Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 285
Resolución de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de 9 de enero de 2020 por la cual se convocan a los miembros de la comunidad educativa y el profesorado de centros docentes públicos que imparten educación infantil, educación primaria o educación secundaria de las Illes Balears a participar en el programa formativo «Diseñando futuros sociocomunitarios» para el curso 2019-2020
Antecedentes
1. La Constitución Española de 1978 establece, en el artículo 27, que todas las personas tienen derecho a la educación, y que esta tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respecto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada parcialmente por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en el preámbulo la necesidad que todos los componentes de la comunidad educativa colaboren para lograr la calidad educativa, como uno de los tres principios fundamentales de la Ley. El artículo 102.1 regula que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las administraciones educativas. En el artículo 132 de la Ley se determinan las competencias de las directoras y directores de centros docentes y, en el apartado l), se concreta que tienen que aprobar los proyectos y las normas a que se refiere el capítulo II del título V de la Ley, sobre la autonomía de los centros.
3. El Decreto 10/2008, de 25 de enero, por el cual se crea el Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar de las Illes Balears, señala como medio para lograr su finalidad el diseño de actividades socioeducativas que fomenten la creación de vínculos positivos entre los miembros de la comunidad escolar, en colaboración con otras administraciones y entidades, así como el apoyo a los centros educativos para la elaboración de actuaciones y planes destinados a promover la convivencia y el éxito escolar.
4. El Decreto 121/2010, de 10 de diciembre, por el cual se establecen los derechos y los deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears, en el artículo 3 ordena que los centros tienen que promover espacios y condiciones para la participación y la implicación activa del profesorado, el alumnado, las familias y el personal no docente, y para la colaboración con las instituciones públicas y las asociaciones socioeducativas que trabajan en el entorno de la escuela; así mismo, dicta que los centros tienen que impulsar la convivencia a través de propuestas específicas para concretar las competencias socioemocionales en la práctica educativa y facilitar la formación dirigida a toda la comunidad escolar para desarrollar actitudes y adquirir habilidades comunicativas e implantar estrategias para la prevención y la gestión positiva de los conflictos.
5. El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el cual se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece en el artículo 8.1e), como una de las modalidades de formación, los programas de experiencia formativa que impulsen y reconozcan la participación en experiencias de innovación, en experiencias formativas en empresas e instituciones, en intercambios, en participación en programas europeos y en proyectos para la investigación educativa.
6. La Orden del consejero de Educación y Universidad de día 24 de abril de 2017 por la cual se regula la homologación, el reconocimiento, la certificación y el registro de la formación permanente del profesorado no universitario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece en el artículo 15 que la directora general de Formación Profesional y Formación del Profesorado podrá dictar las instrucciones en relación con las características de la modalidad de experiencia formativa, los requisitos, las condiciones de evaluación y el procedimiento para reconocerla.
7. El Plan Cuadrienal de Formación Permanente del Profesorado 2016-2020, aprobado por medio de la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 16 de marzo de 2016, prevé los programas de experiencia formativa como una modalidad de formación.
8. Así, pues, resulta necesario convocar el procedimiento para solicitar, por parte de los centros docentes de titularidad pública dependientes de la Consejería de Educación, Universidad e Innovación que impartan educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria, la participación en el programa de experiencia formativa «Diseñando futuros sociocomunitarios» para el curso 2019-2020.
Fundamentos de derecho
1. La Constitución Española de 1978 (BOE núm. 311, de 29 de diciembre).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada parcialmente por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (BOE núm. 295, de 10 de diciembre).
3. El Decreto 10/2008, de 25 de enero, por el cual se crea el Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar de las Illes Balears (BOIB núm. 15, de 31 de enero).
4. El Decreto 121/2010, de 10 de diciembre, por el cual se establecen los derechos y los deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears (BOIB núm. 187, de 23 de diciembre).
5. El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el cual se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 90, de 16 de julio).
6. La Orden del consejero de Educación y Universidad de 24 de abril de 2017 por la cual se regula la homologación, el reconocimiento, la certificación y el registro de la formación permanente del profesorado no universitario de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 54, de 6 de mayo).
7. La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 16 de marzo de 2016 por la cual se aprueba el Plan Cuadrienal de Formación Permanente del Profesorado 2016-2020 (BOIB núm. 41, de 31 de marzo).
