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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 638
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 22 de enero de 2020 por la que se nombran personal funcionario de carrera del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas por la Resolución de 31 de enero de 2019 y se les adjudica un puesto de trabajo

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de 14 de enero de 2020 (BOIB núm. 7, de 16 de enero) se publicó la lista de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por la Resolución de 31 de enero de 2019 (BOIB núm. 15 de 2 de febrero) y se hace pública la lista de los puestos vacantes ofertados al efecto de la adjudicación.

2. Después de que las personas aspirantes aprobadas hayan presentado los documentos y la solicitud de destino, deben ser nombradas personal funcionario de carrera del cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma.

3. El Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por la que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares.

5. Las bases 12 y 13 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 5 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases generales que deben regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, incluidas las ofertas de empleo pública aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno para los años 2014 y 2015.

6. La base 12 de la Resolución de la consellera de Hacienda y Administraciones Públicas de 31 de enero de 2019, por la que se aprueba la convocatorial, las bases, el temario, los ejercicios, el baremo de meritos y se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo de Abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a las personas siguientes:

Mallorca

Turno libre

DNI

Apellidos, nombre

**1512*

FULLANA BARCELÓ, PEDRO

**4761*

RAMON MAIMÓ, JAUME

**6589*

RIBAS SEVILLA, JUAN IGNACIO

**0761*

DELFONT CABRERO, GEORGIANA

2. Adjudicar los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que se indica en el anexo de esta Resolución, a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre al cuerpo de abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, después de haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con las peticiones efectuadas por las personas interesadas y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

3. La toma de posesión se tiene que efectuar en la consejería correspondiente, en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada debe hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Si realiza alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, lo debe declarar en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.

4. Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera se tiene que efectuar el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de autonomía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el ordenamiento vigente y tomar posesión en el plazo reglamentario.

5. Los funcionarios que obtengan destino definitivo no pueden participar en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo durante un plazo mínimo de dos años, a contar a partir del día en el que tomen posesión del puesto de trabajo, de conformidad con el artículo 3.7 del Decreto 33/1994.

Tampoco pueden participar, durante el periodo de un año, en las convocatorias para otorgar comisiones de servicios, excepto si ha habido una primera convocatoria de la comisión de servicios correspondiente a un puesto de jefatura orgánica que haya quedado desierto por no haber funcionarios de carrera que cumplan los requisitos establecidos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas y Modernización en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa de Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 22 de enero de 2020

La consejera de Administraciones Públicas y Modernización Isabel Castro Fernández

 

ANEXO Relación de la adjudicación de puestos de trabajo a las personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso por el turno libre al cuerpo de abogacía de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Mallorca

CONSEJERIA /O.A.

CENTRO

DIRECTIVO

CODIGO

PUESTO

NOMBRE DEL PUESTO

DESTINO

ADJUDICATARIOS Apellidos, nombre

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, CULTURA E IGUALDAD

DIRECCIÓN DE LA ABOGACÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

F01220002

ABOGADOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS

PALMA

FULLANA BARCELÓ, PEDRO

RAMON MAIMÓ, JAUME

RIBAS SEVILLA, JUAN IGNACIO

DELFONT CABRERO, GEORGIANA