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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 637
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 16 de enero de 2020, de corrección de error material advertido en la publicación de la Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 7 de enero de 2020, de modificación de la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, al cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, convocadas por Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de abril de 2019

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Texto

Antecedentes

1. Mediante Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, de 25 de abril de 2019 , se aprobó la convocatoria, las bases, los ejercicios y el temario, y el baremo de méritos, y se designó al Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva de personas con discapacidad, al cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears. (BOIB núm. 57, de 30 de abril de 2019).

2. La Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, de 7 de enero de 2020, aprobó la modificación de la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, al cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, convocadas para la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de abril de 2019. ( BOIB núm.5, de 11 de enero de 2020).

3. Se ha advertido un error material en el anexo de la Resolución de 7 de enero, anteriormente citada. En el sentido de que no se ha transcrito correctamente el apellido del vocal primer titular del Tribunal Calificador.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que éstas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos que existan en sus actos.

2. Por otro lado, el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar en los términos que establece el anexo de esta resolución, los errores advertidos en el Anexo de la Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 7 de enero de 2020, de modificación de la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, al cuerpo administrativo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de abril de 2019.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears, en el tablón de anuncios de la Escuela Balear de la Administración Pública (EBAP) y de la Consejería de Administraciones Públicas y Modernización, y también en la web <http://oposicions.caib.es>.

 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución – que ponen fin a la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente que se haya publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2, en relación con el 10.1.a, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

 

Palma, 16 enero de 2020

La consejera de Administraciones Públicas y Modernización Isabel Castro Fernández

 

 

ANEXO

Corrección de errores advertidos

En el anexo donde dice:

«- Primero. Designado por sorteo entre el personal funcionario de carrera del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears

Titular: Juan Carlos Pons Morell»

Tiene que decir:

«- Primero. Designado por sorteo entre el personal funcionario de carrera del cuerpo superior de la Administración general de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears

Titular: Juan Carlos Pons Morey»