Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 609
Suplemento de crédito 1272/2019 financiado con remanente líquido de tesorería Patronat Escoles Municipals d'Esporles
Visto que se ha publicado en el BOIB n.º 163 de día 3 de diciembre de 2019 anuncio relativo al expediente de suplemento de crédito 1272/19, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Esporles de día 28 de noviembre de 2019, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 177 de la Ley 2/2004 de 5 de marzo y visto que no se han presentado reclamaciones, queda aprobado definitivamente y se expone al público para el general conocimiento.
SUPLEMENTO DE CRÉDITO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS DE ESPORLES FINANCIADO CON FONDOS LIQUIDOS DE TESORERÍA
Considerando que existen gastos que no pueden demorarse hasta el próximo ejercicio para los cuales el crédito consignado en el vigente Presupuesto del Patronato municipal de escuelas de Esporles es insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, por parte de Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería.
Considerando que con fecha 21/11/2019, se emitió Memoria del Alcalde en la cual se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.
Considerando que con fecha 21/11/2019, se emitió informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Considerando que con fecha 21/11/2019, se emitió informe de Intervención por el cual se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía y, con fecha 21/11/2019 se elaboró Informe de Evaluación del Objetivo de Estabilidad Presupuestaria.
Realizada la tramitación legalmente establecida y viste el Informe-propuesta de Secretaría de fecha 21/11/2019, se propone al Pleno la adopción del siguiente.
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 1272/2019, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
Suplemento de crédito |
---|---|---|---|---|
334 16000 |
Seguridad social |
42.394,00 |
6.266,68 |
48.660,68 |
|
TOTAL |
42.394,00 |
6.266,68 |
48.660,68 |
Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
Aplicación económica |
Descripción |
Euros |
---|---|---|
870 00 |
Remanente de tesorería por gastos generales |
6.266,68
|
|
TOTAL INGRESOS |
6.266,68
|
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el cual se desarrolla el Capítulo Y del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que se el carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
Esporles, 14 de enero de 2020
La alcaldesa, Maria Ramon Salas