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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 639
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 22 de enero de 2020 por la que se constituye la bolsa de trabajo ordinaria de personal funcionario interino del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por la Resolución de 31 de enero de 2019

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de 31 de enero de 2019 se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 15, de 2 de febrero).

2. Han finalizado las mencionadas pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

3. El Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. La base 15 de la Resolución de 5 de mayo de 2016 por la que se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, incluidas las ofertas de empleo pública aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015.

5. La base 15 de la Resolución de 31 de enero de 2019 por la que se aprobaron la convocatoria, las bases, el baremo de méritos y la designación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, en el cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

6. El Decreto 74/2016, de 23 de diciembre, por el que se regula la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo ordinaria de personal funcionario interino del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, integradas por los aspirantes que han participado en las pruebas selectivas para el ingreso en el mencionado cuerpo y que han aprobado como mínimo uno de los ejercicios obligatorios del proceso selectivo y no han obtenido plaza.

La composición de la bolsa de trabajo, con el orden de prelación final, se adjunta como anexo de esta Resolución.

2. Declarar agotadas las bolsas de trabajo temporales, preferentes y ordinarias, de personal funcionario interino correspondientes del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares que se hayan podido constituir en aplicación del artículo 3.10 del Decreto 30/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2009 (BOIB n.º 78, de 30 de mayo), así como las sucesivas actualizaciones en la composición de las mencionadas bolsas de trabajo.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, a la página web del Gobierno de las Islas Baleares y al tablón de anuncios de la Escuela Balear de administración Pública (EBAP).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 22 de enero de 2020

La consejera de Administraciones Públicas y Modernización Isabel Castro Fernández

 

ANEXO Bolsa de trabajo ordinaria del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

* Lista general de todas las personas aspirantes del turno libre

Isla: MALLORCA

 

DNI

Apellidos, Nombre

Ejercicios superados

Puntuación

Orden

Discapacidad

***8499*

ALBALA VELASCO, ARTURO

3

19,833

1

N

***1418*

DURÁN POO, AITOR ANDONI

2

14,466

2

N

***0137*

JAUME VICENTE, MARÍA DEL MAR

1

7,776

3

N

***3654*

PARERA BLANES, CATALINA

1

6,316

4

N

***8813*

GARCIA CANALS, NURIA

1

5,683

5

N

 

 

 

 

 

 

Isla: MENORCA

***0137*

JAUME VICENTE, MARÍA DEL MAR

1

7,776

1

N

 

 

 

 

 

 

Isla: EIVISSA

 

***0137*

JAUME VICENTE, MARÍA DEL MAR

1

7,776

1

N

 

 

 

 

 

 

Isla: FORMENTERA

***0137*

JAUME VICENTE, MARÍA DEL MAR

1

7,776

1

N