Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 870
Resolución del director gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer de 28 de enero de 2020 por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, de tres puestos de trabajo de jefe/jefa de sección de Ginecología y Obstetricia
Hechos
Es necesario cubrir tres puestos de trabajo de jefe/jefa de sección de Ginecología y Obstetricia, correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer.
Fundamentos de derecho
1. Decreto 87/2006, de 6 de octubre, de provisión de jefaturas de carácter asistencial del Servicio de Salud de las Islas Balears.
2. Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de tres puestos de trabajo de jefe/jefa de sección de Ginecología y Obstetricia de la plantilla autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer, que se rige por las bases que se publican en el anexo 1 de esta resolución.
2. Publicar como anexo 2 un modelo de solicitud para participar en esta convocatoria.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.
No obstante, se puede optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 28 de enero de 2020
El director gerente Por delegación de la consejera de Salud (BOIB 10/2016 y BOIB 119/2017) Francisco Marí Marí
Anexo 1
Bases de la convocatoria
1. Puesto de trabajo convocado
La denominación de los tres puestos de trabajo es jefe/jefa de sección de Ginecología y Obstetricia.
2. Características generales
El régimen jurídico del puesto de trabajo ofertado es el establecido por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, y por el resto de disposiciones aplicables.
3. Requisitos
3.1 Pueden participar en esta convocatoria los/as facultativos/as con nombramiento como personal estatutario fijo que ocupen un puesto de trabajo en la especialidad en la que participen, y también los/as facultativos/vas con un nombramiento de funcionario de carrera o laboral fijo que presten servicio en hospitales de titularidad pública en la especialidad de que se trate.
3.2 Todo aspirante al puesto de trabajo ofertado ha de cumplir los requisitos siguientes antes de que venza el plazo para presentar solicitudes:
a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier estado de la Unión Europea o la de algún estado donde sea aplicable la libertad de circulación de trabajadores en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España. También pueden participar —cualquiera que sea su nacionalidad— los cónyuges de españoles y de ciudadanos de otros estados de la Unión Europea siempre que no estén separados de derecho, y también sus descendientes y los de sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho y sean menores de veintiún años o bien sean dependientes y mayores de dicha edad.
b) Tener la capacidad funcional para desempeñar las tareas asignadas, acreditada por medio del certificado médico oportuno.
c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no sobrepasar la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Tener la titulación oficial que habilite para el ejercicio profesional, con la especialidad requerida para el tipo de puesto al que se opta.
e) Acreditar conocimientos de catalán correspondientes al nivel B1, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto 8/2018, de 23 de marzo, por el que se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 37/2018, de 24 de marzo). No obstante, si el aspirante no puede acreditar dicho nivel de conocimientos de catalán en el momento de presentar la solicitud, esta será admitida, aunque si resulta adjudicatario del puesto de trabajo ofertado queda obligado a acreditar que ha obtenido el nivel exigido en el plazo de dos años a partir de la fecha en que ocupe el puesto de trabajo o bien una vez que haya acumulado ese período de tiempo de prestación de servicios.
f) No haber sido separado del servicio por medio de un expediente disciplinario en cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni estar inhabilitado con carácter firme para ejercer funciones públicas ni para desempeñar las funciones de la profesión. Si tiene la nacionalidad de otro estado, no debe estar inhabilitado ni en una situación equivalente, ni debe haber sido sometido a ninguna sanción disciplinaria o equivalente que le impida acceder al empleo público en su estado, en los mismos términos.
g) Haber prestado servicios en la especialidad de que se trate durante un período mínimo de dos años. Se sumarán los períodos en que se haya ocupado una plaza de la especialidad correspondiente en los diferentes servicios y hospitales. Se contabilizarán como uno solo los períodos de tiempo en que se haya ocupado simultáneamente más de una plaza.
h) Los requisitos deben cumplirse el día en que se publique la resolución de convocatoria y deben mantenerse hasta la toma de posesión. La acreditación debe efectuarse en el momento de presentar la solicitud.
4. Valoración
Para resolver esta convocatoria se valorarán los aspectos siguientes:
El órgano convocante designa como asesores para resolver la convocatoria a:
5. Trámite de solicitud
5.1 Todo aspirante a participar en este proceso selectivo debe presentar una solicitud siguiendo el modelo que figura en el anexo 2.
