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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, CULTURA E IGUALDAD

Núm. 749
Propuesta de resolución que deviene resolución por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos en el procedimiento de selección de director gerente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears y se nombra a la directora gerente de este organismo

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Texto

Antecedentes

1. El Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 130, de 24 de septiembre de 2019, publicó la Resolución de la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears (en adelante, ICIB) por la que se aprueban la convocatoria pública y las bases para la selección de director gerente de esta entidad. Esta resolución fue modificada por la Resolución de 27 de septiembre de 2019 (BOIB n.º 132, de 28 de septiembre).

2. En fecha 5 de noviembre la presidenta del ICIB aprobó la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria.

3. Una vez realizado el proceso de selección, y después de aplicar los baremos de puntuación establecidos en la convocatoria, la Comisión de Selección nombrada por la Resolución de la presidenta del ICIB de fecha 31 de octubre de 2019, en la sesión de día 17 de diciembre de 2019 ha acordado proponer como candidata más adecuada para ocupar el cargo de directora gerente del ICIB a la señora Cristina Victoria Llambias.

4. Las puntuaciones finales obtenidas por los aspirantes, en las diferentes fases del procedimiento de selección, son las siguientes:

 

Valoración de méritos

Plan de gestión

Entrevista

Puntuación global

Sra. Laia Manera Salom

5,00

11,00

 

 

Sra. Aina Aguiló Bennasar

18,50

14,00

12,00

44,50

Sr. Rafel Maria Creus Oliver

19,50

20,00

20,00

59,50

Sra. Cristina Llambias Cortés

21,00

25,00

23,00

69,00

Consideraciones jurídicas

1. El ICIB es una entidad pública empresarial de las que prevé el artículo 2.1.b) de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, cuyos estatutos fueron aprobados por el Decreto 50/2018, de 21 de diciembre (BOIB n.º 160, de 22 de diciembre; corrección de errores, BOIB n.º 6, de 12 de enero de 2019).

2. El ICIB está adscrito a la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad, de acuerdo con el Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 106, de 2 de agosto), rectificado por el Decreto 22/2019, de 19 de agosto (BOIB n.º 116, de 24 de agosto).

3. El artículo 9 de los Estatutos establece que su presidente, órgano unipersonal superior de dirección, es el consejero de Cultura, Participación y Deportes; hoy, la consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad, en virtud del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, antes mencionado.

4. De acuerdo con el artículo 19 de los Estatutos, el presidente del ICIB puede nombrar, con carácter potestativo, a un director gerente que, en este caso, se debe seleccionar mediante una convocatoria pública, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad. El cargo debe recaer en una persona con titulación universitaria y un perfil profesional adecuado.

5. Las bases de la convocatoria mencionadas en el antecedente primero y, más concretamente, las que se mencionan a continuación:

  1. La base sexta del anexo II, según la cual, concluido el plazo de presentación de las solicitudes, la presidenta debe dictar una resolución en el plazo máximo de quince días por la que se apruebe la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, la cual se debe notificar a los interesados; así mismo, se concederá un plazo de diez días hábiles para subsanar errores, de acuerdo con lo indicado en el artículo 68 de la Ley 39/2015.

  2. La base séptima del anexo II, según la cual, para realizar el proceso de selección, se debe designar una comisión de selección.

  3. La base octava del anexo II, que establece el baremo de puntuación de acuerdo con el cual se hará la selección del aspirante más idóneo.

  4. La base novena del anexo II, que dispone que la Comisión de Selección debe proponer a la presidenta del Instituto el aspirante que considere más adecuado, de acuerdo con los baremos de puntuación, para ocupar el cargo de director gerente del ICIB, para que sea nombrado. 

6. El artículo 20.5 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que, en todo caso, previamente al nombramiento o a la contratación de los gerentes o de los otros órganos unipersonales de dirección del ente, y también del personal directivo profesional, la Dirección General de Presupuestos y Financiación y la Dirección General de Función Pública y Administraciones Públicas deben emitir un informe relativo, respectivamente, a los aspectos presupuestarios y de legalidad del nombramiento o la contratación que se proponga.

7. Así mismo, el artículo 21.1 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, prevé que el nombramiento y el cese de las personas titulares de la gerencia y otros órganos unipersonales de dirección de los entes del sector público instrumental autonómico, cuando no corresponden al Consejo de Gobierno, se deben comunicar a este órgano. Esta previsión se recoge en el artículo 19.1 de los Estatutos, así como la obligación de publicar el nombramiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Propuesta de resolución

Propongo a la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Aprobar la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento de selección de director gerente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears, que se adjunta como anexo de la Resolución.

2. Nombrar a la señora Cristina Victoria Llambias Cortés directora gerente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears.

3. Comunicar este nombramiento al Consejo de Gobierno, de acuerdo con el artículo 20.5 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y de acuerdo con el artículo 19.1 de los Estatutos del ICIB.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y notificarla a los aspirantes.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 20 de diciembre de 2019

El presidente de la Comisión de Selección Mateu A. Malondra Flaquer

Conforme con la propuesta. Dicto resolución La presidenta del  ICIB Pilar Costa i Serra

Documentos adjuntos