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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 379
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas, R53 de fecha 12 de diciembre de 2019, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 12 de diciembre de 2019, firmó la siguiente resolución,

“INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 4.1- Ayuda a las Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)

Convocatoria: INEA 2017_1/R53; Id: 9340 

Antecedentes

1.Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016.

2.De conformidad con el apartado sexto de la Resolución mencionada, el plazo para presentar las solicitudes terminó el día 30 de junio de 2017.

3.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4.Se publicaron en la web http://www.caib.es 2 propuestas provisionales de concesión de las ayudas solicitadas.

  • La resolución INEA2017_1-16-PRO se notificó el 11 de noviembre de 2019
  • La resolución INEA2017_1-17-PRO se notificó el 18 de noviembre de 2019.

5. Durante el plazo establecido a la propuesta provisional de concesión parcial los interesados señaladas en el anexo I no han presentado ninguna alegación.

6.Una vez evaluadas la solicitud de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, al beneficiario le corresponde una ayuda máxima detallada en el anexo I, después de aplicar la deducción de inversiones y / o actuaciones que no son elegibles para esta línea de ayudas descrita en el anexo II.

Fundamentos de derecho

1. Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016 y 26 de junio de 2018.

2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020 .

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Resolución de concesión parcial

Por todo ello, dicto la siguiente:

1.Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el anexo I, que son un total de 5 expedientes y que comienza con ALMENDRAS Y FRUTOS SECOS BONANY, SL. y termina con CAN VICENS, SL, que suma un importe total de 788.614,59 euros, relativa a la línea de ayuda "Inversiones en las explotaciones agrarias", deducidas las inversiones / actuaciones no elegibles especificadas en el anexo II.

2. Autorizar y disponer el gasto señalada en cada una de las personas beneficiarias con cargo a los presupuestos y porcentajes de cofinanciación detallados en el anexo I.

3. Determinar que, de acuerdo con lo establecido en la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas en el anexo II

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, 12 de  diciembre  de 2019

 

El vicepresidente del FOGAIBA,

 

Gabriel Torrens Llabrés”

 

ANEXO I.   RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA CONCESIÓN DE LA AYUDA (INEA 2017_1). R53

Solicitante

NIF

Núm. Exp.

Inversión elegible

TOTAL

%

 AJ

Importe concedido

Cofinanciamiento

Plazo ejecución

Anualidad

INSTALACIONES

MAQUINARIA

BIENES INMUEBLES

HONORARIOS

CAIB

 (100,0%)

FEADER (%)

AGE (Fega) (%)

ALMENDRAS Y FRUTOS SECOS BONANY,SL

B07702129

INEA2017_1/025

68.916,40 €

148.937,83 €

516.072,67 €

17.920,00 €

751.846,90 €

35.75

268.785,27 €

88.430,36 €

142.456,19 €

37.898,72 €

12 mesos

2019

JOSEP BARCELÓ LLULL

43199797R

INEA2017_1/263

8.549,26 €

92.786,00 €

2.743,82 €

0,00 €

104.079,08 €

60.0

62.447,45 €

20.545,21 €

33.097,15 €

8.805,09 €

12 mesos

2019

LORENZO CRESPÍ GOMILA

43132120J

INEA2017_1/274

24.826,23 €

11.430,66 €

20.278,25 €

3.654,51 €

60.189,65 €

60.0

36.113,79 €

11.881,44 €

19.140,31 €

5.092,04 €

12 mesos

2019

CORPORACION ROSSELLO CASTELL S.A

A07406325

INEA2017_1/322

370.753,49 €

15.253,30 €

273.813,38 €

16.500,00 €

676.320,17 €

32.5

219.804,06 €

72.315,54 €

116.496,15 €

30.992,37 €

12 mesos

2020

CAN VICENS, S.L.

B04198974

INEA2017_1/339

74.605,00 €

125.324,00 €

162.032,02 €

4.337,19 €

366.298,21 €

55.0

201.464,02 €

66.281,66 €

106.775,93 €

28.406,43 €

12 mesos

2019

 

 

 

 

 

 

 

TOTALES

788.614,59 €

259.454,21 €

417.965,73 €

111.194,65 €

 

 

 

Con  cargo a la linea FEADER

050460010441104

 

 

ANEXO II.   DETALLE DE INVERSIONES/ACTUACIONES NO ELEGIBLES POR BENEFICIARIO (INEA 2017_1). R53

Solicitante

NIF

Núm. Exp.

Importe inversiones/actuaciones

NO ELEGIBLES

Motivo

ALMENDRAS Y FRUTOS SECOS BONANY,SL

B07702129

INEA2017_1/025

6.061,07 €

Porche por moderación de costes: (-6.061,07€)

JOSEP BARCELÓ LLULL

43199797R

INEA2017_1/263

14.800,00 €

La preparación del terreno no se puede subvencionar, ya que no presenta presupuesto válido (Tòfol Barceló LLull según el RIA no tiene los medios para hacer los trabajos) Recolectora por moderación de costes (11.400,00€)

LORENZO CRESPÍ GOMILA

43132120J

INEA2017_1/274

1.000,00 €

Honorarios solo se puede conceder un 10%

CORPORACION ROSSELLO CASTELL S.A

A07406325

INEA2017_1/322

142.008,87 €

"Acondicionamiento de caminos y zonas de apracamiento" según unidades presentadas a la factura y precios del presupuesto. "Adecuación de espacios interiores: CARPINTERÍA" Según factura.

CAN VICENS, S.L.

B04198974

INEA2017_1/339

9.261,79 €

Solo se le aceptan 17.250,00€ de electricidad para que el plan empresarial inicial y a la proforma en plazo es el importe solicitado

 

ANEXO III OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO

- Realizar las inversiones o actividades auxiliadas en el plazo establecido.

- Justificar los gastos relacionados con la inversión para la recepción de los fondos comunitarios en los términos y plazos determinados en la presente Resolución.

- Ejercer la actividad agraria en cualquier explotación y mantener las inversiones realizadas durante al menos cinco años, contados desde la fecha de pago de la ayuda.

- Cumplir las normas comunitarias aplicables a la inversión de la que se trate y las específicas que puedan señalarse en función del tipo de explotación.

- Adoptar las medidas que sean necesarias para proporcionar información al público y dar publicidad.

- Someterse a los controles que realice la administración, necesarios para comprobar la correcta concesión de la ayuda y el posterior mantenimiento de los compromisos.

- Cumplir los compromisos adquiridos para la concesión de la ayuda.

- Mantener los requisitos y condiciones exigibles respecto a la explotación y al beneficiario, a los que se refiere el apartado tercero de esta Resolución.

Se informa a los beneficiarios que sus expedientes se encuentran a su disposición y consulta en el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA (calle Reina Constança, núm. 4 de Palma).

Palma, 16 de diciembre de 2019

El director gerente del FOGAIBA ​​​​​​​Mateu Morro Marcé