980
Aprobación de la convocatoria y las bases reguladoras específicas que han de regir el concurso oposición de promoción interna para cubrir una plaza de personal funcionario administrativo de carrera del Ayuntamiento de Artà

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Texto

La Junta de Gobierno Local de 29 de enero de 2020 ha adoptado el siguiente acuerdo:

1. Aprobar la convocatoria para seleccionar, mediante el sistema de Concurso-oposición por promoción interna para proveer una plaza de personal funcionario administrativo de carrera del Ayuntamiento de Artà.

2. Aprobar las bases que establecen y regulan el procedimiento selectivo de la convocatoria para seleccionar, mediante el sistema de Concurso-oposición por promoción interna para proveer una plaza de personal funcionario administrativo de carrera del Ayuntamiento de Artà.

3. Publicar las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la web del Ayuntamiento de Artà.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998 , de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y el artículo 40 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Artà, 29 de enero de 2020

El Alcalde

Manuel Galán Massanet

Documentos adjuntos