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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 551
Extracto de la aprobación por parte del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa, de día 30 de agosto de 2019, de las Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas económicas para el mantenimiento y la recuperación de los bienes de interés cultural con la tipología de monumento en el ámbito territorial de la isla de Ibiza para los años 2019-2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif. 488571)

De conformidad con lo que establecen los artículos 20.8 de la Lley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas económicas para el mantenimiento y la recuperación de los bienes de interés cultural con la tipología de monumento en el ámbito territorial de la isla de Ibiza para los años 2019-2022.

1. Finalidad

El patrimonio histórico de la isla de Ibiza es el principal testigo de la contribución histórica de los ibicencos al progreso y al desarrollo de la humanidad y su conservación tiene que ser una de las principales preocupaciones de los agentes culturales y entre estos de las administraciones para que pueda ser disfrutado por toda la ciudadanía y pueda ser transmitido en las mejores condiciones a las futuras generaciones. El valor de este patrimonio nace de la identidad cultural que proporciona a la ciudadanía porque los bienes que lo integran se han convertido en patrimoniales, en primer lugar por la utilidad pública y social que cumplen y, en segundo lugar, por el valor añadido de que los ha dotado la población.

En este sentido cualquier acción de fomento y protección y del patrimonio histórico de la isla tiene que conducir hacia que cada vez un mayor número de ciudadanos y ciudadanas puedan acceder, contemplar y disfrutar de las obras que son herencia y testigo de la capacidad colectiva de los ibicencos e ibicencas y todos los bienes que lo integran tienen que estar adecuadamente al servicio de la ciudadanía para facilitar el acceso a la cultura, la cual es garantía del desarrollo de las sociedades democráticas.

2. Objecto

El objeto principal de estas ayudas es recuperar y conservar el patrimonio histórico de la isla de Ibiza y en concreto el objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas para la realización de obras de conservación, recuperación y/o mantenimiento de los bienes de interés cultural con la tipología de monumento en el ámbito territorial de la isla de Ibiza durante el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2019 hasta 31 de octubre 2022.

3. Persones beneficiarias

Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas y jurídicas, públicas (ayuntamientos) y privadas, sean o no propietarias de los bienes de interés cultural con la categoría de monumentos de la isla de Ibiza que necesiten realizar obras o intervenciones para su conservación, recuperación y/o mantenimiento.

4. Créditos presupuestarios y cantidades de las subvenciones

Estas ayudas están dotadas económicamente con una cantidad máxima de 400.000 € del presupuesto general que se distribuirá de la siguiente manera:

Presupuesto Partida Cuantía máxima

2020 3360 78900 120.000 €

2021 3360 78900 120.000 €

2022 3360 78900 160.000 €

 

Presupuesto total de la convocatoria 400.000 €

El importe máximo de las ayudas individuales concedidas será de 100.000 € y, en todo caso, no podrá ser superior al 85 % del presupuesto total solicitado y previsto para ejecutar las obras de mantenimiento o de recuperación del monumento.

Todo esto condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto económico para los años 2020-2022.

5. Forma de presentación de las solicitudes y documentación a aportar

Las personas solicitantes formalizaran la solicitud de la subvención mediante instancia, según el modelo que figura en las bases reguladoras y la documentación que se establece en la sexta.

6. Plazo de presentación de las solicitudes

Se establece un plazo de presentación de veinticinco días hábiles que se inicia el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB).

 

Eivissa, 20 de enero de 2020

El jefe de Sección del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni del Consell Insular d'Eivissa

José Vicente Garibo Redolat