Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 294
Modificación de la plantilla del Consell Insular de Mallorca correspondiente al año 2020
El Pleno del Consejo de Mallorca, con fecha 9 de enero de 2020, ha adoptado el siguiente acuerdo:
“Vista la necesidad de modificar la vigente plantilla del Consejo de Mallorca, aprobada por el Pleno, en sesión realizada día 23 de diciembre de 2019, publicada en el BOIB nº. 172, de 24-12-2019, con el fin de adaptar las plazas correspondientes a los dos puestos de trabajo que se modifican como consecuencia de la tramitación de la modificación de la vigente Relación de Puestos de Trabajo, las cuales no pueden ser aplazadas en el ejercicio presupuestario siguiente, debido a la necesidad de proceder a su cobertura urgente.
Visto aquello que en relación en la plantilla de personal prevé el artículo 90 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 8.1.p) de la Ley 8/2000 de 27 de octubre, de Consejos Insulares, en relación con el artículo 36.b) del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por el Pleno en sesión de 19 de julio de 2018 (BOIB nº. 89, de 19 de julio de 2018), redactado de conformidad con el acuerdo del Pleno de 12 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 157, de 15 de diciembre de 2016).
Dado que el incremento del gasto que implica la modificación de plantilla se puede compensar con gastos de otras unidades, de acuerdo con aquello que prevé el apartado 2,a) del artículo 126 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril.
Visto aquello que en relación al procedimiento para la aprobación de la modificación de la plantilla prevé el artículo 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004 de 5 marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en aplicación del artículo 126.3 del Real Decreto legislativo 781/1986 de 18 de abril.
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública del Consejo de Mallorca eleva al Consejo Ejecutivo para la posterior aprobación del Pleno la siguiente propuesta de acuerdo:
1r.- APROBAR inicialmente el proyecto de modificación de la vigente plantilla de personal del Consejo de Mallorca para el año 2020, con efectos de día 1 de enero de 2020, en los términos que se recogen a continuación y elevarlo al Pleno para acordar la aprobación.
MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DEL CONSELL DE MALLORCA DEL EJERCICIO 2020 |
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PERSONAL FUNCIONARIO |
Grupo |
Total |
Escala: Administración Especial |
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Subescala Técnica |
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Clase Técnica Superior |
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DONDE DICE |
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Técnico -a superior |
A1 |
53 |
DEBE DECIR |
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|
Técnico -a superior |
A1 |
55 |
DONDE DICE |
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|
Técnico -a superior de formación |
A1 |
4 |
DEBE DECIR |
|
|
Técnico -a superior de formación |
A1 |
3 |
Clase Técnica Media |
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DONDE DICE |
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Graduado-a social |
A2 |
6 |
DEBE DECIR |
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Graduado-a social |
A2 |
5 |
2º- Este acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública de 15 días hábiles contadores del día siguiente de la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que dispone el artículo 112.3 de la ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y también al arte. 169 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.”
Palma, 13 de enero de 2020
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública
(Decreto de 16-07-2019, BOIB núm. 99, de 18-07-2019)
Josep Lluís Colom Martínez