Por ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar las instrucciones para el desarrollo del programa formativo «Diseñando futuros sociocomunitarios» para el curso 2019-2020 dirigido a los centros docentes públicos de las Illes Balears que imparten educación infantil, educación primaria o educación secundaria (anexo 1), así como la propuesta de formación (anexo 2).
2. Aprobar la solicitud de participación en esta convocatoria (anexo 3).
3. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en los sitios web de la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa (http://dgice.caib.es) y del Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar (http://convivexit.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y lo que se establece en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, 9 de enero de 2020
La directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa Amanda Fernández Rubí
ANEXO 1 Instrucciones para el desarrollo del programa formativo «Diseñando futuros sociocomunitarios» para el curso 2019-2020 dirigido a los miembros de la comunidad educativa y el profesorado de centros docentes públicos que imparten educación infantil, educación primaria o educación secundaria de las Illes Balears
Primero
Objeto y ámbito de aplicación
Convocar el programa formativo «Diseñando futuros sociocomunitarios», de la línea estratégica 2, convivencia y educación emocional, de 12 horas de duración, para el curso 2019-2020, dirigido a los miembros de la comunidad educativa y el profesorado de centros docentes públicos que imparten educación infantil, educación primaria o educación secundaria de las Illes Balears.
Segundo
Objetivos del programa
Los objetivos del programa son:
a) Crear vínculos entre las familias y el profesorado para que madres, padres y tutores legales del alumnado se sientan parte de la comunidad educativa.
b) Generar espacios compartidos de comunicación y de aprendizaje entre profesorado y familias.
c) Mejorar el acompañamiento escolar del alumnado en comunidad.
d) Orientar sobre habilidades y estrategias que permitan mejorar la tarea educadora.
e) Mejorar el plan de convivencia.
f) Crear un producto final en comunidad.
Tercero
Destinatarios
1. Miembros de la comunidad educativa (madres, padres, tutoras y tutores legales, alumnos del centro (si también participa el padre, la madre o tutor o tutora legal), personal de administración y servicios, educadores, policías tutores, etc.) y profesorado de educación infantil, primaria o secundaria de centros docentes públicos de las Illes Balears. Los dos colectivos más numerosos (familias y docentes) tienen que estar representados.
2. El número mínimo de participantes es de 15 personas. El número de participantes de las familias tiene que superar al de docentes.
3. Los centros que ya han participado en la convocatoria «Diseñando futuros sociocomunitarios» (curso 2018-2019) en la área de formación en prácticas restaurativas tienen que elegir otra temática.
ANEXO 2 Propuesta de formación
Cuarto
Contenidos
Hay tres tipos de temáticas formativas, todas ellas con carácter presencial: formación en prácticas restaurativas, educación emocional y mindfulness.
1. Formación en prácticas restaurativas:
a) La formación básica se realiza mediante el repaso de los elementos constitutivos:
- Aspectos preventivos: dinámicas de cohesión grupal y círculos de diálogo.
- Repertorio de prácticas restaurativas: escucha, expresiones afectivas, conversación y diálogo restaurativo, mediación, círculos, reunión restaurativa.
- Ventana de las relaciones y proceso justo.
- Prácticas restaurativas y plan de convivencia.
b) El objetivo final es promover en el plan de convivencia del centro alguna propuesta relacionada con la mejora de la convivencia y en la cual el entorno familiar tenga relación directa.
2. Educación emocional:
a) Inteligencia emocional como recurso de autoconocimiento para incidir en las relaciones de equipo, alumnos y familias.
b) Conocimiento de las herramientas necesarias para tener una actitud positiva de autoconfianza y buena comunicación.
c) Experiencia vivencial para lograr los aprendizajes y fomentar la transferencia en el aula, en el centro y a toda la comunidad educativa.
3. Mindfulness:
a) Conocimiento de los principios del mindfulness y la psicología positiva.
b) Potenciación de la comunicación entre docentes y familias.
c) Aportación de conocimientos y técnicas concretas que se puedan integrar en el modelo educativo.
d) Trabajo de la capacidad de autoobservación y consecución de un mayor discernimiento sobre los aspectos emocionales propios y/o de los demás.
e) Identificación de los roles personales que actúan ante las dificultades, y ayudar así a ser personas más flexibles y creativas.
f) Fortalezas y valores. ¿Qué son? Identificarlas a nivel personal y grupal.
g) La felicidad. Cómo potenciarla.
h) La compasión y la autocompasión.