5.2 Las solicitudes para participar en el proceso selectivo deben presentarse en el plazo de veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en el Registro General del Servicio de Salud de las Islas Baleares o bien por cualquiera de las vías que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
5.3 Junto con la solicitud, todo aspirante debe aportar los documentos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del documento de identidad (DNI o NIE).
b) Fotocopia compulsada del título de la especialidad relacionado con el puesto de trabajo al que opta.
c) Fotocopia compulsada de la capacitación lingüística en catalán.
d) Un proyecto técnico de gestión de la unidad asistencial.
e) Historial profesional, en el que deben figurar los apartados siguientes:
5.4 La acreditación de los méritos del historial profesional debe efectuarse por medio de documentación original o fotocopias compulsadas. En relación con los trabajos y las publicaciones científicas o de investigación, puede aportar una fotocopia siempre que especifique la reseña de la publicación, o bien un certificado de la institución o del centro organizador si se trata de aportaciones a reuniones científicas que no hayan sido publicadas.
6. Resolución de la convocatoria
6.1 Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes se publicarán en la intranet las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos (concretando las causas de su exclusión).
6.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución para subsanar los defectos observados.
6.3 Toda reclamación será aceptada o rechazada por medio de la resolución con la que se aprueben las listas definitivas, que se publicarán por el mismo medio que las provisionales.
6.4 Contra la resolución que apruebe las listas definitivas podrán interponerse los recursos que se especifican en la resolución de convocatoria.
6.5 De acuerdo con el artículo 25 del Real decreto ley 1/1999, la convocatoria puede ser declarada desierta cuando se considere que no ha concurrido ningún candidato idóneo para ocupar el puesto de trabajo.
6.6 Una vez evaluados los candidatos a ocupar el puesto de trabajo se dictará una resolución para nombrar al que haya resultado seleccionado, la cual se publicará por el mismo medio que esta resolución de convocatoria.
6.7 Si la persona que haya obtenido el puesto de trabajo ofertado tiene la categoría de personal estatutario fijo de la especialidad en el propio centro, mantendrá la plaza de su categoría, de manera que el nombramiento no generará vacante en la plaza que ocupa y, por tanto, no podrá ser objeto de provisión definitiva ni temporal (ni por interinidad ni por sustitución).
6.8 Si tiene la categoría de personal estatutario fijo de la especialidad correspondiente en otro centro, ocupará únicamente el puesto de trabajo ofertado y, respecto a su plaza en el centro de origen, quedará en la situación administrativa en que sea declarado en su administración de origen.
6.9 Si tiene la categoría de personal funcionario de carrera o personal laboral fijo, ocupará únicamente el puesto de trabajo ofertado y, respecto a su plaza en el centro de origen, quedará en la situación administrativa en que sea declarado en su administración de origen.
6.10 De conformidad con el artículo único.5 del Decreto 87/2006, la persona nombrada para este puesto de trabajo puede ser destituida discrecionalmente por la autoridad que haya acordado su nombramiento.
Anexo 2
Modelo de solicitud
Datos personales
Primer apellido: ....................................... Segundo apellido: .......................................
Nombre: ................................................... Nº documento identidad: ...........................
Fecha de nacimiento: .............................. Nacionalidad:................................................
Domicilio (tipo de vía y nombre): ...................................................................................
N.º: ...... Piso: ..... Puerta: ...... Localidad:......................................................................
Código postal: ......................... Municipio: .....................................................................
Teléfonos de contacto: ............................................ ......................................................
Datos profesionales
Especialidad: ............................................ Categoría: .....................................................
Centro donde presto servicio: .........................................................................................
Provincia: ...........................................................................................................................
EXPONGO:
Que cumplo todos los requisitos que se exigen para participar en la convocatoria de los puestos de trabajo de jefe/jefa de sección de Ginecología y Obstetricia convocado por la Resolución del director gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer de 28 de enero de 2020.
Por ello SOLICITO:
Que se admita esta solicitud para optar al puesto de trabajo ofertado, para lo cual adjunto los documentos requeridos.
........................................... , ......... de ....................................... de 20.......
[firma]
DIRECCIÓN GERENCIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO SON LLÀTZER