Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA
Núm. 874
Aprobación de los Planes estratégicos de subvenciones del Consejo de Mallorca, del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, del Instituto del Deporte Hípico de Mallorca y del Consorcio Sierra de Tramuntana para el año 2020
El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, reunido en sesión de 22 de enero de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:
“La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, con el fin de mejorar la eficacia de la gestión de las subvenciones, establece la necesidad de elaborar, por parte de los órganos de las administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, un plan estratégico de subvenciones, que introduzca una conexión entre los objetivos y efectos que se pretenden obtener, con los costes previsibles y sus fuentes de financiación, con el objetivo de adecuar las necesidades públicas a cubrir a través de las subvenciones con las previsiones de recursos disponibles. Se trata de un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
De acuerdo con el artículo 5 de la Ordenanza general de subvenciones de la Corporación, aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017) y modificada por Acuerdo de 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018), corresponde al consejero competente en materia de Hacienda proponer al Consejo Ejecutivo la aprobación de los planes estratégicos de subvenciones conforme a la información y las propuestas que, con esta finalidad, presentan los departamentos del Consejo de Mallorca, los organismos autónomos dependientes y los entes públicos otorgantes.
Una vez recibidas las propuestas, el Departamento de Hacienda y Función Pública ha coordinado la elaboración de los planes estratégicos de subvenciones de la Corporación de acuerdo con las previsiones presupuestarias para el ejercicio 2020, que deben servir de marco para la concesión de las subvenciones resultantes de las convocatorias que se publiquen a lo largo del año.
Al respecto, las cuantías que se prevén tienen un carácter meramente estimativo, por lo que la alteración eventual al alza o a la baja de las previstas a la hora de aprobar las ayudas no requieren la modificación de las previsiones cuantitativas que se contienen en los planos.
Por todo ello, el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, a propuesta del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con la atribución conferida en el artículo 36.h) del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (BOIB núm.89, de 19 de julio de 2018), adopta el siguiente:
ACUERDO
1. Aprobar los Planes estratégicos de subvenciones del Consejo de Mallorca, del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, del Instituto del Deporte Hípico de Mallorca y del Consorcio Sierra de Tramuntana para el año 2020, que constan en el Anexo de este Acuerdo.
2. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la sede electrónica de la Corporación.”
Palma, 27 de enero de 2020
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Josep Lluís Colom Martínez