Quinto
Plazas
Hay plazas para 30 centros docentes de las Islas (10 para cada temática formativa).
Sexto
Temporalización
Cada área formativa tiene una duración de 12 horas, distribuidas en cuatro sesiones, que se tienen que acordar entre el centro docente y la persona formadora. Las sesiones se tienen que desarrollar antes del 30 de abril de 2020.
Séptimo
Horario y lugar
Los programas formativos se tienen que llevar a cabo en los respectivos centros docentes, en horario a concretar por los propios equipos directivos con la persona formadora.
Octavo
Coordinación de la formación
En cada formación tiene que haber una persona coordinadora, que debe ser miembro del equipo directivo del centro o la persona coordinadora de convivencia y/o coeducación, y tiene que participar en la formación. Esta persona tiene las siguientes funciones:
1. Organizar y coordinar la formación, en colaboración con los asesores técnicos docentes responsables del Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar y la persona formadora de cada programa.
2. Asistir a las reuniones relacionadas con la formación que se convoquen.
3. Dar a conocer el programa formativo a la comisión de convivencia del centro y presentarlo para que sea tratado por el consejo escolar y aprobado por el centro.
4. Responsabilizarse de la asistencia al programa formativo mediante control de firmas.
5. Hacer difusión a la comunidad educativa de los aspectos más relevantes de la formación.
6. Coordinar, elaborar y entregar la memoria final del programa formativo, que se tiene que realizar con la ayuda de las personas participantes en la formación.
Noveno
Profesionales formadores
1. Formación en prácticas restaurativas:
- En Mallorca: docentes formadores miembros de la Asociación de Justicia y Práctica Restaurativa de las Illes Balears (AJPR).
- En Menorca: docentes formadores miembros de la Asociación de Justicia y Práctica Restaurativa de las Illes Balears (AJPR).
- En Ibiza y Formentera: Thaïs Puig, psicóloga familiar, formadora en prácticas restaurativas y comunicación no violenta, y docentes formadores miembros de la Asociación de Justicia y Práctica Restaurativa de las Illes Balears (AJPR).
2. Educación emocional:
-En Mallorca:
-En Menorca:
-En Ibiza y Formentera:
3. Mindfulness:
-En Mallorca:
-En Menorca:
-En Ibiza y Formentera:
Décimo
Inscripción
1. El periodo de inscripción empieza el 20 de enero y acaba el 28 de enero de 2020.
2. Un miembro del equipo directivo del centro tiene que enviar una petición de solicitud al Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar al correo electrónico convivexitilles@gmail.com, según el modelo de solicitud de participación establecido en esta Resolución (anexo 3).
Undécimo
Selección de admitidos
1. Las plazas se asignarán por riguroso orden de inscripción. Las solicitudes que no reúnan los requisitos de inscripción establecidos serán descartadas.
2. Los centros que el pasado curso escolar 2018-2019 participaron en este programa «Diseñando futuros sociocomunitarios» en el área de prácticas restaurativas no pueden repetir la temática, según lo establecido en el punto 3.3 del anexo 1.
3. La lista de admitidos se publicará el día 31 de enero de 2020 en la web del Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar, dentro del apartado de «Formación» (https://intranet.caib.es/sites/convivexit/ca/formacia/).
Duodécimo
Coordinación general
La Consejería de Educación, Universidad e Investigación, a través del Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar, coordina estos programas formativos con sus asesores técnicos docentes:
-Prácticas restaurativas: Aina Amengual (aamengual@dgpice.caib.es).
-Educación emocional: Alexandre Camacho (acamachoprats@dgpice.caib.es).
-Mindfulness: Jaume Font (jfont1@dgpice.caib.es).
Decimotercero
Certificación
1. El profesorado asistente que acredite como mínimo un 85 % de la formación y que entregue la actividad de transferencia propuesta tiene derecho a recibir la certificación.
2. El resto de participantes miembros de la comunidad educativa que hayan asistido a un mínimo del 85 % de la formación, obtendrán una certificación del Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar.